12-08-2010 | Noticias | Consejo  
     
  El monotributo deja de ser un régimen simplificado para las categorías altas  
     
 
 
  La AFIP obligará a los monotributistas de las categorías más altas a brindarle desde septiembre un cúmulo de información que incluye todas las ventas y facturas emitidas, así como las compras, principales proveedores y clientes, entre otros aspectos, y bajo la amenaza de multas.

Los pequeños contribuyentes que revistan en las categorías que van de la F a la L y aquellos que tengan empleados a cargo deberán desde el mes próximo ampliar ante la AFIP la información acerca de su actividad, como anticipó El Cronista.

Esta declaración informativa será cuatrimestral y deberá incluir datos sobre facturación, compras, principales proveedores y clientes, monto de alquiler y cantidad de kw consumidos, entre otros puntos.
La medida alcanza a unos 200.000 monotributistas, e incluye a las categorías más altas (de la F a la L) y a los que tengan empleados a cargo.

Esta declaración informativa será obligatoria y deberá ser remitida al organismo fiscal a través de la página de Internet de la AFIP (www.afip.gob.ar) mediante el uso de clave fiscal.

El vencimiento será el último día hábil del mes siguiente al cierre de cada cuatrimestre calendario.
Además, la AFIP dijo que dada la obligatoriedad de la norma, el organismo está facultado para aplicar sanciones, así como a rechazar las solicitudes de las constancias de situación impositiva y/o previsional de los contribuyentes que no presentaron ante el organismo la información requerida.

La AFIP puntualizó que entre otros puntos se deberá informar el total de ventas del cuatrimestre, con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso, así como los montos de las compras efectuadas con la identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.

También deberán consignar en sus declaraciones si son propietarios o inquilinos del local explotado, la CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.

Además, deberán manifestar la cantidad de kilowatts consumidos y CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica.

Cuando se trate de profesionales adheridos al régimen simplificado, la nueva normativa requerirá la CUIT del consejo o colegio profesional en el que se encuentre matriculado y la fecha de matriculación o, en su defecto, la de expedición del título profesional.

En tanto, si el monotributista es transportista deberá informar si es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y además los datos del seguro y número de la póliza contratada.

Al preguntar si este tipo de medidas no complica un régimen que se llama “simplificado”, fuentes de la AFIP justificaron que la simplificación es para el pago y en cuanto el Monotributo reemplaza el IVA y el Impuesto a las Ganancias, con todas sus obligaciones formales.

No obstante, las fuentes consultadas añadieron que la necesidad de la declaración jurada informativa para monotributistas surge de la existencia de “enanismo fiscal”, o sea de personas que esconden su verdadera situación comercial y tributaria tras la figura del Monotributo.

En la AFIP pusieron como ejemplo los casos de muchos restaurantes ubicados en lugares turísticos o de comercios de aparatos para el hogar que facturan como monotributistas, aunque es imposible que no pasen los límites del régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
 
             
     
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