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LA PLATA, 2 DE MAYO DE 2007, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº
384 / 2007 |
“Las hierbas dañinas no matan la buena
simiente, pero si la negligencia del campesino”
Confucio
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Resolución
196/2007-MEP Amplia los plazos previstos por el régimen vigente de
incentivos fiscales Ley 25924 (devolución anticipada de Impuesto al
Valor Agregado), en relación con las mencionadas obras que establece
la misma. El plazo determinado será de 90 días siempre que su
objetivo principal sea la generación, el transporte y la
distribución de la energía eléctrica y su realización haya sido
declarada como obra de infraestructura crítica por la SECRETARIA DE
ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS. Los interesados en acogerse al régimen establecido por la
Ley Nº 25.924, para ser beneficiarios del tratamiento impositivo,
deberán presentar los proyectos de inversión respectivos ante la
Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones de la Dirección
General de Despacho y Mesa de Entradas de la SUBSECRETARIA DE
ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sita en
Hipólito Yrigoyen Nº 250, Piso 2º, Oficina 218, de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
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Nación
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Central de la República
Argentina
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