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LA PLATA, 30 DE ABRIL DE 2009, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 567/2009

 

 

El alma resiste mucho mejor los dolores agudos que la tristeza prolongada. "

Jean Jacques Rousseau

 




 

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Administración Federal de Ingresos Públicos

Recursos de la Seguridad Social - Sistema Aplicativo versión 32
Se aprueba la nueva versión del Aplicativo v.32 para la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social con vigencia a partir de los períodos devengados marzo 2009 y siguientes. Asimismo, los empleadores que hayan presentado la declaración jurada -F. 931- correspondiente al período marzo de 2009 con una versión anterior del programa aplicativo, deberán presentar una declaración jurada rectificativa por nómina completa, utilizando la versión 32. Las novedades que se incorporan a la versión 32 del programa “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS” también se incluyen en el sistema “Su Declaración”.

Recursos de la Seguridad Social - Productores agropecuarios
Se establece un procedimiento para que los productores agropecuarios que posean deudas impositivas y/o de los Recursos de la Seguridad Social, y a su vez sean pasibles de obtener aportes no reintegrables y/o compensaciones en el marco del plan de estabilización de precios del mercado interno, puedan compensar las obligaciones adeudadas con los aportes no reintegrables y/o compensaciones, salvándose de esta manera el requisito de no tener deuda líquida impositiva o de la seguridad social para resultar beneficiario de los aportes no reintegrables y/o compensaciones previstas.

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 OTROS ORGANISMOS

Ley nº 26.494 - Régimen Previsional para trabajadores de la Insdustria de la Construcción
La presente Ley determina los trabajadores encuadrados en el art. 1º inc. c de la Ley 22.250, gozarán de un régimen previsional diferencial, pudiendo acceder a la jubilación cuando alcancen la edad de 55 años, sin distinción de sexo, en tanto acrediten 300 meses de servicios con aportes computables a uno o más regímenes del sistema de reciprocidad previsional. Asimismo la presente Ley, fija una contribución patronal adicional a la establecida en el Sistema Integrado Previsional Argentino, a cargo de los empleadores contemplados en los incisos a) y b) del art. 1º de la Ley nº22.250.


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SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

Contadores

Mercado de Valores

 

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