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LA PLATA, 30 DE JUNIO 2011, ACTUALIDAD PROFESIONAL Nº 681/2011

 

 

"Los jóvenes hoy en día son unos tiranos. Contradicen a sus padres, devoran su comida, y le faltan al respeto a sus maestros.”

Sócrates

 




 

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 AFIP

Régimen de Presentación de Estados Contables
Todos los años, las empresas deben cumplir con la obligación de presentar sus declaraciones juradas de Ganancias ante AFIP.

Esta información resulta clave para el fisco porque, a partir de ella, puede comparar la consistencia de los datos declarados con aquellos que tiene almacenados en sus bases de datos, contra liquidaciones de otros años y reportes provistos por terceros -por ejemplo, bancos, proveedores y organismos de recaudación-, entre otros, a los fines de detectar a los posibles evasores.

En este sentido, a partir del presente mes de junio, se encuentra en vigencia la Resolución General nº 3011/2011, por el cual establece que las compañías deberán suministrar al fisco, mediante transferencia electrónica de datos, "la memoria, los estados contables y el informe de auditoría del período fiscal correspondiente en formato .pdf".

Un punto a tener en cuenta es que existe una limitación tecnológica de 2 mb por archivo.

Factura Electrónica - Responsables Inscriptos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado su avanzada respecto a la firma de convenios con distintas superintendencias y registros especiales a fin de potenciar la incorporación y fiscalización de responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El marco normativo se dio a conocer mediante la resolución general (AFIP) 2918 publicada en el Boletín Oficial.

De sus características, la norma prevé que diversos entes reguladores podrán celebrar acuerdos con AFIP a los efectos de brindar información acerca de la actividad desarrollada por los contribuyentes bajo su control y la nómina actualizada a diario de los mismos.

Por otra parte, el fisco nacional tomará el detalle suministrado por en ente regulador y notificará a aquellos contribuyentes a quienes les interese que emitan facturas electrónicas.

Dicha notificación deberá ser formulada con una anticipación no menor a 30 días hábiles administrativos a la fecha a partir de la cual el contribuyente deba emitir los comprobantes electrónicos.

Seguridad Social - Presunciones laborales
De acuerdo a lo establecido por la Ley Antievasión II nº 26.063, que permite a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinar las deudas de la seguridad social, valiéndose de presunciones, la misma procede en la elaboración de presunciones genéricas y presunciones particulares.

- Presunción genérica de relación laboral:

Cuando la AFIP compruebe la prestación de servicios efectuados por una persona física a favor de otra persona física o de una persona jurídica, presumirá -salvo prueba en contrario- que dicha prestación se realiza en virtud de un contrato laboral pactado, expresa o tácitamente, entre las partes.

- Presunciones particulares:

1) Cuando el empleador no hubiere registrado en tiempo y forma una relación laboral, en los términos de la resolución general (AFIP) 1891 y sus modificatorias, se presumirá -salvo prueba en contrario- que la fecha de ingreso del trabajador es anterior a la alegada por el empleador.

2) La AFIP, sobre la base de un Indicador Mínimo de Trabajadores, determinará de oficio los aportes y contribuciones con destino al SUSS, cuando concurran las siguientes circunstancias:
a) se compruebe la realización de una obra o la prestación de un servicio que, por su naturaleza, requiera o hubiere requerido la utilización de mano de obra;
b) el empleador no hubiere declarado trabajadores ocupados o los declarados fueren insuficientes en relación con el citado Indicador y no pueda justificar la no utilización de trabajadores propios o la tecnología que los sustituya.

Reducción de contribuciones patronales - Sistema "Mi Simplificación II"
Establece que a los fines de acceder a la reducción de la alícuota de contribuciones patronales dispuesta por el artículo 16 de la ley 26476, los empleadores que hubieran presentado las declaraciones juradas (F. 931) determinativas de las obligaciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado enero de 2011 y siguientes, identificando las nuevas relaciones laborales en el "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS", con "Códigos de Modalidades de Contratación" distintos a los códigos 201, 202 ó 203, deberán proceder a su rectificación.

