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LA PLATA, 31 DE JULIO DE 2008, ACTUALIDAD PROFESIONAL
Nº498/2008 |
"Desconozco el arte de ser claro, para
quien no quiere prestar atención".
J.J. Rousseau
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Actualidad Institucional realizando un "click" en el LOGO de la
Delegación La Plata

Administración Federal de Ingresos Públicos
Resolución
General nº 2474/08 Dada la R.G. Nº 2360 estableció los requisitos y plazos para
la adhesión al régimen especial de regularización de deudas para los
prestadores médico asistenciales públicos o privados y las Obras
Sociales del Sistema Nacional del Seguro de Salud, así como para los
establecimientos geriátricos, psiquiátricos, laboratorios de
análisis clínicos y los servicios de emergencia médica. Por ello la
presente resolución sustituye la R.G. Nº 2360, en la forma que se
indica: a) "La correcta identificación de los citados sujetos estará
supeditada a la información que al respecto suministrarán la
Superintendencia de Servicios de Salud —organismo descentralizado en
el ámbito del Ministerio de Salud— o, en su caso, los ministerios
con similares funciones de registro y contralor dependientes de las
provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires." y b) El plazo
para su adhesión finalizará el 31 de agosto de 2008,
inclusive."
Resolución
General nº 2463/08 La
presente norma aprueba el sistema denominado "Cuentas Tributarias",
destinado a registrar y brindar información relativa a los créditos
y a las deudas de los contribuyentes y responsables, así como a los
medios utilizados para su cancelación. Asimismo este sistema no
resulta de aplicación para el Régimen MONOTRIBUTO ni para el SIJP
respecto de los aportes personales de los trabajadores autónomos,
los que continuarán operando a través de la Cuenta Corriente de
Monotributistas y Autónomos.
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ACORDADA
07/2008 - FERIA JUDICIAL DE INVIERNO 2008
Comunicamos a los Sres. Profesionales que la Corte Suprema de
Justicia de La Nación, a través de la acordada 07/2008 del pasado 22
de abril de 2008 determinó, que el período de la feria judicial de
invierno se extenderá desde el 28 de julio hasta el 8 de agosto de
2008, ambas fechas inclusive.
Resolución
614/2008 - Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
– Dado el artículo 28 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado,
se estableció una alícuota diferencial del 10,50% en el Impuesto al
Valor Agregado, para las ventas, las locaciones del inciso o) del
Artículo 3º de la ley del gravamen y las importaciones definitivas
que tengan por objeto los fertilizantes químicos para uso agrícola.
Por ello se sustituye el Anexo VI de la Resolución Nº 12 de fecha
16/12/2005 y sus similares, todas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, por el Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución.
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AFIP
SAFJP
Ministerio de Economía de la
Nación
Banco
Central de la República
Argentina
Contadores
Mercado de Valores
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