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AFIP prorrogó la entrada en vigencia de la Factura Electrónica

Las solicitudes y gestiones realizadas por la FACPCE en nuestra representación y de los restantes Consejos del país están siendo atendidas.

Tal lo anticipado en nuestra página Web el pasado 28 de julio, se realizó el viernes 7 del corriente la reunión de integrantes de la CEAT (Comisión de Estudios de Asuntos Tributarios) de la FAPCE con funcionarios de la AFIP. Como primera novedad de la misma hemos recibido hoy por mail la nota que más abajo se publica de las autoridades de FACPCE, comunicando la emisión de la RG 3793 .

Recordamos a todos nuestros matriculados que en la CEAT, y en las reuniones con funcionarios de AFIP, participan activamente en nuestra representación los Dres. Oscar Fernández y Roberto Condoleo; y que todas las gestiones de carácter nacional las canalizamos por esa vía, representados conjuntamente los 24 Consejos del país, en el convencimiento que una gestión unificada tienen mayor eficacia y grado de respuesta.

En estos temas de candente importancia en el ejercicio profesional, tal como hemos informado en sucesivas publicaciones en nuestra Web, Re Pro News y circulaciones directas desde nuestras Delegaciones, los persistentes y fluidos contactos han dado por resultado esta prórroga en forma puntual. Seguiremos publicando las novedades que recibamos.


2015 08 10 AFIP prorrogo

A: Sres. Presidentes CPCE

DE: Mesa Directiva FACPCE

AFIP PRORROGÓ LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA FACTURA ELECTRÓNICA

Atendiendo a las presentaciones realizadas por nuestra Federación, y tal lo tratado con los funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la reunión del día viernes 7 de agosto en nuestra sede, se emitió la Resolución General AFIP Nº 3793 mediante la cual se establece que “La obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I y III de la Resolución General N° 3.749, su modificatoria y complementaria, se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016.

Idéntico plazo regirá para lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16 de la Resolución General N° 3.779.”

Atentamente.
FACPCE