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LA PLATA, 05 DE AGOSTO 2010, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 640/2010

 

 

"La vida es larga cuando es miserable, pero breve cuando es feliz."

Eurípides

 




 

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Nuevo Control a Monotributistas
Desde el máximo organismo de control fiscal – AFIP – informan tener todo listo para obligar desde el mes de septiembre a todos los contribuyentes monotributistas que superen los ingresos de $ 144.000 anuales, a informar cuatrimestralmente los datos referidos a la energía eléctrica consumida y a los alquileres cancelados durante el período.

Se estima que el primer vencimiento estará pautado para el próximo 20 de septiembre respecto de los dos (2) primeros cuatrimestres del año. La nueva obligación se cumplirá junto con la correspondiente recategorización cuatrimestral de los pequeños contribuyentes.

A través de esto, el pequeño contribuyente deberá, al finalizar cada cuatrimestre calendario, presentar una declaración jurada informativa en el cual tendrá que consignar, con respecto al consumo de energía eléctrica el número de medidor y denominación del prestador del servicio, y en relación al lugar afectado a la actividad, datos del propietario y nomenclatura catastral del mismo.

Régimen Informativo - Composición Societaria
De las innumerables consultas y reclamos que fueran elevados por las organizaciones que agrupan a los profesionales en Ciencias Económicas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido limitar el alcance del régimen que obliga a las empresas a informar la composición societaria hasta el último día de este mes.

Por medio del sitio de preguntas y respuestas disponible en la página web, la AFIP aclaró que las compañías solo deben informar a los apoderados de tipo legal y fiscal, que actúan frente a la AFIP.

De esta manera, se dio respuesta al Colegio de Graduados en Ciencias Económicas que elevó una consulta al Administrador Federal, solicitando precisiones respecto a la resolución general 2763/2010, que reglamenta dicho régimen.

Factura Electrónica - R.G. nº 2855/2010
Mediante la presente resolución se establecen los requisitos que deberán reunir los comprobantes electrónicos originales.

Por otra parte, se recuerda, que la R.G. nº 2757 (AFIP) se dispuso la incorporación de determinados contribuyentes, que revistan el carácter de responsables inscriptos, dentro del régimen de factura electrónica a través de notificaciones fehacientes de la AFIP.

Monotributo - Exclusión
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) acaba de establecer los pasos a seguir para excluir a los contribuyentes monotributistas que facturan o gastan en exceso.

En lo referente a la facturación, los pequeños contribuyentes ubicados en las categorías más altas, deberán evaluar si no superan los límites de ingresos anuales fijados en $ 200.000 para profesionales y $ 300.000 para el resto de las actividades.

En materia de gastos, el Régimen del Monotributo que rige desde enero 2010, deja afuera a los profesionales que gasten más de $ 6.666 mensuales.
Precisamente, los prestadores de servicios que facturen entre $ 144.000 y $ 200.000 no pueden tener egresos anuales por más de $ 80.000.

La mecánica de exclusión tiene su marco normativo a través de la resolución (AFIP) 2487/2010. La norma establece que como consecuencia de los controles que se efectúen, la AFIP constate la existencia de alguna de las circunstancias que determinan la exclusión de pleno derecho del monotributo, el inspector actuante notificará al contribuyente tal situación y pondrá a disposición los elementos que así lo acreditan.

Régimen de Control - Reformulación
A través de la resolución general nº 2820/2010, la Administración Federal de Ingresos Públicos acaba de publicar en el Boletín Oficial, la reformulación y actualización del régimen informativo que obliga a los operadores del sector inmobiliario a inscribirse, en tanto realicen más de tres transacciones al año o superen en conjunto $ 300.000.

La nueva reglamentación, que entrará en vigencia a partir de agosto próximo, pone también bajo la lupa a los alquileres que superen los $ 8.000 mensuales. En el mismo sentido, quedan comprendidos los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas.

De esta manera, la reglamentación establece que las empresas y particulares que realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado “Registro de Operaciones Inmobiliarias”.

En aquellos casos, cuando se traten de propiedades pertenecientes a sujetos residentes en el exterior, la obligación a cumplir estará a cargo de sus representantes en el país.

Declaración Jurada vía web de Aportes y Contribuciones

A partir del mes de junio, aquellas empresas que posean hasta diez (10) empleados en dependencia, deberán presentar las cargas sociales de manera online.

Mediante la resolución general nº 2812/2010 de la AFIP, establece la utilización obligatoria de la Declaración Jurada de Cargas Sociales online para todo el universo de empleadores que ocupen hasta diez trabajadores.

Por otra, la norma amplía el número de empleadores que podrán usar el sistema en forma opcional, precisamente, eleva de diez a 20 el número máximo de trabajadores.

En igual sentido, ya está a disposición de los contribuyentes la nueva versión del software que deben utilizar las empresas al momento de liquidar las cargas sociales.

La versión 33 del aplicativo SICOSS obliga a más de 550.000 empleadores que responden por aproximadamente 7.100.000 trabajadores registrados que conforman sus dotaciones de personal.

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 OTROS ORGANISMOS Y NORMATIVAS

Ley de protección integral a las mujeres - Reglamentación
Se reglamenta la ley 26485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Con relación al derecho del trabajo, se entenderá como violencia laboral contra las mujeres: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en él, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo.

Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral.

Accidentes de trabajo - Implementación en la totalidad de las notificaciones.
Se extiende, a partir de junio 2010, el sistema de “Ventanilla Electrónica” a la totalidad de las comunicaciones, intimaciones, notificaciones o intercambio de información que la Gerencia de Asuntos Legales (GAL) considere pertinente practicar, sin perjuicio de la facultad de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de utilizar las formas de notificación previstas en el artículo 41 del reglamento de la ley nacional de procedimientos administrativos - Ley. 19549- cuando esta lo considere conveniente.

Cuenta sueldo – Aplicaciones
El Banco Central adecuó su normativa sobre "depósitos de ahorro, pago de remuneraciones y especiales" a la "gratuidad de la cuenta sueldo" establecida por la ley 26590 y la resolución (MTESS) 653/2010.

De esta forma, estableció que las entidades financieras deberán aplicar la presente comunicación a partir del 12/7/2010 y antes de esa fecha, deberán reintegrar a sus clientes los importes por las comisiones eliminadas por la ley 26590, que hubieran sido percibidos a partir del 14 de mayo de 2010, fecha de entrada en vigencia de la norma.

Se destacan precisiones de la normativa:

- Se determina el uso sin costo ni límite de extracciones de la operatoria que se realiza a través de cajeros automáticos hasta el importe correspondiente a las retribuciones en dinero que se acrediten a favor del trabajador.

- El trabajador podrá designar a su cónyuge o conviviente o a un familiar directo como cotitular de la cuenta sueldo.

- La incorporación a la cuenta sueldo de servicios bancarios adicionales, no derivados de su naturaleza laboral ni comprendidos en la presente resolución, sólo se producirá previo requerimiento fehaciente del trabajador a la entidad bancaria o financiera.

Consejo Profesional - Delegación La Plata
Nuestra Delegación La Plata informa a todos los Sres. Profesionales que dados los inconvenientes que se suceden por las nuevas disposiciones del Banco Provincia de Buenos Aires, a partir del Jueves 25 de marzo, el horario de atención de caja es de 8.30 a 14.00hs. Desde ya muchas gracias por vuestra comprensión.


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SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

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Mercado de Valores

 

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