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31-10-2007 | Noticias | Caja |
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Beneficio por buen cumplimiento: Padrón provisorio |
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De acuerdo a lo establecido por la Disposición de Mesa Directiva N° 5321 y, considerando la necesidad de determinar el Beneficio por buen cumplimiento de aportes al 31 de agosto de 2007 se aprobó el reglamento para la adjudicación del beneficio por buen cumplimiento de aportes al 31 de agosto de 2007, establecido por la Resolución de Consejo Directivo N° 3255 de fecha 15 de diciembre de 2006 y se confeccionó el padrón provisorio con los afiliados en condiciones de participar.
Se encontrarán en condiciones aquellos afiliados ACTIVOS y los jubilados ACTIVOS al 31 de agosto de 2007, que hayan cumplido con la totalidad de sus obligaciones de aportes mínimos devengadas al 31 de agosto de 2007, computando pagos efectuados hasta el 30 de septiembre de 2007.
El afiliado que sea beneficiado, será acreedor de una computadora personal de escritorio de última generación – PC que incluye CPU, monitor y teclado.
Acceda al padrón provisorio
Acceda a la Disposición se Mesa Directiva N° 5321
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