10-05-2010 | Noticias | Consejo  
     
  Impuesto a las Ganancias: arrancan los vencimientos anuales de las empresas  
     
 
 
 
  El Consejo recuerda a la a los profesionales que durante esta semana, las empresas, con cierre de balance a diciembre pasado, deberán presentar durante esta semana la declaración jurada anual 2009 del Impuesto a las Ganancias y cancelar el monto adeudado.

A fin de facilitar la tarea de los asesores tributarios de dichos contribuyentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo software y una completa guía para que cumplan en tiempo y forma con el organismo de recaudación.

Nuevo software y manual
En relación con la confección de las liquidaciones, el programa aplicativo denominado “Ganancias Personas Jurídicas - Sociedades – versión 9.0 - release 1"  introduce los siguientes cambios:
  • Detallar las operaciones que están alcanzadas por convenios de doble imposición, así como el detalle de las rentas exentas o no alcanzadas por aplicación de dichos acuerdos.
  • Dentro del balance, en los rubros del activo, se incorporó una marca que permite informar si el bien fue exteriorizado conforme al régimen de blanqueo de capitales vencido en agosto pasado.
  • En la pantalla “saldo de impuesto”, se incluyó un campo para identificar si por las rentas/bienes de fuente extranjera, se realizaron pagos de tributos análogos en el exterior, permitiendo el detalle del impuesto y el país en el cual se efectuó el pago.
  • Por otra parte, en la misma pantalla se optimizó la carga de las retenciones y percepciones.
Con respecto a la forma de presentación, una vez que las empresas confeccionen las declaraciones juradas tendrán que presentarlas “mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP”.

Asimismo, las empresas podrán recurrir a su entidad bancaria de confianza para cumplir con las obligaciones anuales impositivas.

Por otra parte, el fisco nacional dio a conocer el cronograma de vencimientos a respetar por las personas jurídicas durante esta semana:

Fuente: AFIP

Ganancia Mínima Presunta
En igual sentido, las compañías deberán presentar -esta misma semana- la declaración anual 2009 correspondiente al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

El tributo alcanza los bienes del activo del país que poseen las compañías cuando el valor total supera los $200.000. La normativa vigente especifica, además, que cuando existan activos gravados en el exterior, esa suma se incrementará en el importe que resulte de aplicarle la alícuota de 1% al igual que los otros bienes.

En cuanto a la forma de presentación, el fisco nacional puso a disposición de las compañías el software denominado "Ganancia Mínima Presunta – Versión 8.0 - Release 1".

Al igual que sucede con Ganancias, las presentaciones tendrán que ser efectuados por transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP o del banco de confianza de la compañía.

En lo que hace a la confección, el nuevo software implementa las siguientes modificaciones:
  • Se incorpora un apartado, que facilita la declaración, de tratarse de compañías que se encuentren o hayan atravesado un proceso de reorganización de sociedades.
  • También se deberán detallar los bienes alcanzados por leyes que establecen exenciones impositivas.
  • Por otra parte, se habilita la carga del detalle de certificados de impuestos análogos pagados en el exterior.
Particulares
Por último, durante esta semana, las personas físicas que sean titulares de participaciones societarias, deberán cumplir con las obligaciones fiscales anuales 2009 en Ganancias y Bienes Personales:

Fuente: AFIP

Para confeccionar la declaración jurada, los particulares deberán utilizar la nueva versión del programa aplicativo denominada "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales - Versión 11 - Release 2".
En este sentido, el aplicativo introdujo los siguientes cambios:
  • Detallar los bienes que están alcanzados por convenios de doble imposición. También se obliga a consignar las operaciones realizadas que se encuentren amparadas bajo dichos convenios.
  • Las personas físicas tendrán que precisar el monto de los impuestos análogos pagados en el exterior.
  • En el caso de poseer participación societaria alguna, el particular se verá obligado a consignar el detalle de los bienes de uso para aprovechar el cómputo de la amortización acelerada en Ganancias.
De esta manera, la AFIP pone punto final a los vencimientos anuales 2009 de Ganancias, Mínima Presunta y Bienes Personales.
 
             
     
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