09-03-2011 | Noticias | Consejo  
     
  Ganancias: ajustan pautas para socios protectores de SGR  
     
 
 
  Los responsables que hayan obtenido en el año ganancias brutas totales iguales o superiores a $144.000 no podrán utilizar el régimen simplificado

El Consejo informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ajustó las pautas a seguir por los socios de las sociedades de garantía recíproca (SGR) a fin de cumplir con el Impuesto a las Ganancias.

A través de la resolución 3055 publicada en el Boletín Oficial, el organismo estableció que "los socios protectores de sociedades de garantía recíproca que hubieran computado la deducción de los aportes al capital social o al fondo de riesgo de dichas sociedades que por haber obtenido en el año ganancias brutas totales iguales o superiores a $144.000 deban presentar la declaración jurada de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, no podrán utilizar a tal efecto el Régimen Simplificado".

Por lo tanto, los socios de SGR deberán confeccionar la presentación utilizando el programa aplicativo Ganancias Personas Físicas - Bienes Personales.

Por otra parte, la flamante norma quita entre las deducciones admitidas a:
  • Aportes a planes de seguros de retiro privados y a planes y a fondos de jubilaciones y pensiones,
  • Imposiciones voluntarias con destino al régimen de capitalización.
De esta manera, se reformulan las pautas a seguir por los socios de SGR al momento de cumplir con Ganancias.
 
             
     
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