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LA PLATA, 25 DE JUNIO DE 2007, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 398/2007

 

 

"Jamás un pesimista descubrió los secretos de las estrellas, navegó hasta una tierra inexplorada o abrió un nuevo horizonte al espíritu humano"

Hellen Keller

 

 

 



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Administración Federal de Ingresos Públicos

· Resolución General 2268/2007
Modifica la R.G. AFIP 2211/07 la que oportunamente dispuso la forma y oportunidad en que deben practicarse las retenciones en el impuesto al valor agregado, el momento en que procede ingresar e informar el importe retenido y el modo de documentar la retención efectuada, cuando los sujetos obligados a actuar como agentes de retención cancelen —total o parcialmente— el importe de las operaciones alcanzadas, mediante pagarés, letras de cambio o cheques de pago diferido. Por que la presente modifica el art. 9 de la RG 2211 estableciendo que : Las disposiciones de la R.G. 2268/07 serán de aplicación para los pagos que se realicen, mediante la entrega de documentos, a partir del 1 de septiembre de 2007, inclusive.

· Resolución General 2271/2007
Determina que los contribuyentes y responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General Nº 2233(... que perciban ingresos sustitutos de retenciones, en carácter de regímenes excepcionales o especiales de ingreso, a cargo de los sujetos receptores de los importes de las rentas u operaciones, como beneficiarios de los pagos u otro carácter. y/o ingresos a cargo de los receptores de los importes de las rentas u operaciones , por imposibilidad u omisión de la actuación que corresponde al respectivo agente de retención...), a efectos de cumplir con las obligaciones de información e ingreso de las retenciones y/o percepciones que efectúen, deberán utilizar el programa aplicativo denominado "SICORE SISTEMA DE CONTROL DE RETENCIONES - Versión 7.1".

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