11-08-2010 | Noticias | Consejo  
     
  La AFIP busca blanquear la venta de basura  
     
 
 
  El Consejo informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en funcionamiento el Registro Fiscal de Comercializadores de Materiales a Reciclar, que prevé alícuotas especiales en el nuevo régimen de retenciones en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias estipulado para el sector del reciclaje.

En rueda de prensa, el administrador federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray explicó que esta medida “es producto de un trabajo muy fuerte que hicimos con todos los sectores de la cadena” y agregó que el objetivo de este régimen es “relevar el universo de operadores que participan en la cadena de reciclado, disminuir el grado de informalidad del sector y destacar la conducta de aquellos que cumplan con sus obligaciones fiscales”.

El administrador federal, precisó que, según los datos de 2009, se estima que en el sector existen 300 acopiadores y 15.000 recolectores. Además se procesan 436.000 toneladas por un valor de 541.375.000 pesos.

En este registro se podrán inscribir los recicladores, acopiadores mayoristas y minoristas, e intermediarios en la cadena de compraventa de materiales a reciclar provenientes de residuos post consumo y post industrial (papel, cartón, vidrio, plástico, aluminio, PET, entre otros) que sean responsables inscriptos en el IVA.

Régimen de retenciones en IVA y Ganancias para el sector de reciclaje

La resolución general 2.849, también definió un régimen especial de retenciones en IVA y Ganancias para los eslabones de la cadena de reciclaje. A partir de esta resolución la alícuota de retención del IVA para el sector será del 21% y la de Ganancias asciende al 20%.

En el caso de los recolectores de material reciclable -primer eslabón de la cadena- no deberán emitir factura, ni sufrirán retención alguna por la venta del producto de su recolección a cualquier actor del sector.

El resto de los involucrados en la compraventa de materiales para reciclar (acopiadores, intermediarios y recicladores) tendrán alícuotas especiales de retención si se encuentran inscriptos en el Registro Fiscal de Comercializadores de Materiales a Reciclar, fijadas en el 10,5% en IVA y el 4% para Ganancias.

Por ejemplo, si un acopiador mayorista que no está registrado en el padrón le vende al reciclador, éste le retendrá el 21% de IVA y el 20% de Ganancias. Si el acopiador mayorista está inscripto en el registro, la retenciones que le practicará el reciclador serán del 10,5% para IVA y del 4% para Ganancias.

Comprobante especial

Otro beneficio para quienes tengan su contabilidad ordenada y se encuentren registrados en este nuevo sistema de la AFIP será la posibilidad de emitir un comprobante especial por la compra de material reciclable a los recolectores.

Así, cuando cualquier integrante de la cadena de comercialización de materiales reciclable le compre a un recolector, emitirá un comprobante especial, con los datos de la venta y del vendedor, que el comprador podrá utilizar para respaldar el gasto en el Impuesto a las Ganancias.
 
             
     
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