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LA PLATA, 25 DE JUNIO DE 2007, ACTUALIDAD PROFESIONAL
Nº 398/2007 |
"Jamás un pesimista descubrió los
secretos de las estrellas, navegó hasta una tierra inexplorada o
abrió un nuevo horizonte al espíritu humano"
Hellen Keller
Administración Federal de Ingresos Públicos
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Resolución General 2268/2007 Modifica la R.G. AFIP 2211/07 la que oportunamente dispuso la
forma y oportunidad en que deben practicarse las retenciones en el
impuesto al valor agregado, el momento en que procede ingresar e
informar el importe retenido y el modo de documentar la retención
efectuada, cuando los sujetos obligados a actuar como agentes de
retención cancelen —total o parcialmente— el importe de las
operaciones alcanzadas, mediante pagarés, letras de cambio o cheques
de pago diferido. Por que la presente modifica el art. 9 de la RG
2211 estableciendo que : Las disposiciones de la R.G. 2268/07 serán
de aplicación para los pagos que se realicen, mediante la entrega de
documentos, a partir del 1 de septiembre de 2007,
inclusive.
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Resolución General 2271/2007
Determina que los contribuyentes y responsables comprendidos
en las disposiciones de la Resolución General Nº 2233(... que
perciban ingresos sustitutos de retenciones, en carácter de
regímenes excepcionales o especiales de ingreso, a cargo de los
sujetos receptores de los importes de las rentas u operaciones, como
beneficiarios de los pagos u otro carácter. y/o ingresos a cargo de
los receptores de los importes de las rentas u operaciones , por
imposibilidad u omisión de la actuación que corresponde al
respectivo agente de retención...), a efectos de cumplir con las
obligaciones de información e ingreso de las retenciones y/o
percepciones que efectúen, deberán utilizar el programa aplicativo
denominado "SICORE SISTEMA DE CONTROL DE RETENCIONES - Versión
7.1".
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AFIP
SAFJP
Ministerio de Economía de la
Nación
Banco
Central de la República
Argentina
Contadores
Mercado de Valores
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