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LA PLATA, 12 DE MARZO DE 2009, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 555/2008

 

 

"La producción de Pensamientos NO es cosa de sabios recluidos, sino del pensamiento surgido del debate de ideas colectivas"

Fernando Ulloa

 




 

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Administración Federal de Ingresos Públicos

Resolución General nº 2575
Determina que aquellos contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, para poder establecer el valor mínimo de los automotores alcanzados por el gravamen, al que se refiere el inciso b) del Artículo 22 de la Ley N° 23.966- Impuesto a los Bienes Personales, correspondiente al año fiscal 2008, deberán considerar los valores consignados en el Anexo I de la presente resolución general. Asimismo, los Anexos II y III que conforman esta resolución, determinan las cotizaciones al 31 de diciembre de 2008, de las monedas extranjeras y de las acciones y demás títulos valores, así como los correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.

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 OTROS ORGANISMOS

Resolución 264/2009 – Secretaria de Trabajo
La presente resolución rectifica la resolución nº 57/09 de la secretaria de trabajo del 15 de enero de 2009 por el que a continuación se transcribe: "Los tomadores de Trabajo a domicilio de la Industria del Vestido de todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA gozarán del período de descanso que establece el artículo 150 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) correspondiente al año 2008, en las fechas que se indican a continuación: Del 5 de enero de 2009 al 18 de enero de 2009 inclusive, para los trabajadores que gocen de CATORCE (14) días de vacaciones. Del 5 de enero de 2009 al 25 de enero de 2009 inclusive, para los trabajadores que gocen de VEINTIUN (21) días de vacaciones. Del 5 de enero de 2009 al 1 de febrero de 2009 inclusive, para los trabajadores que gocen de VEINTIOCHO (28) días de vacaciones. Del 5 de enero de 2009 al 8 de febrero de 2009 inclusive, para los trabajadores que gocen de TREINTA Y CINCO (35) días de vacaciones.

ANSeS - Asignaciones Familiares
La Administración Nacional de la Seguridad Social informa a que aquellos trabajadores en relación de dependencia que cobran sus asignaciones familiares que podrán cambiar el lugar y forma de cómo las perciben. A todo ello, se pone a disposición de los trabajadores, que perciben sus Asignaciones Familiares a través del Sistema Único conocido como SUAF, una nueva herramienta para informar o modificar el lugar o medio a través del cual desean percibir las mismas. Se trata de una nueva opción para tramitar un cambio en el cobro de las Asignaciones Familiares a través de la página web de ANSES, la que se suma a la posibilidad de realizarlo personalmente en una delegación. Esta nueva aplicación, llamada Medio de Pago a través de la Web – SUAF – Asignaciones Familiares, se encuentra ubicada en la Autopista de Servicios. Para acceder a ella, el trabajador deberá contar con su clave de la Seguridad Social (para obtenerla, debe ingresar a la Autopista de Servicios), la que a su vez le será de utilidad para acceder a otras aplicaciones del sitio, con acceso a información personal como el registro de sus aportes. El nuevo servicio sirve tanto para los trabajadores que ya están cobrando sus asignaciones familiares a través de una cuenta bancaria propia, una cuenta sueldo o por ventanilla de una entidad bancaria, como para los empleados que percibirán sus Asignaciones por primera vez.


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SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

Contadores

Mercado de Valores

 

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