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LA PLATA, 21 DE OCTUBRE 2010, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 650/2010

 

 

"Cuando quieres realmente una cosa, todo el Universo conspira para ayudarte a conseguirla."

Paulo Coelho

 




 

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Factura Electrónica - Laboratorios y Tabacaleras
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prepara su avanzada para comenzar a enviar en los próximos días intimaciones a los monotributistas que utilizan el régimen simplificado y según sus presunciones, estarían evadiendo impuestos.

En efecto, en el pasado mes de septiembre vencieron dos obligaciones a partir de las cuales el fisco nacional puede contar con información clave, declarada por los contribuyentes correspondientes a la recategorización cuatrimestral y por otro lado los pequeños contribuyentes que ganan más de $6.000 mensuales tuvieron que informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados entre enero y agosto pasado.

Con toda esta información, la AFIP se encuentra confrontando los datos presentados contra indicadores de situación fiscal que la AFIP posee en su base de datos sobre los distintos monotributistas y de los cuales se destacan: consumo en tarjetas de crédito y débito, movimientos bancarios, declaraciones patrimoniales, pago de cuotas de colegios privados, etc.
Si del análisis surgieran marcadas inconsistencias, el fisco enviará intimaciones solicitando las aclaraciones que correspondan.

Mayores controles sobre el Empleo y Cargas Sociales
Desde la máxima autoridad de control fiscal – AFIP – informaron la ampliación de los controles para verificar la edad de los empleados en relación de dependencia, que según sus empleadores, declararon ante el fisco que son menores de 18 años, eludiendo de esta manera la determinación e ingreso de los aportes y contribuciones a la seguridad social.

Desde la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social (DGRSS), detectaron en el primer semestre del año 2010, que existirían cerca de 2.400 empleados, que de acuerdo con los registros de personas, habrían superado la minoría de edad y sus empleadores no habrían corregido la condición de menores a mayores de edad.

A fin de proceder a corroborar la validez de lo desvíos estimados, la AFIP ordenará fiscalizar a los contribuyentes bajo la presunción de evasión, con la aplicación de las sanciones pertinentes.

Factura Electrónica - Responsables Inscriptos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado su avanzada respecto a la firma de convenios con distintas superintendencias y registros especiales a fin de potenciar la incorporación y fiscalización de responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El marco normativo se dio a conocer mediante la resolución general (AFIP) 2918 publicada en el Boletín Oficial.

De sus características, la norma prevé que diversos entes reguladores podrán celebrar acuerdos con AFIP a los efectos de brindar información acerca de la actividad desarrollada por los contribuyentes bajo su control y la nómina actualizada a diario de los mismos.

Por otra parte, el fisco nacional tomará el detalle suministrado por en ente regulador y notificará a aquellos contribuyentes a quienes les interese que emitan facturas electrónicas.

Dicha notificación deberá ser formulada con una anticipación no menor a 30 días hábiles administrativos a la fecha a partir de la cual el contribuyente deba emitir los comprobantes electrónicos.

Monotributistas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha una fuerte avanzada que persigue un único objetivo: acabar con los contribuyentes que se refugian en el Monotributo para evadir impuestos.

Desde el máximo organismo, construyen una matriz de riesgo a fin de detectar a los contribuyentes que se esconden en el monotributo, para excluirlos del sistema posteriormente.

En función a esto, la AFIP tendrá en cuenta los datos que los pequeños contribuyentes informen en la próxima recategorización cuatrimestral.

Dichos contribuyentes deberán actualizar su situación ante el fisco nacional en base a los ingresos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que realizan, la energía consumida y a los alquileres devengados entre septiembre 2009 y agosto 2010.

De exceder uno de los límites mencionados, será automático el avance a una categoría superior, con la correspondiente suba del monto del impuesto mensual a pagar.

Disposición AFIP 241/2010 - Procedimiento Fiscal
Se establece el procedimiento de sustitución y levantamiento de medidas cautelares aplicable a las obligaciones adeudadas por los medios de comunicación que serán canceladas mediante la dación en pago de espacios publicitarios.

Disposición AFIP 250/2010 - Ejecuciones fiscales
Se adecuan las pautas de gestión a ser observadas por las áreas de recaudación y por los agentes fiscales y dispone que los embargos, inhibiciones o cualquier otra medida cautelar sobre bienes y cuentas del deudor, deberán ser solicitadas al juez interviniente en la causa.

Las presentes modificaciones tienen su origen en la declaración de inconstitucionalidad por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuando dichas atribuciones que hacen a la esencia del poder judicial son tomadas por los agentes fiscales.

Factura Electrónica - R.G. nº 2855/2010
Mediante la presente resolución se establecen los requisitos que deberán reunir los comprobantes electrónicos originales.

Por otra parte, se recuerda, que la R.G. nº 2757 (AFIP) se dispuso la incorporación de determinados contribuyentes, que revistan el carácter de responsables inscriptos, dentro del régimen de factura electrónica a través de notificaciones fehacientes de la AFIP.

Monotributo - Exclusión
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) acaba de establecer los pasos a seguir para excluir a los contribuyentes monotributistas que facturan o gastan en exceso.

En lo referente a la facturación, los pequeños contribuyentes ubicados en las categorías más altas, deberán evaluar si no superan los límites de ingresos anuales fijados en $ 200.000 para profesionales y $ 300.000 para el resto de las actividades.

