26-03-2009 | Noticias | Consejo  
     
  Importantes planteos de la Comisión de Enlace Consejo - ARBA  
     
 
 
 
Una delegación encabezada por el Dr. José Joaquín Ministro Chumbinho, Vicepresidente 1° del Consejo Profesional fue recibida ayer por autoridades de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires en su sede de la ciudad de La Plata. Fueron de la partida, los Dres. Gustavo Feysulaj, Oscar Fernández, Sergio Aude y Roberto Condoleo, todos ellos miembros de la Comisión provincial de Estudios Tributarios, quienes trasladaron las inquietudes recibidas en cuanto a procedimientos, devolución de AdiNA, sistema ARBANET e Ingresos Brutos, entre otros.

A continuación exponemos el temario planteado.

PROCEDIMIENTO

1- Sumarios por multas e incluso determinaciones. Obligan a presentar los recursos en la delegación de Rentas que las origina que en muchos casos, principalmente multas no son las del domicilio fiscal del contribuyente (por ej. Procedimientos por el COT). A modo de ejemplo a un contribuyente de Martínez, el recurso hubo que presentarlo en Mar del Plata o Junín.

2- En las apelaciones al TFPBA que Rentas es mesa de entradas no aceptan los escritos si la firma del profesional que firma o el presentante no está certificada
Por Banco o Escribano. Esto es un exceso, se desconoce la instrucción, si la hay, y que ni siquiera en el TFN, ni en la justicia se exige.

3- Interpretación de los art. 13 y 13 bis del Código Fiscal.

4- Significado del art. 53 de la ley 13.850.

5- Problemas en los Bancos y Obras Sociales en cuanto a las demoras para cerrar y entregar la información con las retenciones efectuadas, así como la falta de información en algunos Bancos de las retenciones en un solo item.

6- Aumento en la base para efectuar retenciones y percepciones, así como el nivel de facturación para ser designado como agente de recaudación.

7- Disposición que establece 5% como tope máximo que aceptaría ARBA en las ventas de los proveedores. Según declaraciones del Lic. Montoya la norma se flexibilizaría ya que las modalidades de descuentos en este rubro son variadas. Se entiende que ARBA, tiene un informe interno elaborado sobre esto, no obstante a la fecha no salió nada nuevo al respecto.

8- Para inscribir una S.A. en formación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos se necesita si o si del nº matrícula de la dirección Provincia del Personas Jurídicas, aún teniendo el alta en AFIP, el sistema no permite generar la inscripción de una sociedad en formación. Por lo que una sociedad en formación al poder obtener la CUIT está en condiciones de tener actividades y a su vez facturarlas, pero no puede tributar el impuesto mencionado.

9- Cuando el sistema rechaza un pedido de exclusión no da ningún motivo, incluso a aquellos que año a año fueron excluidos por el trámite normal, hoy se rechaza sin motivo indicado.

10- Los certificados de exclusión salen para las retenciones y/o percepciones habituales pero no para las que se hacen a través de las entidades bancarias.

DEVOLUCIÓN DE AdiNA

Si bien se produjo en algunos casos la devolución del AdiNA, no está claro el criterio en general utilizado, lo que ha producido incógnitas y en algunos casos equívocos en lo que respecta al beneficiario de la devolución.

1) Se desconoce el monto de devolución.

2) Se desconoce a que se aplicó y por cuanto

3) Se desconoce si existe algún saldo.

4) Problemas para quienes eran propietarios del bien por el cual se pagó el impuesto y luego de que se reintegre el mismo se transfirió dicho bien. Se devolvió en cabeza del bien y no en cabeza del contribuyente.

ARBANET

1) Actualmente a un contribuyente le llegó la cuota 2 2009 del ARBANet con un importe de $ 542,00 cuando normalmente y de acuerdo a los números reales le tocaba pagar $ 155,00. La cuota 1 2009 también vino de 530,00 y le correspondía pagar menos de $ 200,00, o sea que si sacamos la cuenta en 2 cuotas casi le hicieron una diferencia de $ 730,00 y así seguirá prestando dinero al estado provincial durante todo este año y recién , según las disposición normativa, podrá exteriorizar ese saldo a favor en marzo del 2010, y luego si tiene saldo a favor reclamarlo para que se lo devuelvan en el menor de los casos en el 2011 o 2012.

2) DDJJ anual, no queda claro el tema de los saldos a favor.

3) ¿Qué sucede con quienes no han tenido actividad por un tiempo relativamente extenso 6 meses, por ejemplo, o una sucesión indivisa que está inscripta como tal al solo efecto de percibir algunos pagos pendientes del causante tal vez 1 por año......y le salen saldos a pagar todos los meses.....? ¿Cómo se soluciona?

