08-03-2007 | Noticias | Caja  
     
  Restitución de Excedentes Artículo 32 Ley 12724  
     
     
  Resolución de Consejo Directivo Nº 3050 y modificatorias

La Caja recuerda a sus afiliados que podrán solicitar la restitución de los aportes excedentes que hayan generado durante el año 2006, mediante la presentación del formulario habilitado al efecto ante la Delegación del Consejo correspondiente a su domicilio. El plazo vence el 31 de marzo de 2007.

Los profesionales jubilados con matrícula activa, que deseen retirar sus excedentes generados en el año 2006, también deberán presentar el citado formulario dentro del plazo establecido.
Dado que desde el año pasado la Caja ya no procede a la restitución de oficio.

Los excedentes serán devueltos antes del 30 de abril de 2007, netos de los gastos de recaudación y del cargo administrativo por restitución con más los rendimientos que correspondan, previa deducción de los importes necesarios para cubrir las obligaciones vencidas que se registren con la Caja de Seguridad Social.

Para obtener más información, los profesionales interesados podrán consultar la sección Aportes de nuestra página web o bien dirigirse a la Delegación correspondiente a sus domicilios o a nuestras oficinas de atención de afiliados sitas en 53 Nº 425 de La Plata (C.P. 1900) y San Martín Nº 108 piso 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P. 1004).
 
             
     
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B1900BZK La Plata | CUIT 30-53118349-1
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