En materia de gastos, el Régimen del Monotributo que rige desde enero 2010, deja afuera a los profesionales que gasten más de $ 6.666 mensuales.
Precisamente, los prestadores de servicios que facturen entre $ 144.000 y $ 200.000 no pueden tener egresos anuales por más de $ 80.000.

La mecánica de exclusión tiene su marco normativo a través de la resolución (AFIP) 2487/2010. La norma establece que como consecuencia de los controles que se efectúen, la AFIP constate la existencia de alguna de las circunstancias que determinan la exclusión de pleno derecho del monotributo, el inspector actuante notificará al contribuyente tal situación y pondrá a disposición los elementos que así lo acreditan.

Régimen de Control - Reformulación
A través de la resolución general nº 2820/2010, la Administración Federal de Ingresos Públicos acaba de publicar en el Boletín Oficial, la reformulación y actualización del régimen informativo que obliga a los operadores del sector inmobiliario a inscribirse, en tanto realicen más de tres transacciones al año o superen en conjunto $ 300.000.

La nueva reglamentación, que entrará en vigencia a partir de agosto próximo, pone también bajo la lupa a los alquileres que superen los $ 8.000 mensuales. En el mismo sentido, quedan comprendidos los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas.

De esta manera, la reglamentación establece que las empresas y particulares que realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado “Registro de Operaciones Inmobiliarias”.

En aquellos casos, cuando se traten de propiedades pertenecientes a sujetos residentes en el exterior, la obligación a cumplir estará a cargo de sus representantes en el país.

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 OTROS ORGANISMOS Y NORMATIVAS

Censo Nacional de Población – Octubre 2010

Con motivo del operativo censal, se dispone la prohibición para ocupar trabajadores en la actividad de comercio en general hasta las 20 horas del día 27 de octubre de 2010.

En igual sentido, la ley 24254 declara feriado nacional el día en el que se efectúe el Censo Nacional de Población y Vivienda y establece sus alcances en el artículo 2: "Quedan prohibidas hasta las veinte horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos.

Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada".

1º Congreso Internacional de Control Gubernamental – Facultad de Derecho - UBA
Nuestra Delegación La Plata, tiene el agrado de invitar a todos los Sres. Matriculados, al evento organizado por la Sindicatura General de la Nación, a participar, con al inscripción correspondiente, del Primer Congreso Internacional de Control Gubernamental, que se llevará a cabo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, sita en Avenida Figueroa Alcorta 2263 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días 2, 3 y 4 de noviembre de 2010.

El evento fue considerado de Interés Nacional e incorporado en la Agenda Federal del Bicentenario, y declarado de interés por distintos estamentos de gobierno y control a nivel provincial.

Para mayor información, acceda al sitio web del Congreso Internacional http://congreso2010.sigen.gov.ar donde encontrará los detalles de éste importante evento o podrá formular sus inquietudes en la dirección de correo electrónico: congreso2010@sigen.gov.ar.

Inspección General de Justicia – Reempadronamiento masivo
La Inspección General de Justicia (IGJ) obliga a todas las empresas a actualizar sus datos hasta el próximo mes de diciembre.

Mediante la resolución 1/2010, este organismo estableció que las sociedades comerciales, extranjeras, binacionales, como también las asociaciones civiles y fundaciones, deberán presentar una declaración jurada con la actualización de información empresarial.

La nueva reglamentación obliga a las compañías o asociaciones a informar el domicilio, las autoridades, el último estado contable presentado y la última tasa anual pagada.

Asimismo, la resolución establece el esquema de vencimiento de presentación, como ser:

- Las asociaciones civiles y fundaciones: hasta el 1º de octubre próximo.
- Sociedades binacionales y entidades extranjeras: desde el 6 de setiembre hasta el 5 de noviembre de 2010.
- Sociedades comerciales: desde el 4 de octubre hasta el 3 de diciembre 2010.

Cuenta sueldo – Aplicaciones
El Banco Central adecuó su normativa sobre "depósitos de ahorro, pago de remuneraciones y especiales" a la "gratuidad de la cuenta sueldo" establecida por la ley 26590 y la resolución (MTESS) 653/2010.

De esta forma, estableció que las entidades financieras deberán aplicar la presente comunicación a partir del 12/7/2010 y antes de esa fecha, deberán reintegrar a sus clientes los importes por las comisiones eliminadas por la ley 26590, que hubieran sido percibidos a partir del 14 de mayo de 2010, fecha de entrada en vigencia de la norma.

Se destacan precisiones de la normativa:

- Se determina el uso sin costo ni límite de extracciones de la operatoria que se realiza a través de cajeros automáticos hasta el importe correspondiente a las retribuciones en dinero que se acrediten a favor del trabajador.

- El trabajador podrá designar a su cónyuge o conviviente o a un familiar directo como cotitular de la cuenta sueldo.

- La incorporación a la cuenta sueldo de servicios bancarios adicionales, no derivados de su naturaleza laboral ni comprendidos en la presente resolución, sólo se producirá previo requerimiento fehaciente del trabajador a la entidad bancaria o financiera.

Consejo Profesional - Delegación La Plata
Nuestra Delegación La Plata informa a todos los Sres. Profesionales que dados los inconvenientes que se suceden por las nuevas disposiciones del Banco Provincia de Buenos Aires, a partir del Jueves 25 de marzo, el horario de atención de caja es de 8.30 a 14.00hs. Desde ya muchas gracias por vuestra comprensión.


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SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

Contadores

Mercado de Valores

 

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