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LA PLATA, 18 DE ABRIL DE 2007, ACTUALIDAD PROFESIONAL
Nº 380/2007 |
"La paciencia tiene más poder que la
fuerza"
Plutarco
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Instrucción 4/2007-SAFJP
Determina que la opción establecida en el artículo 30 de la
ley 24.241 (texto según artículo 2º de la Ley 26.222 –Opción régimen
Reparto o Capitalización ) que deben efectuar las personas físicas,
dentro del plazo de NOVENTA (90) días contados desde la fecha de
ingreso a la relación laboral de dependencia o a la inscripción como
trabajador autónomo, si es por el Régimen de Capitalización, se
formalizará mediante la suscripción de una Solicitud de Afiliación
de la Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones de su
elección. El plazo para manifestar su opción de permanecer en el
Régimen de Capitalización, será de efectivo a partir del 12 de abril
de 2007 hasta el 10 de julio de 2007 inclusive.
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Resolución 198/2007-ANSES
Deja sin efecto la entrada en vigor del procedimiento
instrumentado en el artículo 1º de la Resolución D.E. Nº 261(de
fecha 23/03/06), la que estableció un procedimiento por el cual las
AFJPs debieran iniciar y tramitar las Prestaciones a cargo del
Régimen Previsional Público y los Reconocimientos de Servicios de
sus respectivos afiliados, en todo el ámbito de esta ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL , empleando funcionarios
responsables con firma acreditada ante este
Organismo.
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AFIP
SAFJP
Ministerio de Economía de la
Nación
Banco
Central de la República
Argentina
Contadores
Mercado de Valores
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