07-05-2008 | Noticias | Consejo  
     
  Confirmado: nueva prórroga
en Bienes Personales y Ganancias
 
     
     
  Se conoció una nueva prórroga para el vencimiento para las presentaciones de las declaraciones juradas unificadas de Ganancias y Bienes Personales para el período fiscal 2007. La nueva fecha operará el próximo 30 de junio de 2008.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó nuevamente el vencimiento para las presentaciones de las declaraciones juradas unificadas de Ganancias y Bienes Personales para el período fiscal 2007.

De esta manera, el vencimiento operará para todas las terminaciones de la CUIT, el próximo 30 de junio de 2008.

Ganancias y Bienes Personales VENCIMIENTOS – Período Fiscal 2007
Personas Físicas domiciliadas en el país con ingresos provenientes, exclusivamente del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia, jubilaciones o pensiones (también si conjuntamente perciben otras rentas por las que hayan adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, o resulten exentas, no alcanzadas o no computables en el Impuesto a las Ganancias)

Terminación CUIT Presentación de la Declaración Jurada y Pago, de corresponder Generación de la generación Jurada
Todas 30/06/2008 Aplicativo “Ganancias Personas Físicas Bienes Personales Versión 9.0”

Servicio con Clave Fiscal “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” para el impuesto a las Ganancias, y Aplicativo “Ganancias Personas Físicas Bienes Personales Versión 9.0” para la información de Bienes Personales

Personas físicas y sucesiones indivisas con domicilio en el país que no tengan participación en sociedades que cierren el ejercicio comercial en el mes de diciembre de 2007 o que, teniéndola, dicha participación consista en acciones de empresas que cotizan en bolsas o mercados de valores.

Terminación
de CUIT
Ingreso del saldo de Declaración Jurada Presentación de Declaración Jurada Aplicativo para generar la Declaración Jurada
0-1 Hasta el 22/04/2008, inclusive 30/06/2008 Ganancias
Personas
Físicas Bienes
Personales
Versión 9.0
2-3 Hasta el 23/04/2008, inclusive
4-5 Hasta el 24/04/2008, inclusive
6-7 Hasta el 25/04/2008, inclusive
8-9 Hasta el 28/04/2008, inclusive

Personas físicas que tengan participación en sociedades que cierren el ejercicio comercial en el mes de diciembre, excepto aquella cuya única participación consiste en acciones de empresas que cotizan en bolsas o mercados de valores.


Terminación
de CUIT
Ingreso del saldo de Declaración Jurada Presentación de Declaración Jurada Aplicativo para generar la Declaración Jurada
0-1 Hasta el 13/05/2008, inclusive 30/06/2008 Ganancias
Personas Físicas
Bienes
Personales
Versión 9.0
2-3 Hasta el 14/05/2008, inclusive
4-5 Hasta el 15/05/2008, inclusive
6-7 Hasta el 16/05/2008, inclusive
8-9 Hasta el 19/05/2008, inclusive

Plan de Facilidades de Pago
Para las declaraciones juradas que arrojen impuesto a ingresar y que se presenten mediante el
aplicativo “Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales – Versión 9.0” se encuentra vigente un Plan de Facilidades de Pago de hasta tres cuotas. El mismo contempla hasta tres cuotas y el importe de cada una de ellas no puede ser inferior a 250 pesos.

La primera cuota se ingresará en el vencimiento establecido para el pago del saldo de la  declaración jurada (vencimientos de abril o mayo, según el caso) y las otras dos se cancelarán hasta el 22 de cada mes a partir del mes siguiente.

La Resolución General 984/2001 explica con mayor detalle la forma de llevar a cabo estos pagos y los intereses que le corresponden.

 
             
     
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