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LA PLATA, 25 DE FEBRERO 2010, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 621 /2009

 

 

"Si aprendes a perdonar y a olvidar, vas a encontrar la verdadera felicidad".

 




 

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Monotributo

El pasado 29 de enero se produjo el vencimiento del plazo para realizar la adhesión y recatergorización del Monotributo, como así también el plazo para realizar el pago de la cuota correspondiente al mes de enero.
El máximo Administrador del Organismo, Ricardo Echegaray, informó que se registraron 352.000 accesos al sistema, que abarcan, tanto a nuevos monotributistas (66.000) como aquellos que se han recategorizado dentro del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (286.000).
De los resultados arrojados, existen 7.500 nuevos monotributistas que salieron del régimen general (IVA, Ganancias y Autónomos) y 58.500 pasaron a ser responsables inscriptos.
Aquellos contribuyentes que deban cambiar su categoría, lo podrán hacer hasta el 7 del mes siguiente a la finalización de cada cuatrimestre. La próxima categorización vence el 7 de mayo de 2010.
Con relación al Plan de Facilidades Impositivas, Previsionales y Aduaneras lanzado por AFIP en diciembre pasado, desde AFIP informaron que ya se realizaron 73.000 presentaciones que involucran un monto de $ 4.100 millones.

Régimen de Información – Consorcios
Los administradores de consorcio deberán informar los datos de los propietarios de departamentos que pagan expensas superiores a los $ 600 mensuales, que se correspondan al segundo semestre del año 2009, de acuerdo a las normas vigentes emitidas por la AFIP. Precisamente, el 26 de febrero vencerá el plazo para el cual los administradores deberán informar, sin embargo, expertos reclaman definiciones de la Corte Suprema sobre la constitucionalidad de la medida. Desde la presidencia de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal, opinan que los montos establecidos de $ 3600 semestrales o $ 600 mensuales, se encuentran desactualizados y hacen que se pierda el objetivo que el fisco se propuso cuando impulsó la norma, por lo tanto, se estaría generando una carga administrativa que no cumple ninguna función.

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 OTROS ORGANISMOS Y NORMATIVAS

Régimen de Crédito Fiscal – Resolución 206/2010
El nuevo régimen tiene por objeto contribuir a que las empresas y/o talleres protegidos de producción fortalezcan las competencias laborales de su personal operativo y/o que trabajadores desocupados tengan oportunidad de fortalecer sus calificaciones laborales. La instrumentación del régimen será a través de la solicitud de certificados de crédito fiscal sobre la base de los gastos previstos en el proyecto. Dichos certificados podrán ser aplicados para cancelar obligaciones de los impuestos a las ganancias, ganancia mínima presunta, valor agregado o impuestos internos. La Secretaría de Empleo será la encargada de reglamentar la operatoria del presente régimen y brindará asistencia técnica a las empresas interesadas en la elaboración y ejecución de los proyectos

Ingresos brutos – Provincia de Buenos Aires
Se sustituye el régimen de retención sobre cheques -dispuesto por RN (ARBA Bs. As.) 14/2009- por un régimen de información referido a los pagos que se efectúen a sujetos alcanzados por el impuesto sobre los ingresos brutos. Por su parte, el Banco Central de la República Argentina, en su carácter de ente de contralor de las entidades financieras, establecerá las pautas y mecanismos operativos de dicho régimen informativo. Asimismo, se establece que la información a suministrar se efectuará con carácter de declaración jurada y tendrá vencimiento los días 20 de cada mes. Se destaca que la primera declaración jurada por parte del BCRA, vencerá el día 20 de julio de 2010 y comprenderá la información correspondiente a pagos efectuados durante el mes de junio del mismo año.


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SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

Contadores

Mercado de Valores

 

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