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LA PLATA, 02 DE JUNIO 2011, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 678/2011

 

 

"Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas."

Albert Einstein

 




 

Invitamos a los Sres. Profesionales visitar la página web de nuestro Consejo Profesional realizando un "click" en el LOGO de la Delegación La Plata.

 







 AFIP

Régimen de control sobre Ferias Comerciales
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se encuentra, por estos días, con un importante dilema a resolver.

El problema se presenta en el marco reglamentario que regula los controles fiscales que recaen sobre la compraventa de inmuebles. En efecto, los controles establecidos por el máximo organismo de control fiscal deben ser cumplidos por los escribanos, inmobiliarias y propietarios al momento de reportar las transacciones celebradas.

El 01 de junio comenzó la vigencia de un nuevo registro que obliga a los operadores del sector inmobiliario a inscribirse en tanto realicen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los 300.000 pesos.

De manera paralela, hace poco menos de un mes, el fisco nacional elevó a $600.000 el piso a partir del cual escribanos, inmobiliarias y propietarios deben informar la compraventa de propiedades.

Alivio en Ganancias: la AFIP reglamentó la baja del 20% a los anticipos de este año.
El fisco nacional estableció que la exteriorización de la nueva base de cálculo de los pagos a cuenta se debe realizar de manera online. Los contribuyentes tendrán que considerar el mínimo no imponible de 10.800 pesos. Acceda a la flamante normativa.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reformuló el procedimiento para la determinación de los anticipos correspondientes a este año en el Impuesto a las Ganancias.

Los cambios en el mecanismo de cálculo de los mismos se deben a que el Ejecutivo aumentó en un 20%, de manera retroactiva al 1 de enero pasado, el mínimo no imponible del tributo.

Por lo tanto, el piso se ubica en $5.782 netos mensuales para trabajadores solteros y en $7.998 para casados con dos hijos.

En efecto, los valores de las deducciones que se encuentran en plena vigencia son los siguientes:
• Mínimo no imponible: $12.960 anuales.
• Cónyuge: $14.400 anuales.
• Hijos: $7.200 anuales.
• Otras cargas: $5.400 anuales.
• Deducción especial: $62.208 anuales.

La medida se dio a conocer a través de la resolución general 3904, publicada en el Boletín Oficial.

La normativa establece que la exteriorización de la nueva base de cálculo de los anticipos en Ganancias 2011 se debe realizar -hasta el vencimiento del primer anticipo- a través del sistema de Cuentas Tributarias, mediante la transacción informática "Reducción de anticipos".

Factura Electrónica - Responsables Inscriptos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado su avanzada respecto a la firma de convenios con distintas superintendencias y registros especiales a fin de potenciar la incorporación y fiscalización de responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El marco normativo se dio a conocer mediante la resolución general (AFIP) 2918 publicada en el Boletín Oficial.

De sus características, la norma prevé que diversos entes reguladores podrán celebrar acuerdos con AFIP a los efectos de brindar información acerca de la actividad desarrollada por los contribuyentes bajo su control y la nómina actualizada a diario de los mismos.

Por otra parte, el fisco nacional tomará el detalle suministrado por en ente regulador y notificará a aquellos contribuyentes a quienes les interese que emitan facturas electrónicas.

Dicha notificación deberá ser formulada con una anticipación no menor a 30 días hábiles administrativos a la fecha a partir de la cual el contribuyente deba emitir los comprobantes electrónicos.

Seguridad Social - Presunciones laborales
De acuerdo a lo establecido por la Ley Antievasión II nº 26.063, que permite a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinar las deudas de la seguridad social, valiéndose de presunciones, la misma procede en la elaboración de presunciones genéricas y presunciones particulares.

- Presunción genérica de relación laboral:

Cuando la AFIP compruebe la prestación de servicios efectuados por una persona física a favor de otra persona física o de una persona jurídica, presumirá -salvo prueba en contrario- que dicha prestación se realiza en virtud de un contrato laboral pactado, expresa o tácitamente, entre las partes.

- Presunciones particulares:

1) Cuando el empleador no hubiere registrado en tiempo y forma una relación laboral, en los términos de la resolución general (AFIP) 1891 y sus modificatorias, se presumirá -salvo prueba en contrario- que la fecha de ingreso del trabajador es anterior a la alegada por el empleador.