4) Las Declaraciones Juradas 2008, que ya se han presentado en el actual sistema con fecha 3/03/09. ¡Cómo quedan ahora? ¿Hay que presentarlas nuevamente? ¿Cómo originales o como rectificativas?

5) Hay casos en que empresas que por su actividad (leyes 11490, 13850, y 13930 y que facturan menos de $ 60,000,000) la liquidación administrativa del anticipo del impuesto da un monto a pagar.
La respuesta a consultas efectuadas es que según la base de datos del organismo no está exento.
Ante tal situación se quiso presentar escritos reclamando la situación, y los funcionarios del organismo no quisieron recibirlos, esta última situación es repetitiva en casi todas las Delegaciones y por cualquier tema.

6) DDJJ Anual. Si bien se otorgó una prórroga, atendiendo a todos los controles que se deben efectuar y registrar las correcciones que se consideren necesarias (Retenciones, Percepciones, retenciones bancarias, etc.) se considera exiguo el tiempo otorgado entre la presentación del sistema y la fecha de vencimiento de la presentación. Salvo error, a la fecha 23-03 13 hs., aún se desconoce el aplicativo, con lo que se agravaría el tema.

INGRESOS BRUTOS

a) Vencimientos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, contribuyente mensual y que no tributa a través de ARBANET, llevarlos al menos hasta el vencimiento del Convenio Multilateral, la ideal sería con las fechas de vencimiento del IVA ya que la base de datos son iguales para los dos impuestos. Esto se basa en el cúmulo de tareas que se debe realizar en los primeros días de cada mes. Cierre de libros de ventas, liquidación de sueldos y sus respectivos aportes y contribuciones, etc.

b) Falta de información en el formulario de la DDJJ mensual de los datos de Actividad, Monto Imponible y alícuota.

c) Posibilidad de que la transmisión de datos sea un poco más amigable, que no se tenga que volver
a la pantalla de inicio para transmitir las nuevas presentaciones de un mismo contribuyente.

d) Traslación automática de los saldos a favor del contribuyente de la DDJJ anterior.

VARIOS

1) Una empresa distribuidora mayorista de Art. para Kioscos, (golosinas, cigarrillos, etc)-
Desde 02/2009, se están aplicando dos alícuotas sobre los depósitos bancarios en Pcia. de Bs. As.:
1 % según sistema SICREB.
1.5 % por Ley 12837.
Por lo tanto, sobre un depósito de $ 100 el banco retiene IIBB por $ 2,50. El depósito de $ 100 para pagar al proveedor de cigarrillos, generan ventas por $ 104,98 que dará a pagar IIBB por $ 0.30, pero ya se retuvo $ 2,50. Por lo tanto, habrá un saldo a favor de $ 2,20 para trasladar al próximo mes. Cómo todos los pagos al proveedor son por transferencia bancaria, el 2.5% de retención es inevitable, saldo pedido de exclusión por Internet que fue realizado el pasado 27/02/2009 y que se esta aguardando resolución de ARBA.
Para resumir, por los pagos que se realizan a través de transferencias bancarias, se nos retiene mas impuesto (IIBB) que el que se genera por la venta. El desfasaje financiero es demasiado. Se entiende que la cámara de cigarreros ha iniciado algunas gestiones en ARBA, pero sin novedades.

2) Debería existir una forma que vía Internet el contribuyente pueda obtener una constancia de inscripción donde se refleje los datos que el organismo tiene del mismo, esto permitiría, en el caso de haber algún error, que el contribuyente rectifique alguno de esos datos.

 

Otras gestiones realizadas por el Consejo ante organismos provinciales


25-3-2009 | Prórroga de DDJJ Anual 2008
Se logró la prórroga para la presentación de la DDJJ Anual a través del sistema ARBANET para el 30 de marzo, respondiendo de esta forma a las inquietudes recibidas por parte de nuestra matrícula.

13-03-2009 | Nota de Solicitud de Prórroga de DDJJ Anual 2008
Atendiendo a las inquietudes recibidas por parte de sus matriculados, el Consejo Profesional envió una nota al Lic. Santiago Montoya, Director Ejecutivo de ARBA solicitando la prórroga del vencimiento fijado para la presentación de las Declaraciones Juradas Anual vía web del Impuesto a los Ingresos Brutos 2008.

22-12-2008 | El Consejo se reunió con Montoya
A raíz de algunas inquietudes planteadas por la matrícula de nuestra institución el Consejo gestionó una reunión con el Lic. Santiago Montoya que finalmente se concretó el 22 de diciembre. Las autoridades de nuestra institución entregaron al titular de ARBA una carpeta con todas las inquietudes por parte de matriculados de nuestra institución.

