23-12-2008 | Noticias | Consejo  
     
  La dirigencia se reunió con Santiago Montoya  
     
 
 
 
  En una extensa reunión que se prolongó más allá de una hora y media, la dirigencia de nuestra institución se reunió con el Lic. Santiago Montoya, Director Ejecutivo de ARBA, para acercar las inquietudes que la matrícula manifiesta a nuestro Consejo, desde hace tiempo.

En representación de ARBA, el Lic. Montoya estuvo acompañado por el Lic. Roberto Arias, la Dra. Silvana Funcio, el Lic. Daniel Montoya y el Dr. Daniel Gil, en tanto, en nombre de nuestra institución se hicieron presentes el Dr. Julio César Giannini, Presidente del Consejo Profesional, el Dr. Hugo Giménez, Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Seguridad Social, el Dr. José Joaquín Ministro Chumbinho, Vicepresidente 1° del Consejo, el Dr. Daniel Gruffat, Vicepresidente 1° de la FACPCE, los Dres. Oscar Fernández y Gustavo Feysulaj, miembros de la Comisión de Estudios Tributarios, los Dres. Adolfo García, Daniel Nuciforo y Laura Accifonte, miembros de la Comisión de Acción Política Institucional, el Dr. Alberto Villafañe, Delegado Presidente de la Delegación San Isidro, y el Dr. Raúl Puhl, Consejero Regional.

El encuentro se desarrolló en un clima de interesante intercambio de posiciones, quedando ARBA comprometido a dar respuesta en breve a los puntos planteados. Sin perjuicio de ello, nuestro Consejo elaborará un informe que será comunicado a la matrícula, por este medio en las próximas horas.

Del extenso temario entregado, se exponen a continuación los aspectos más salientes:

ARBANET
Con relación a la implementación del Sistema ARBANET se adjunta una serie de consideraciones representativas de las inquietudes de la matrícula que detallamos a continuación:
  1. Prórroga para su implementación.
  2. Necesidad de permitir solicitar la reducción de los anticipos generados en la página para evitar generación de saldos a favor que recién podrían recuperarse a partir de la declaración jurada que vence en Marzo/2009.
  3. Posibilidad que el anticipo esté a disposición del contribuyente al menos con 30 días de anticipación al vencimiento.
  4. Posibilidad que se permita incluir la base imponible cierta en el formulario del anticipo. De esta manera se contribuye a orientar los anticipos siguientes.
  5. Que se permitan modificar en más, los anticipos a pagar de manera tal que se evite acumular un saldo importante a ingresar en el mes de Marzo de cada año.
  6. Posibilidad que se permitan incluir las retenciones y percepciones reales. Es decir, aquellas que el contribuyente tenga en su poder y que por falta de información del Agente de Recaudación, no hayan llegado al sistema del Fisco Provincial. Para obtener este fin, es necesario que en el formulario 450B se indiquen las respectivas retenciones y percepciones.
  7. En caso que surjan saldos a pagar en la DDJJ anual, establecer un plan de facilidades de pagos, con sus respectivos intereses, tal como existen a nivel Nacional.
  8. En el caso que ARBA tome como base de cálculo de los Anticipos, los depósitos bancarios, se debería permitir que el contribuyente informe aquellos que no forman parte de ingresos gravados del contribuyente, por ej.: plazos fijos, ventas de Bienes de Uso, etc.
  9. Que a la mayor brevedad posible se establezca el mecanismo de presentación de la DDJJ anual que vencerá en Marzo ’09 siendo que es una Declaración mixta con 10 meses calculados por el antiguo método de cálculo y 2 por el sistema ARBANET.
  10. Repetición de saldos a favor ( art. 15 RN 111/08). Se solicita un mecanismo de ágil acreditación.
  11. Reducción o exclusión de los regímenes de recaudación. (Art. 17 RN 111/08). Siendo que existe esta imposibilidad, se debería ajustar las alícuotas de Retención y Percepción para evitar saldos a favor y/o saldos a pagar excesivos.
  12. Posibilidad de generar el volante de pago para ser cancelado con posterioridad a la fecha en que se imprime, con el correspondiente cálculo de intereses.
  13. Publicación de las normas dispositivas con una razonable anticipación a su vigencia. (RN 111/08 emitida el 28/11, publicada 9/12).
  14. Trasladar saldo a favor en los anticipos siguientes.
  15. En casos particulares, en los cuales exista diferencia manifiesta, se contemple la posibilidad de atención personalizada e inmediata.
  16. La página no funciona correctamente, da resultados diferentes para un mismo contribuyente ante dos solicitudes generadas.
  17. Los importes a pagar en algunos casos exceden ampliamente el impuesto calculado.
  18. En otros casos el importa a pagar es 0, desconociendo sobre que base está fundado, y conociendo que el contribuyente debe pagar para evitar abonar un importe abultado en la declaración jurada anual.
  19. No hay procedimiento previsto para los siguientes casos:
    - Contribuyentes con cese temporario de actividad o sin ingresos en el mes.
    - Bajas de contribuyentes durante los meses de noviembre y diciembre 2008, ya que no tenemos forma de preparar la Declaración Jurada, y esto probablemente obligue a seguir pagando adelantos hasta lograr un corte. Esta situación, si no está previsto una reglamentación con declaraciones juradas parciales, se podría presentar habitualmente con bajas o inscripciones en Convenio Multilateral en fechas distintas al cierre de ejercicio.
    - Cómputo de retenciones y percepciones sufridas y no ingresadas o no informadas por el agente de retención.
Otros temas de interés:
  • Pretensión de extender la responsabilidad solidaria al síndico concursal:
  • Requerimientos a propietarios de inmuebles rurales:
  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos:
  • Reforma Ley 13.850
 
             
     
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