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LA PLATA, 31 DE MARZO 2010, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 625 /2009

 

 

"La moral es la higiene del alma".

Chamfort

 




 

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Monotributo - Nuevo Régimen de Retenciones
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene listo para poner en marcha las retenciones en el Impuesto al Valor Agregado y en Ganancias que deberán soportar los monotributistas. En un mes, los pequeños contribuyentes comenzarán a soportar pagos a cuenta de hasta un 35%. Este mecanismo golpeará directamente a los monotributistas, siempre que superen los renovados límites de facturación anuales permitidos respecto a las operaciones celebradas con un único cliente. El nuevo régimen del Monotributo, que rige desde enero pasado, elevó a $ 200.000 el tope de facturación anual para profesionales y a $ 300.000 para el resto de las actividades. En complemento, el marco legal del régimen de pagos a cuenta, que se pone en marcha en mayo próximo, potencia el control diario en la facturación que tendrán que cumplir los monotributistas y sus clientes habituales.

Trabajo en blanco
El máximo organismo de control fiscal – AFIP-, acaba de modificar las reglas respecto a las obligaciones de la Seguridad Social y desde el 1º de marzo del corriente rigen nuevas pautas en lo que respecta a sanciones por incumplimientos. Mediante la Resolución General 2766 se apunta a lograr una correcta registración de los empleados en relación de dependencia y el ingreso en tiempo y forma de los aportes previsionales de los trabajadores.

Las sanciones por la no registración debida de los empleados, básicamente consistirá:

a) Por el incumplimiento de la obligación de registrar empleados, detectada su infracción, la AFIP establece un multa por cada trabajador equivalente a diez veces el monto de la base imponible mínima prevista por el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

b) La falta de registración o ausencia de los registros requeridos, generará una multa equivalente a cinco veces el monto de la base imponible prevista por el sistema.

c) La declaración formalmente errónea de los datos identificatorios y no subsanado dentro del plazo fijado, la AFIP habilitará el cobro de una multa equivalente a tres veces el monto de la base imponible mínima.

Ganancia Mínima Presunta - Anticipo 2010
La AFIP estableció la forma que deberán tener en cuenta las empresas con cierre en sus estados contables posterior al 30 de diciembre pasado, a fin de ingresar los pagos a cuenta respecto a los anticipos adeudados en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. La Resolución General nº 2736/2010 fija un esquema escalonado de ingreso que se extenderá desde este mes hasta mayo próximo, de acuerdo a la fecha de cierre de ejercicio de cada contribuyente. Por otra parte, la reglamentación contempla un cronograma especial para aquellas personas físicas que son consideradas sujetos pasivos del IGMP respecto a la actividad con inmuebles rurales.

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 OTROS ORGANISMOS Y NORMATIVAS

Aportes de trabajadores autónomos – Nuevos Valores
Se establecen los nuevos importes de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos que regirán a partir de la obligación de pago mensual correspondiente al período devengado marzo de 2010 -con vencimiento en el mes de abril de 2010- y siguientes.
Se destacan las categorías mínimas de revista que modificaron sus valores:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos.
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.
C) Afiliaciones voluntarias.
D) Menores de 21 años.
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.
F) Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la ley 24828.

Obra Social - Aportes y contribuciones
Se acaba de establecer el nuevo monto del haber mínimo para el cálculo de los aportes y contribuciones previstos en el Régimen Nacional de Obras Sociales para trabajadores a tiempo completo, el cual será equivalente a dos (2) bases mínimas previstas mediante la resolución (ANSeS) 130/2010, lo cual queda establecida en la suma de $ 311,36 y $ 10.119,08 respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2010.

Consejo Profesional - Delegación La Plata
Nuestra Delegación La Plata informa a todos los Sres. Profesionales que dados los inconvenientes que se suceden por las nuevas disposiciones del Banco Provincia de Buenos Aires, a partir del Jueves 25 de marzo, el horario de atención de caja será de 8.30 a 14.00hs. Desde ya muchas gracias por vuestra comprensión.


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SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

Contadores

Mercado de Valores

 

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