2) La AFIP, sobre la base de un Indicador Mínimo de Trabajadores, determinará de oficio los aportes y contribuciones con destino al SUSS, cuando concurran las siguientes circunstancias:
a) se compruebe la realización de una obra o la prestación de un servicio que, por su naturaleza, requiera o hubiere requerido la utilización de mano de obra;
b) el empleador no hubiere declarado trabajadores ocupados o los declarados fueren insuficientes en relación con el citado Indicador y no pueda justificar la no utilización de trabajadores propios o la tecnología que los sustituya.

AFIP: nuevo sistema registral "Mi Simplificación II"
La AFIP ya reformuló las pautas que deberán seguir las empresas al momento de incorporar y desafectar personal. La avanzada constituye un paso más hacia la liquidación de sueldos online.

En efecto, a través de la resolución general 2988, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray puso en marcha el nuevo sistema registral llamado "Mi Simplificación II" que tiene la misión de cumplir con un doble objetivo:

* Agilizar los pasos a cumplir por parte de los empleadores para dar de alta y de baja a sus dependientes y,
* Reforzar la lucha contra la evasión de cargas sociales.

Desde el fisco nacional, precisaron que los cambios abarcan a más de 7.200.000 trabajadores registrados y 550.000 empleadores.

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 OTROS ORGANISMOS Y NORMATIVAS

Modificaciones en Arbanet: Resolución Normativa n° 24/11
Los permanentes reclamos de nuestro Consejo a las autoridades de ARBA van produciendo limitadas modificaciones en el sistema Arbanet, tal lo establecido en la reciente R.N. n° 24/11.

La nueva norma obligará a todos los contribuyentes incluidos en el padrón de Arbanet, -que modifiquen o no el importe establecido por el sistema-, a declarar todos los meses el total de los ingresos gravados, no gravados y exentos, como así también el total de las retenciones y percepciones consideradas.

Aguardamos que esta información mensual contribuya a solucionar nuestro reclamo por las diferencias que surgen de la base de datos del organismo recaudador al momento de confeccionar la DDJJ anual del impuesto sobre los IIBB-Arbanet.

Feriados nacionales - Día 17 de agosto
Se traslada, con carácter excepcional, solo para el corriente año, el feriado nacional del 17 de agosto que debería cumplirse el día 15 de agosto (tercer lunes del mes) al día 22 del mismo mes.

Módulo: nuevos montos
Siguiendo el criterio de modificar el valor del módulo a partir de la misma fecha que el valor del caduceo, la Mesa Directiva resolvió establecer un nuevo monto para el módulo de $ 8,14 con vigencia a partir del 1° de febrero de 2011.

Derecho Ejercicio Profesional 2011
Se informa a los profesionales que por Resolución de Consejo Directivo 3403/10 se establecieron los valores y fechas de vencimiento de los dos primeros anticipos que serán imputados al pago del Derecho de Ejercicio Profesional 2011.

CUOTAS DEP 2011
1° Anticipo $195
2° Anticipo $195
Jov. Graduados 1° Anticipo $105
Jov. Graduados 2° Anticipo $105

Vencimientos:
Legajos finalizados en 1 y 2 10-03-14 09-05-11
Legajos finalizados en 3 y 4 11-03-11 10-05-11
Legajos finalizados en 5 y 6 14-03-11 11-05-11
Legajos finalizados en 7 y 8 15-03-11 12-05-11
Legajos finalizados en 9 y 10 16-03-11 13-05-11

Radioalmuerzos distinguido por Radio Universidad
En los últimos días el programa Radioalmuerzos recibió un reconocimiento de Radio Universidad a la trayectoria, labor periodística y difusión cultural.

“Radio Almuerzos” es un emprendimiento del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, Delegación La Plata, que se emite desde el mes de marzo de 1984, todos los sábados a las 13 horas por LR11 Radio Universidad Nacional de La Plata, AM 1390.

La emisión ha sido premiado en varias oportunidades, entre sus logros sus premios cuenta con seis Martín Fierro Interior: como “Mejor Programa Periodístico en Radio” (1998-1999 -2008), “Mejor Labor Periodística en Radio” (1998-2001) a su conductor y “Mejor labor en conducción” (1999). Asimismo, ha sido galardonado con los premios: “Homero Manzi”, “Santa Teresa del Niño Jesús” y mención: “Santa Clara de Asís”.

A todas estas distinciones se le suma el haber sido declarado de Interés Municipal por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de La Plata.

Consejo Profesional - Delegación La Plata
Nuestra Delegación La Plata informa a todos los Sres. Profesionales que dados los inconvenientes que se suceden por las nuevas disposiciones del Banco Provincia de Buenos Aires, a partir del Jueves 25 de marzo, el horario de atención de caja es de 8.30 a 14.00hs. Desde ya muchas gracias por vuestra comprensión.


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Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

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