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LA PLATA, 02 DE JULIO DE 2009, ACTUALIDAD PROFESIONAL
Nº 583 /2009 |
"Todo lo que somos es el resultado de lo que hemos pensado; está fundado en nuestros pensamientos y está hecho de nuestros pensamientos
."
Buda
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Delegación La Plata

Administración Federal de Ingresos Públicos
Recursos
de la Seguridad Social La
Administración Federal de Ingresos Públicos ha dictado una
instrucción interna donde instruye a sus áreas operativas las
acciones a seguir, respecto de contribuyentes que actualmente se
encuentren en etapa de Investigación, Fiscalización, Verificación,
en proceso de Determinación de Oficio, o en trámite de impugnación
de actas de inspección de los Recursos de la Seguridad Social y por
los sumarios materiales de las obligaciones o infracciones
cometidas, cuando se acojan a los beneficios del Régimen de
Regularización de deudas, empleo no registrado y blanqueo de
capitales -dispuestos por la L. 26476-. En tal sentido se establecen
las pautas a seguir por las distintas áreas operativas para proceder
al archivo de las actuaciones, merituando la razonabilidad de los
acogimientos efectuados por el contribuyente en contraste con la
pretensión del Fisco en los citados ajustes o potenciales créditos
del Fisco.
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Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas - Resolución Técnica Nº 26/2009
Dadas las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional y que dichos Consejos han encargado a la Federación la elaboración de proyectos de normas técnicas para su posterior aprobación y puesta en vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones. Por ello, la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aprueba la Resolución Técnica Nº 26 - "Normas contables profesionales: Adopción de las Normas internacionales de información financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)".
Ley nº
26.360 - Régimen de Promoción de Inversiones - Decreto Reglamentario nº 726/09
La
presente Ley nº 26.360 pone en vigencia un Régimen de promoción para
inversiones en bienes de capital nuevo, excepto automóviles,
destinadas a la actividad industrial y obras de infraestructura. Las
inversiones promocionadas serán las comprendidas entre el 1º de
octubre de 2007 y el 30 de setiembre de 2010. Los beneficios de
régimen son: a) Devolución Anticipada de IVA correspondiente a la
compra de bienes u ejecución de obras de infraestructura , b)
Practicar Amortización Acelerada en el Impuesto a las Ganancias de
bienes muebles amortizables. Podrán acceder a ambos beneficios, si
el proyecto presentado prevea la producción exportable y/o la
inversión se enmarque en un plan de producción limpia o de
reconversión industrial sustentable. EL Decreto nº 726/2009 reglamenta la presente Ley, instruyendo su marco normativo, habilitando el ejercicio de las promociones vertidas en la misma.
AFIP
SAFJP
Ministerio de Economía de la
Nación
Banco
Central de la República
Argentina
Contadores
Mercado de Valores
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