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LA PLATA, 28 DE JULIO DE 2008, ACTUALIDAD PROFESIONAL N� 497/2008

 

 

"No permitas que lo que no puedes hacer interfiera en lo que s� puedes lograr".

John Wooden

 




 

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Administraci�n Federal de Ingresos P�blicos

Resoluci�n General 2316/07
Aprueba el sistema inform�tico que permitir� a los empleadores generar y emitir la certificaci�n de servicios y remuneraciones prevista en el Art�culo 80 de la Ley N� 20.744 y en el Art�culo 12, inciso g) de la Ley N� 24.241. Dicho sistema utilizar� la informaci�n proveniente de: a) Las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, presentadas por los empleadores. b) El sistema "Mi Simplificaci�n". c) Las bases de datos de la Administraci�n Nacional de la Seguridad Social. Dicho sistema inform�tico estar� disponible en la p�gina "web" de este Organismo (http://www.afip.gov.ar) y de la Administraci�n Nacional de la Seguridad Social (http://www.anses.gov.ar). Para ingresar al mismo se deber� utilizar la respectiva "Clave Fiscal".

Resoluci�n General n� 2463/08
La presente norma aprueba el sistema denominado "Cuentas Tributarias", destinado a registrar y brindar informaci�n relativa a los cr�ditos y a las deudas de los contribuyentes y responsables, as� como a los medios utilizados para su cancelaci�n. Asimismo este sistema no resulta de aplicaci�n para el R�gimen MONOTRIBUTO ni para el SIJP respecto de los aportes personales de los trabajadores aut�nomos, los que continuar�n operando a trav�s de la Cuenta Corriente de Monotributistas y Aut�nomos.

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 OTROS ORGANISMOS

ACORDADA 07/2008 - FERIA JUDICIAL DE INVIERNO 2008
Comunicamos a los Sres. Profesionales que la Corte Suprema de Justicia de La Naci�n, a trav�s de la acordada 07/2008 del pasado 22 de abril de 2008 determin�, que el per�odo de la feria judicial de invierno se extender� desde el 28 de julio hasta el 8 de agosto de 2008, ambas fechas inclusive.

Decreto 1176/2008
Que por causas referentes a la igualdad de oportunidades en la totalidad del territorio nacional, para que exista equidad distributiva y tambi�n territorial, es un eje sobre el que el Gobierno Nacional est� dispuesto a insistir. Por lo tanto el presente decreto instruye al Ministro de Econom�a y Producci�n de la Naci�n para que en uso de sus facultades limite la vigencia de las Resoluciones Nro. 125 de fecha 10 de marzo de 2008, su modificatoria 141 de fecha 13 de marzo de 2008, su derogatoria 64 de fecha 30 de mayo de 2008 y sus complementarias 284 y 285 del 18 de abril de 2008, a partir de la vigencia del presente decreto.

Trabajo y Previsi�n Social- Certificado de trabajo -
Con la finalidad de estimular el trabajo registrado a trav�s de la generaci�n y mantenimiento de empleo genuino y el desarrollo de las actividades productivas como podr�an ser, entre otras, contrataciones p�blicas o licitaciones, se establece un procedimiento para la emisi�n del �Certificado de Trabajo Registrado�. Mediante dicho certificado, cuya validez ser� de 60 d�as h�biles a contar desde la fecha de su emisi�n, se establecer� que el empleador cuyos datos se consignan, no registra sanciones pendientes por infracciones relativas a los recursos de la seguridad social.

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Ministerio de Econom�a de la Naci�n

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Contadores

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