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LA PLATA, 22 DE ABRIL 2010, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 628 /2010

 

 

"La diferencia entre la alegría y la felicidad es que la alegría es un líquido y la felicidad un sólido."

Jerome David Salinger

 




 

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Monotributistas - Retenciones de IVA y Ganancias
La Administración Federal de Ingresos Públicos ya tiene todo listo para poner en marcha las retenciones en el Impuesto al Valor Agregado (IVA y en Ganancias que reaerán a partir de mayo sobre los monotributistas.
En poco menos de dos semanas, los pequeños contribuyentes comenzarán a soportar pagos a cuenta de hasta 35% en el Impuesto a las Ganancias y del 21% respecto al IVA.. Este mecanismo golpeará fuertemente sobre los monotributistas, siempre que superen los nuevos límites de facturación anuales permitidos respecto a las operaciones efectuadas con un único cliente.
Por otra parte, el marco legal deja en claro quienes actuarán como agentes de retención, como ser: El Estado Nacional, Provincial, Municipal y el Gobierno de la Cuidad de Buenos Aires, los colegios y consejos profesionales, entidades bancarias que efectúen pagos en cumplimiento de libranzas judiciales, locatarios y/o prestatarios, siempre que los pagos se realicen como consecuencia de su actividad empresaria y revistan la calidad de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados, en el IVA.

Impuesto a las Ganancias – Aumento del Mínimo no Imponible
Desde el Poder Ejecutivo Nacional, impulsan un proyecto iniciado por la Confederación General del Trabajo (CGT) para aumentar el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias que se mantiene sin cambios desde el año 2008.
El proyecto original contempla elevar el mínimo no imponible en un 25 %. En la actualidad, el ingreso mínimo a partir del cual el trabajador soporta el tributo es de $ 4.015 mensuales para los contribuyentes solteros y en $ 5.554 al mes para los casados con dos hijos. La iniciativa propone elevar el mínimo de los solteros a $ 5.554 y a $ 6.846 para los casados.
Por otra parte, el proyecto eleva la carga fiscal para las categorías más altas. Quienes ganen más de $ 120.000, luego de las deducciones, pasarán a soportar una tasa del 40%, actualmente los alcanza la alícuota del 35%.

Monotributo - Nuevo Régimen de Retenciones
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene listo para poner en marcha las retenciones en el Impuesto al Valor Agregado y en Ganancias que deberán soportar los monotributistas. En un mes, los pequeños contribuyentes comenzarán a soportar pagos a cuenta de hasta un 35%. Este mecanismo golpeará directamente a los monotributistas, siempre que superen los renovados límites de facturación anuales permitidos respecto a las operaciones celebradas con un único cliente. El nuevo régimen del Monotributo, que rige desde enero pasado, elevó a $ 200.000 el tope de facturación anual para profesionales y a $ 300.000 para el resto de las actividades. En complemento, el marco legal del régimen de pagos a cuenta, que se pone en marcha en mayo próximo, potencia el control diario en la facturación que tendrán que cumplir los monotributistas y sus clientes habituales.

Trabajo en blanco
El máximo organismo de control fiscal – AFIP-, acaba de modificar las reglas respecto a las obligaciones de la Seguridad Social y desde el 1º de marzo del corriente rigen nuevas pautas en lo que respecta a sanciones por incumplimientos. Mediante la Resolución General 2766 se apunta a lograr una correcta registración de los empleados en relación de dependencia y el ingreso en tiempo y forma de los aportes previsionales de los trabajadores.

Las sanciones por la no registración debida de los empleados, básicamente consistirá:

a) Por el incumplimiento de la obligación de registrar empleados, detectada su infracción, la AFIP establece un multa por cada trabajador equivalente a diez veces el monto de la base imponible mínima prevista por el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

b) La falta de registración o ausencia de los registros requeridos, generará una multa equivalente a cinco veces el monto de la base imponible prevista por el sistema.

c) La declaración formalmente errónea de los datos identificatorios y no subsanado dentro del plazo fijado, la AFIP habilitará el cobro de una multa equivalente a tres veces el monto de la base imponible mínima.

Ganancia Mínima Presunta - Anticipo 2010
La AFIP estableció la forma que deberán tener en cuenta las empresas con cierre en sus estados contables posterior al 30 de diciembre pasado, a fin de ingresar los pagos a cuenta respecto a los anticipos adeudados en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. La Resolución General nº 2736/2010 fija un esquema escalonado de ingreso que se extenderá desde este mes hasta mayo próximo, de acuerdo a la fecha de cierre de ejercicio de cada contribuyente. Por otra parte, la reglamentación contempla un cronograma especial para aquellas personas físicas que son consideradas sujetos pasivos del IGMP respecto a la actividad con inmuebles rurales.

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 OTROS ORGANISMOS Y NORMATIVAS

II Desayuno sobre Emprendedurismo Social
Nuestra Delegación La Plata tiene el agrado de comunicar a todos los Sres. Matriculados, que la agrupación AIESEC se encuentra organizando el II Desayuno sobre Emprendedurismo Social.
El objetivo es brindar a las organizaciones de nuestra sociedad civil la posibilidad de tener su espacio para interactuar entre ellas y conocerse.
Al evento asistirá la reconocidad oradora Clara Carreras, que estará capacitando a los participantes en herramientas de marketing para el desarrollo.
El evento se realizará el próximo 16 de abril a las 09:00 horas, el lugar destinado es el Centro Cultural Islas Malvinas, sito en avenida 19 e/ 51 y 53 de nuestra ciudad y la entrada es libre y gratuita. Para mayor información comunicarse con nuestra Delegación al teléfono 4219740 o 4219860.

Obra Social - Aportes y contribuciones
Se acaba de establecer el nuevo monto del haber mínimo para el cálculo de los aportes y contribuciones previstos en el Régimen Nacional de Obras Sociales para trabajadores a tiempo completo, el cual será equivalente a dos (2) bases mínimas previstas mediante la resolución (ANSeS) 130/2010, lo cual queda establecida en la suma de $ 311,36 y $ 10.119,08 respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2010.

Consejo Profesional - Delegación La Plata
Nuestra Delegación La Plata informa a todos los Sres. Profesionales que dados los inconvenientes que se suceden por las nuevas disposiciones del Banco Provincia de Buenos Aires, a partir del Jueves 25 de marzo, el horario de atención de caja será de 8.30 a 14.00hs. Desde ya muchas gracias por vuestra comprensión.


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SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

Contadores

Mercado de Valores

 

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