La presentación de las respectivas declaraciones juradas rectificativas y la modificación en el sistema "Mi Simplificación II" podrán efectuarse desde el 24/6/2011 hasta la fecha de vencimiento prevista para la presentación de la declaración jurada correspondiente al período devengado junio de 2011

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 OTROS ORGANISMOS Y NORMATIVAS

Agencia de Recaudación – Impuesto a la Herencia
El gobierno bonaerense acaba de recurrir a los escribanos para potenciar la avanzada fiscal que pone la mira sobre las cajas de seguridad.

Mediante la Resolución 18, ARBA sumó nuevos procedimientos de control que deberán ser cumplidos por los escribanos y las compañías aseguradoras.

En este sentido, los escribanos públicos que autoricen actos, contratos u operaciones entre vivos alcanzados por el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes deberán exigir del contribuyente, la acreditación del envío de la correspondiente declaración jurada. Asimismo, los profesionales deberán controlar que los datos contenidos en la declaración jurada enviada por el beneficiario coincidan con los que se consignen en la escritura a través de la cual se instrumente el acto.

En igual sentido, los jueces que intervengan en actuaciones judiciales y verifiquen incrementos patrimoniales a título gratuito deberán exigir la acreditación de la presentación de la declaración jurada y el pago respectivo del gravamen previo a ordenar entregas, transferencias, inscripciones registrales u otorgamientos de posesión de bienes vinculados al impuesto.

Feriados nacionales - Día 17 de agosto
Se traslada, con carácter excepcional, solo para el corriente año, el feriado nacional del 17 de agosto que debería cumplirse el día 15 de agosto (tercer lunes del mes) al día 22 del mismo mes.

Módulo: nuevos montos
Siguiendo el criterio de modificar el valor del módulo a partir de la misma fecha que el valor del caduceo, la Mesa Directiva resolvió establecer un nuevo monto para el módulo de $ 8,14 con vigencia a partir del 1° de febrero de 2011.

Derecho Ejercicio Profesional 2011
Se informa a los profesionales que por Resolución de Consejo Directivo 3403/10 se establecieron los valores y fechas de vencimiento de los dos primeros anticipos que serán imputados al pago del Derecho de Ejercicio Profesional 2011.

CUOTAS DEP 2011
1° Anticipo $195
2° Anticipo $195
Jov. Graduados 1° Anticipo $105
Jov. Graduados 2° Anticipo $105

Vencimientos:
Legajos finalizados en 1 y 2 10-03-14 09-05-11
Legajos finalizados en 3 y 4 11-03-11 10-05-11
Legajos finalizados en 5 y 6 14-03-11 11-05-11
Legajos finalizados en 7 y 8 15-03-11 12-05-11
Legajos finalizados en 9 y 10 16-03-11 13-05-11

Radioalmuerzos distinguido por Radio Universidad
En los últimos días el programa Radioalmuerzos recibió un reconocimiento de Radio Universidad a la trayectoria, labor periodística y difusión cultural.

“Radio Almuerzos” es un emprendimiento del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, Delegación La Plata, que se emite desde el mes de marzo de 1984, todos los sábados a las 13 horas por LR11 Radio Universidad Nacional de La Plata, AM 1390.

La emisión ha sido premiado en varias oportunidades, entre sus logros sus premios cuenta con seis Martín Fierro Interior: como “Mejor Programa Periodístico en Radio” (1998-1999 -2008), “Mejor Labor Periodística en Radio” (1998-2001) a su conductor y “Mejor labor en conducción” (1999). Asimismo, ha sido galardonado con los premios: “Homero Manzi”, “Santa Teresa del Niño Jesús” y mención: “Santa Clara de Asís”.

A todas estas distinciones se le suma el haber sido declarado de Interés Municipal por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de La Plata.

Consejo Profesional - Delegación La Plata
Nuestra Delegación La Plata informa a todos los Sres. Profesionales que dados los inconvenientes que se suceden por las nuevas disposiciones del Banco Provincia de Buenos Aires, a partir del Jueves 25 de marzo, el horario de atención de caja es de 8.30 a 14.00hs. Desde ya muchas gracias por vuestra comprensión.


 LINKS

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SAFJP

Ministerio de Economía de la Nación

Banco Central de la República Argentina

Contadores

Mercado de Valores

 

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