08-07-2010 | Noticias | Caja  
     
  Refuerzo de los beneficios previsionales  
     
     
  En los meses de septiembre y marzo, nuestros jubilados recibirán un beneficio adicional surgido de la distribución de la recaudación prevista por la Ley 13.948

Aún no habiéndose cumplido un año de la puesta en marcha de la distribución del recurso instituido por la Ley 13.948, la Asamblea de Representantes aprobó la propuesta elevada por el Consejo de Administración de la Caja de Seguridad Social de implementar una nueva prestación previsional adicional surgida de la aplicación de este recurso específico.

Esta nueva prestación, que podrá ser permanente o no, según decida anualmente la Asamblea, persigue el objetivo de contribuir a la recomposición de los haberes básicos y mínimos con una prestación previsional adicional. Por este motivo se aprobó que “Se establezca una nueva prestación previsional, de acuerdo a lo prescripto por el inc. b) del artículo 27 de la Ley 12.724 (modificada por la Ley 13.948). Para el presente período, este beneficio especifico consistirá en dos pagos adicionales, el primero en el mes de Setiembre de 2010, equivalente al 80% de la recaudación neta de la contribución del 5%sobre honorarios establecida en la Ley 13.948, producida entre los meses de enero y junio de 2010, y el siguiente en el mes de Marzo de 2011, sobre la base de la recaudación neta en el período julio 2010-diciembre 2010, estableciéndose con el remanente un fondo de fluctuación que se adicionará al excedente de la recaudación del año 2009 sobre los beneficios abonados de acuerdo a lo que resolvió la Asamblea del 26/06/2009. La mencionada distribución se realizará en proporción a los importes de básicos o mínimos abonados a los afiliados beneficiarios. Anualmente la Asamblea establecerá el porcentaje de distribución que se aplicará a ese período, considerando (de corresponder) los importes acumulados en el fondo de fluctuación.”.

Así, se busca contribuir a la recomposición de los haberes básicos y mínimos con una prestación previsional adicional originada en la aplicación de este recurso específico.
 
             
     
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