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26-09-2013 | Noticias | Consejo | Dlg. Lomas de Zamora
 
Conclusiones del exitoso Congreso de Síndicos
 
 
Los integrantes de la Comisión de Admisión de Trabajos y Redacción de Conclusiones del 6to Congreso Provincial de Síndicos Concursales, bajo la presidencia de la Dra. María Silvia Vighenzoni, realizó un documento con las principales conclusiones que derivaron de los 29 trabajos que se expusieron entre el 22 y el 24 de agosto, fecha en la que se desarrolló el encuentro en la Delegación Lomas de Zamora del Consejo Profesional.

Con relación al primer punto del temario “Problemas que debe enfrentar el síndico en su labor diaria no contemplados en la ley y la solución que encontraron para cada Caso”, la Comisión recomendó los siguientes puntos:

- Que resulta necesario que el síndico tome conocimiento de la legislación que ampara la protección del daño ambiental y de las responsabilidades emergentes.

- Que resulta de vital importancia conocer la situación particular de la empresa y sus procesos ante la decisión de opinar respecto de la continuación empresaria y también la situación específica de ciertos bienes que conforman los activos falenciales frente al proceso liquidatorio, en relación al cumplimiento de las normativas de derecho ambiental y las responsabilidades que las leyes ambientales ponen en cabeza de los dueños o vendedores.

- Que vinculado a las responsabilidades establecidas por la Ley 25612, la sindicatura, debería denunciar ante el juez del concurso toda circunstancia en la que observa la falta del debido cuidado por parte del concursado como dueño o guardián de residuos, para que éste como director del proceso dé debido conocimiento a la autoridad de política ambiental correspondiente.

- Que el síndico debería solicitar al juez que requiera a las autoridades competentes la declaración de cumplimiento de la normativa ambiental respecto de los procesos o actividad de la empresa fallida a fin de evitar responsabilidades.

A su vez, en relación a otros temas presentados durante el Congreso, se recomienda:

- Que el síndico deberá informar al juez a la brevedad respecto del modo de realización rápida y eficiente respecto de los bienes dispendiosos, evitando así que el síndico asuma el costo que no se verán satisfechos a futuro con la venta de los mismos.

- Que en una futura reforma de la normativa concursal, pueda disponerse la modificación del art. 224, para que los dividendos caducos -que hoy se destinan al fomento de la educación común- en forma total o parcial puedan ser destinados a formar un fondo –cuya forma de administración habrá de determinarse- que permita solventar estos tipos de gastos necesarios para dar cumplimiento a la manda legal sin afectar el patrimonio del sindico. Mientras tanto se sugiere solicitar al juez que libre oficio a las municipalidades ordenando la guarda y custodia de los rodados.

Por otro lado, fuera del temario y como consecuencia del debate en torno al tema honorarios, se abordó en la necesidad de actualizar el arancel de los síndicos. En este sentido, la Comisión recomienda que los síndicos interesados en este planteo, deberán invocar y demostrar -a través de diferentes variables- el perjuicio que conlleva el mantenimiento de un arancel a valores del año 95, sumado el hecho de asumir mayores tareas en función de las reformas de la ley concursal, plantear al mismo la inconstitucionalidad del Art. 32.

Para observar las conclusiones completas sobre los diferentes trabajos presentados, se debe ingresar aquí
             
     
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