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En su primera reunión del año, la Mesa Directiva del Consejo de Administración de la Caja de Seguridad Social aprobó nuevos valores para los montos máximos de préstamos, como así también elevó la capacidad máxima de préstamos para el solicitante y la limitación del monto para el fiador.
Los nuevos valores, en vigencia a partir del 1/2/09 serán los siguientes:
ANEXO A (art. 8º) MONTO MÁXIMO DE PRESTAMOS EN PESOS |
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Monto Máximo de Préstamos en pesos
por categoría de aportante |
Tipo de Préstamo |
Aportante
sin deuda exigible |
Aportante con buen cumplimiento
-Montos Diferenciales- |
Profesional |
55.000 |
70.000 |
Profesional a sola firma |
-------- |
15.000 |
Asistencial |
55.000 |
70.000 |
Hipotecario |
138.000 |
165.000 |
Iniciación |
14.000 |
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Jubilados y Pensionados |
15.000 |
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Capacitación |
14.000 |
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Eventos |
7.000 |
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Promoción Consejo |
7.000 |
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Joven Matriculado |
3.000 |
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1) Capacidad Máxima de Prestamos: Para el solicitante de préstamo, la sumatoria del total de las líneas de préstamo Profesional, Asistencial, Iniciación y para Promociones del CPCEPBA y Adquisición de material de actualización profesional que posea vigentes, no podrá superar el importe de $ 84.000. No se consideran en dicho límite las líneas de préstamo de Capacitación Profesional, de Eventos e Hipotecarios. |
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2) Limitación del Monto como Fiador: el monto total a garantizar no podrá superar el importe de $ 84.000. |
Los nuevos montos de préstamos tienen vigencia a partir de las solicitudes presentadas
desde el 01-02-2009.
Asimismo
se incrementó el monto máximo para el Préstamo para Intervenciones Quirúrgicas y Prácticas Médicas de Alta Complejidad. La nueva Tabla General de Valores prevista en la Resolución Nº 3201 es la siguiente:
Tabla General de Valores
Prestaciones:
Nacimiento |
$ |
780 |
Adopción |
$ |
930 |
Incapacidad Total y Permanente |
$ |
5.500 |
Incapacidad Total y Transitoria |
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(1) |
Fallecimiento (matriculado) |
$ |
5.500 |
Fallecimiento (cónyuge) |
$ |
2.750 |
Fallecimiento (hijo) |
$ |
2.750 |
Hijo Discapacitado -importe anual- |
$ |
3.900 |
Beca de estudio para Hijo de Profesional Fallecido
- Importe Anual - |
$ |
3.900 |
Préstamo por Intervención Quirúrgica Alta Complejidad |
$ |
32.000 |
(1) El monto de este beneficio se determina conforme lo establecido en el art. 11º del Anexo I -Reglamento del Sistema de Beneficios de Acción Social – Monto Máximo Mensual: 159 caduceos. |
Los valores indicados tendrán vigencia a partir del 1° de enero de 2009 para las prestaciones cuyo hecho generador se produzca a partir de esa fecha y para los subsidio por hijo discapacitado y de la beca de estudio para hijo de profesional fallecido vigentes al 31-12-2008, por tratarse de prestaciones de pago periódico. Asimismo, aquellas prestaciones que reconozcan retroactividad serán liquidadas a los valores vigentes en los distintos períodos que la misma comprenda.
En cuanto al Préstamo por Intervención Quirúrgica Alta Complejidad, el monto máximo indicado tiene vigencia a partir del 01-02-2009.- |
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