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LA PLATA, 19 DE MAYO DE 2008, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 477/2008

 

 

"Perdón es una palabra que no es nada, pero que lleva dentro semillas de milagros."

Alejandro Casona

 




 

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 AFIP
Administración Federal de Ingresos Públicos

Resolución General nº 2449/08
La presente resolución establece una herramienta informática denominada "Gestión de Autorizaciones Electrónicas", como instrumento suficiente para formalizar electrónicamente los actos de otorgamiento, aceptación y revocación de autorizaciones, generales o especiales, ante el servicio aduanero y para acreditar la representación de los autorizados, en aquellos casos que específicamente determine la AFIP. Asimismo el empleo de dicha modalidad será obligatorio aun en los casos que la representación invocada conste en un instrumento formal emitido por el autorizante. El respectivo manual del usuario será publicado en la página "web" institucional de este Organismo (www.afip.gov.ar).

Resolución General nº 2444/08
La presente resolución establece que la presentación de la DDJJ del impuesto a las ganancias correspondiente a los contribuyentes y responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General Nº 992(sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros), cuyo vencimiento opera durante el mes de mayo de 2008, deberá efectuarse hasta el día 30 de mayo 2008, inclusive. Asimismo la obligación de presentación de la DDJJ del impuesto a la ganancia mínima presunta de los contribuyentes y responsables alcanzados, con vencimiento fijado para el mes de mayo de 2008, deberá realizarse hasta el día 30 de mayo, inclusive, excepto las personas físicas y sucesiones indivisas, titulares de dichos inmuebles, en relación a dichos inmuebles, cuyo plazo operara hasta el día 30 de junio de 2008, inclusive.

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 OTROS ORGANISMOS

Resolución 497/2008 – Ministerio de Trabajo
Se crea el Programa Jóvenes con mas y mejor trabajo, con el objeto de generar oportunidades de inclusión social y laboral de las y los jóvenes a través de acciones integradas que les permitan identificar el perfil profesional en el cual deseen desempeñarse, finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias de formación y/o de prácticas calificantes en ambientes de trabajo, iniciar una actividad productiva de manera independiente o insertarse en un empleo. Asimismo podrán participar del Programa las y los jóvenes de 18 a 24 años de edad, con residencia permanente en el país, que no hayan completado el nivel primario y/o secundario de educación formal obligatoria, se encuentren en situación de desempleo y suscriban un convenio de adhesión en las Oficinas de Empleo Municipales que forman parte de la Red de Servicios de Empleo.

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 LINKS

AFIP

SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

Contadores

Mercado de Valores

 

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