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LA PLATA, 31 DE AGOSTO DE 2009, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 595 /2009

 

 

"Dos monólogos no constituyen un diálogo. "

 




 

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Recursos de la Seguridad Social - Zona de desastre y emergencia agropecuaria

Se declara zona de desastre agropecuaria en diversos distritos de la Provincia de Buenos Aires. Por tal motivo se prorrogan los vencimientos de obligaciones impositivas y/o contribuciones a la seguridad social. Asimismo, se faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos a instrumentar planes especiales de pago para los productores agropecuarios. Por último, cabe informar que mediante el decreto promulgatorio 1128/2009 se observó la mencionada prórroga a los vencimientos de las contribuciones a la seguridad social en la zona declarada como emergencia agropecuaria.

Monotributistas – Recategorización
El 7 de Septiembre próximo vence el plazo para la recategorización correspondiente al segundo cuatrimestre de 2009. La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el período Septiembre 2008 a Agosto 2009 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad. Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, el contribuyente deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite. Para mayor información y si su categoría se ha modificado, se dispone en la página web de la AFIP, de la herramienta denominada " Mi orientación ", a través de la cual encontrará, una vez ingresados los datos requeridos, una guía que lo orientará en el proceso de recategorización.

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 OTROS ORGANISMOS

Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas
En representación de los 24 Consejos Profesionales en Ciencias Económicas de todo el país que forman parte de esta Federación, se ha realizado la presentación de una nota al Señor Ministro, Dr. Aníbal D. Fernández, con relación al régimen dispuesto por la Ley 26.476 - Regímenes de Regularización de Impuestos y Recursos de la Seguridad Social” y Exteriorización de la Tenencia de Moneda Nacional, Extranjera, Divisas y demás Bienes en el País y en el Exterior”, solicitando una prórroga por el término de 90 días a partir del 31 de agosto próximo, a fines de poder viabilizar el uso de los aplicativos informáticos establecidos por AFIP, donde se modifican sustancialmente algunos aspectos del régimen, lo que a dicho vencimiento complica la efectiva adhesión por parte de los contribuyentes y dificulta el asesoramiento que los profesionales en ciencias económicas les puedan brindar.

ARBA – Resolución Nº 51/09
Dadas las numerosas presentaciones de reclamos por disconformidad de alícuotas o categoría de riesgo, la presente normativa modifica y asiste los reclamos por alícuotas de Regímenes de Retención y/o Percepción. A los efectos de incorporar otros motivos por los cuales los contribuyentes de Ingresos Brutos pueden reclamar respecto de las alícuotas aplicables en los diversos regímenes de retención y/o percepción vigentes en provincia de Buenos Aires, la ARBA modificó y a la vez ordenó el procedimiento contenido en la DN “B” 75/07. Esta normativa contempla expresamente la situación de aquellos contribuyentes que acumulen considerable saldo a favor..


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SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

Contadores

Mercado de Valores

 

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