15-12-2008 | El Consejo invitó al Lic. Montoya a su última sesión de Consejo Directivo
Con el fin de discutir sobre las inquietudes que llegan a nuestra institución desde distintos puntos de la provincia, las autoridades provinciales enviaron una carta Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Santiago Montoya, invitándolo a participar de la última sesión del año del Consejo Directivo, que reúne a todas las expresiones provinciales.

15-12-2008 | Importante reunión con funcionarios de ARBA
El lunes 15 de diciembre se realizó en las instalaciones de Sede Provincial una reunión entre las autoridades del Consejo y funcionarios de ARBA.
Los temas abordados fueron: Sistema ARBANET, Pretensión de extender la responsabilidad solidaria al síndico concursal, Requerimientos a propietarios de inmuebles rurales.

26-11-2008 | Solicitud de prórroga para el vencimiento de Rempadronamiento de Sociedades Comerciales y Civiles
A raíz de las reiteradas consultas de los matriculados de distintas Delegaciones preocupados por el vencimiento de reempadronamiento y las consecuencias producto de su incumplimiento, se envió al director de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, Dr. Pedro Trotta, una carta solicitando una prórroga hasta el 31 de marzo de 2009.
Asimismo, se manifestó la preocupación por la suspensión dispuesta a partir del 21 de noviembre del trámite especial.

19-08-2008 | El Consejo logra la prórroga de reempadronamiento de Sociedades Comerciales y Civiles
Luego de las gestiones realizadas por nuestra institución la Dirección Provincial de Personas Jurídicas prorrogó hasta el día 28 de noviembre el plazo para realizar el trámite de Reempadronamiento Obligatorio de las sociedades Comerciales y Civiles. La nueva fecha quedó establecida a través de la Disposición D.P.P.J. N° 70/2008 del 15 de agosto de 2008.

28-07-2008 | Nota de pedido de prórroga en el vencimiento del reempadronamiento Sociedades Comerciales y Civiles
El Consejo envió una carta al Director de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, Dr. Pedro Trotta solicitando tenga a bien disponer una prórroga en el vencimiento del reempadronamiento de las sociedades Comerciales y Civiles.
 

Otras gestiones realizadas por la FACPCE ante organismos nacionales

30-12-2008 | Pedido de la FACPCE ante autoridades nacionales
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas solicitó mediante notas al Jefe de Gabinete de Ministros, Sergio Massa, y a los Presidentes de las Comisiones de Presupuesto y Hacienda de la H. Cámara de Senadores y de Diputados de la Nación , Gustavo Ángel Marconato y Roberto Fabián Ríos respectivamente, equiparación de la situación de los trabajadores autónomos con aquellos en relación de dependencia, a partir de la igualación del monto de deducción adicional establecido por el art. 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias.

17-11-2008 | Nota de solicitud de unificación: vencimientos “Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Convenio Multilateral”
La FACPCE envió una carta a la Presidente de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, Dra. Alicia de Evangelista, solicitándole se modifique el calendario de vencimientos de los anticipos del “Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Convenio Multilateral” correspondientes al año 2009.
Al respecto, solicita que estas fechas coincidan con las de los vencimientos previstos para el Impuesto al Valor Agregado. Es decir, que a partir del año 2009, operen entre los días 18 y 22 del mes siguiente al que el gravamen corresponde.

21-05-2008 | La FACPCE solicita al Poder Ejecutivo iguale a los profesionales autónomos con trabajadores en relación de dependencia
Con referencia a noticias periodísticas relativas a que el Poder Ejecutivo estaría por enviar un proyecto de Ley sobre Impuesto a las Ganancias al Congreso Nacional, la FACPCE solicitó a la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, la igualación en las deducciones a los profesionales autónomos con las de trabajadores en relación de dependencia en una carta dirigida con copia al ministro de Economía y Producción, Lic. Carlos Fernández, al secretario de Hacienda, Juan Carlos Pessoa y al señor subsecretario de Ingresos Públicos, Dr. Mario Presa.
En representación de los 120.000 profesionales matriculados en ciencias económicas de todo el país, la carta fue enviada en relación a las noticias periodísticas según las cuales el proyecto aumentaría el mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial que las personas de existencia visible podrían deducir en el Impuesto a las Ganancias el 10 de julio de 2008 por la FACPCE.

17-03-2008 | Solicitud de postergación de vencimientos previstos para la presentación y pago de los Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al año 2007.
A raíz de que el 5 de marzo de 2008 la AFIP anunció que las declaraciones juradas de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al año 2007 deberán presentarse únicamente por Internet a través del aplicativo "GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS - BIENES PERSONALES - Versión 9.0", el cual estará disponible para su descarga de la página web www.afip.gov.ar, a partir del día 19/3/08, la FACPCE solicitado formalmente a la AFIP la postergación por 30 días de las fechas de vencimiento previstas para los meses de abril y mayo del 2008, para la presentación y pago de los Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al año 2007.





 
             
     
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