19-02-2013 | Noticias | Consejo  
     
  Alcances de la Resolución General N° 3358  
     
 
 
  El Consejo informa la respuesta de la AFIP en función de una inquietud planteada por la FACPCE en el mes de noviembre pasado sobre los alcances de la Resolución General N° 3358 por la que se dispuso la cancelación de la CUIT de determinados contribuyentes.

Al respecto, la AFIP informó que “ha procedido a instruir a las áreas operativas acerca del procedimiento a seguir para la tramitación de solicitudes de reactivación de CUITs considerando-entre otras situaciones-, las explotaciones de ciclo productivo mediano o largo que se encuentran en etapa de explotación inicial, objeto de su presentación.

(…) Cabe concluir que, con la simple concurrencia a la dependencia que corresponde al domicilio fiscal del responsable, se podrá iniciar un trámite de evaluación a fin de determinar la procedencia de la reactivación de la CUIT”.

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