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LA PLATA, 16 DE MARZO DE 2009, ACTUALIDAD PROFESIONAL
Nº 556/2009 |
"El agradecimiento es la memoria del corazón"
Anónimo
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Actualidad Institucional realizando un "click" en el LOGO de la
Delegación La Plata

Administración Federal de Ingresos Públicos
Resolución General nº 2575 Determina que aquellos contribuyentes y responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, para poder establecer el valor mínimo de los automotores alcanzados por el gravamen, al que se refiere el inciso b) del Artículo 22 de la Ley N° 23.966- Impuesto a los Bienes Personales, correspondiente al año fiscal 2008, deberán considerar los valores consignados en el Anexo I de la presente resolución general. Asimismo, los Anexos II y III que conforman esta resolución, determinan las cotizaciones al 31 de diciembre de 2008, de las monedas extranjeras y de las acciones y demás títulos valores, así como los correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.
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Resolución 82/2009 – Ministerio de Economía Mediante la Ley Nº 26.476 se estableció un régimen mediante el cual, las personas físicas, las sucesiones indivisas y los sujetos que se encuentren comprendidos en el art. 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, podrán exteriorizar la tenencia de divisas y moneda extranjera, en la forma y con las condiciones establecidas en el art. 26 de la citada Ley, ello sujeto al pago del impuesto especial en la misma normativa legal. Asimismo la presente resolución suspende por el plazo previsto en el art. 26 de la Ley Nº 26.476, exclusivamente para el ingreso de fondos destinados a alguno de los fines previstos en los incisos b), c), d) y e) del art. 27 de la citada ley, la constitución del depósito nominativo, no transferible y no remunerado previsto en los incisos c) y d) del art. 4º del Decreto Nº 616 a los ingresos de divisas al mercado local de cambios.
ANSeS -
Asignaciones Familiares La
Administración Nacional de la Seguridad Social informa a que
aquellos trabajadores en relación de dependencia que cobran sus
asignaciones familiares que podrán cambiar el lugar y forma de cómo
las perciben. A todo ello, se pone a disposición de los
trabajadores, que perciben sus Asignaciones Familiares a través del
Sistema Único conocido como SUAF, una nueva herramienta para
informar o modificar el lugar o medio a través del cual desean
percibir las mismas. Se trata de una nueva opción para tramitar un
cambio en el cobro de las Asignaciones Familiares a través de la
página web de ANSES, la que se suma a la posibilidad de realizarlo
personalmente en una delegación. Esta nueva aplicación, llamada
Medio de Pago a través de la Web – SUAF – Asignaciones Familiares,
se encuentra ubicada en la Autopista de Servicios. Para acceder a
ella, el trabajador deberá contar con su clave de la Seguridad
Social (para obtenerla, debe ingresar a la Autopista de Servicios),
la que a su vez le será de utilidad para acceder a otras
aplicaciones del sitio, con acceso a información personal como el
registro de sus aportes. El nuevo servicio sirve tanto para los
trabajadores que ya están cobrando sus asignaciones familiares a
través de una cuenta bancaria propia, una cuenta sueldo o por
ventanilla de una entidad bancaria, como para los empleados que
percibirán sus Asignaciones por primera vez.
AFIP
SAFJP
Ministerio de Economía de la
Nación
Banco
Central de la República
Argentina
Contadores
Mercado de Valores
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