|
 |
 |
|
|
 |
|
|
|
|
|
|
|
11-08-2009 | Noticias | Consejo |
|
|
|
|
|
Llamados a Concursos del CECyT |
|
|
|
|
|
|
|
|
La FACPCE informa a los profesionales que se encuentran abiertos llamados a concursos para cubrir los cargos de Director, Investigador, Jóvenes Investigadores y Consejo Asesor de Área del CECyT.
A continuación se brindan más detalles:
Cargo: Director de Área
Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Director de Área del CECyT por un período de dos años desde su designación por la Junta de Gobierno. Las áreas a cubrir son las siguientes:
a) Contabilidad
b) Auditoría
c) Economía
d) Laboral
e) Estadística y Actuarial
f) Actuación Judicial y Resolución de Conflictos
Los antecedentes deberán ser presentados en los Consejos Profesionales hasta el 30/10/2009.
Reglamento del CECyT
Art. 21 –
Son funciones de cada Director de área:
a. proponer al Director General la realización de trabajos relacionados con su área;
b. coordinar, realizar o controlar los trabajos cuya realización haya sido aprobada;
c. presidir las reuniones de las comisiones de trabajo cuando la realización de trabajos estuviera directamente a su cargo;
d. integrar la CENCyA cuando corresponda;
e. dar su opinión, cuando le sea requerida, a la Mesa Directiva, en relación con temas de su especialidad;
f. elaborar documentos técnicos, sobre temas de su especialidad, para lograr una rápida opinión por parte de la Federación, sobre temas de actualidad nacional o provincial;
g. participar en eventos técnicos que organice el Consejo a través del cual presentó su postulación al cargo, e informar a la conducción del mismo sobre su actuación en el CECyT;
h. actuar como evaluadores y coordinadores –cuando se lo requieran– en los Congresos Nacionales.
Requisitos a cumplir por los postulantes
Los postulantes para cubrir los cargos del CECyT deberán presentar en su Consejo Profesional:
1. formulario de inscripción, y
2. currículum vitae (2 copias)
Aquellos profesionales que se postulen para cubrir los cargos de Directores de Área del CECyT deberán presentar adicionalmente a lo mencionado precedentemente:
- un plan de trabajo de investigación individual para el primer año; y
- un plan de investigación de los investigadores que tendrían a su cargo, para el primer año.
Estos planes deberán consignar: el tema a investigar, la metodología de investigación a utilizar, los plazos para el informe final y para las etapas intermedias, el estado actual del tema a investigar y el producto final que se espera obtener.
Cargo: Investigador de Área
Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Investigador de Área del CECyT por un período de dos años desde su designación por la Junta de Gobierno. Las áreas a cubrir son las siguientes:
a) Contabilidad
b) Economía
c) Actuación Judicial y Resolución de Conflictos
Los antecedentes deberán ser presentados en los Consejos Profesionales hasta el 30 /10/2009.
Cargo: Joven Investigador de Área
Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Jóvenes Investigadores de Área del CECyT por un período de dos años desde su designación por la Junta de Gobierno. Las áreas a cubrir son Auditoría y
Administración.
Los antecedentes deberán ser presentados en los Consejos Profesionales hasta el 30/10/2009.
Reglamento CECyT
Art. 24 –
Los investigadores y los jóvenes investigadores desarrollarán los trabajos que les sean encomendados o, en su caso, participarán en las comisiones constituidas para su tratamiento.
Darán su opinión, cuando le sea requerida, a la Mesa Directiva, en relación con temas de su especialidad y elaborarán documentos técnicos, sobre temas de su especialidad, para lograr una rápida opinión por parte de la Federación, sobre temas de actualidad nacional o provincial.
Participarán en eventos técnicos que organice el Consejo a través del cual presentó su postulación al cargo, e informarán a la conducción del mismo sobre su actuación en el CECyT.
Actuarán como evaluadores –cuando se lo requieran en los Congresos Nacionales.
Requisitos a cumplir por los postulantes
Los postulantes para cubrir los cargos del CECyT deberán presentar en su Consejo Profesional:
1. formulario de inscripción, y
2. currículum vitae (2 copias)
Cargo: Consejo Asesor
Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Consejo Asesor del CECyT por un período de tres años desde su designación por la Junta de Gobierno. Las áreas a cubrir son las siguientes:
• Contabilidad
• Contabilidad de Gestión
• Auditoría
• Actuación Judicial y Resolución de Conflictos
• Educación
• Sector Público
• Laboral
• Administración
• Valores Profesionales
• Estadística y Actuarial
• Tributaria y previsional
• Economía
Los antecedentes deberán ser presentados en los Consejos Profesionales hasta el 30/10/2009.
Reglamento CECyT
Art. 15
Son funciones del Consejo Asesor:
a. actuar en los concursos que corresponda según el anexo 1 del reglamento del CECyT;
b. opinar y aconsejar a la Junta de Gobierno sobre el programa anual de trabajos de las áreas de investigación;
c. preparar y proponer a la Mesa Directiva las normas complementarias a este reglamento;
d. participar en el proceso de análisis y emisión de las normas profesionales y otros pronunciamientos del CECyT;
e. evaluar el avance del plan de trabajos aprobado;
f. dictar y aplicar su reglamento interno, que se incorpora como Anexo 2 del reglamento del CECyT;
Los gastos de traslado y estadía de sus miembros serán a cargo de la FACPCE.
Requisitos a cumplir por los postulantes
Los postulantes para cubrir los cargos del CECyT deberán presentar en su Consejo Profesional:
1. formulario de inscripción, y
2. currículum vitae (2 copias) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
 |
|
Consejo Profesional de Ciencias Económicas
de la
Provincia de Buenos Aires
Diag. 74 N°1463
Tel. 0221 - 441 4100 | 512 6000 | 422 5278
B1900BZK La Plata | CUIT 30-53118349-1 |
|
|
 |
|
Caja de Seguridad Social para los
Profesionales en Ciencias Económicas
de la Provincia de Buenos Aires
Diag. 74 N°1463
Tel. 0221 - 441 4141 | 512 6060 | 425 6739
B1900BZK La Plata | CUIT 30-59942184-6 |
|
|
Copyright 2006 | CPBA
Todos los
derechos reservados. |
 |
|
|
|
|
|