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LA PLATA, 25 DE MARZO 2010, ACTUALIDAD PROFESIONAL
Nº 624 /2009 |
"El amor de los jóvenes no esta en el corazón, sino en los ojos."
William Shakespeare
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Delegación La Plata

Trabajo en blanco El máximo organismo de control fiscal – AFIP-, acaba de modificar las reglas respecto a las obligaciones de la Seguridad Social y desde el 1º de marzo del corriente rigen nuevas pautas en lo que respecta a sanciones por incumplimientos.
Mediante la Resolución General 2766 se apunta a lograr una correcta registración de los empleados en relación de dependencia y el ingreso en tiempo y forma de los aportes previsionales de los trabajadores.
Las sanciones por la no registración debida de los empleados, básicamente consistirá:
a) Por el incumplimiento de la obligación de registrar empleados, detectada su infracción, la AFIP establece un multa por cada trabajador equivalente a diez veces el monto de la base imponible mínima prevista por el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
b) La falta de registración o ausencia de los registros requeridos, generará una multa equivalente a cinco veces el monto de la base imponible prevista por el sistema.
c) La declaración formalmente errónea de los datos identificatorios y no subsanado dentro del plazo fijado, la AFIP habilitará el cobro de una multa equivalente a tres veces el monto de la base imponible mínima.
Ganancia Mínima Presunta - Anticipo 2010
La AFIP estableció la forma que deberán tener en cuenta las empresas con cierre en sus estados contables posterior al 30 de diciembre pasado, a fin de ingresar los pagos a cuenta respecto a los anticipos adeudados en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
La Resolución General nº 2736/2010 fija un esquema escalonado de ingreso que se extenderá desde este mes hasta mayo próximo, de acuerdo a la fecha de cierre de ejercicio de cada contribuyente.
Por otra parte, la reglamentación contempla un cronograma especial para aquellas personas físicas que son consideradas sujetos pasivos del IGMP respecto a la actividad con inmuebles rurales.
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OTROS
ORGANISMOS Y NORMATIVAS |
Obra Social - Aportes y contribuciones
Se acaba de establecer el nuevo monto del haber mínimo para el cálculo de los aportes y contribuciones previstos en el Régimen Nacional de Obras Sociales para trabajadores a tiempo completo, el cual será equivalente a dos (2) bases mínimas previstas mediante la resolución (ANSeS) 130/2010, lo cual queda establecida en la suma de $ 311,36 y $ 10.119,08 respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2010.
Consejo Profesional - Delegación La Plata
Nuestra Delegación La Plata informa a todos los Sres. Profesionales que dados los inconvenientes que se suceden por las nuevas disposiciones del Banco Provincia de Buenos Aires, a partir del Jueves 25 de marzo, el horario de atención de caja será de 8.30 a 14.00hs. Desde ya muchas gracias por vuestra comprensión.
AFIP
SAFJP
Ministerio de Economía de la
Nación
Banco
Central de la República
Argentina
Contadores
Mercado de Valores
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