29-05-2007 | Noticias | FACPCE  
     
  Inconvenientes con la página Web de la AFIP  
     
     
  El Consejo informa que en forma conjunta con la FACPCE ha remitido una nota al Señor Administrador Federal de Ingresos Públicos, Dr. Alberto Abad, a fin de presentarle el pensamiento de la matrícula respecto de las dificultades de los contribuyentes para cumplir con las obligaciones impositivas a través de la página web de la AFIP.

El colapso que sufre actualmente esa página web provoca inconvenientes en el cumplimiento de las actividades de los profesionales, de los que la Federación se hace eco. Primeramente la prórroga otorgada para la presentación de Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por el año 2006, no puede ser aprovechado, y por tanto los plazos otorgados mediante el comunicados de prensa N° 2164 y la RG N° 2254, resultan insuficientes.

Asimismo, los exportadores también se ven imposibilitados de realizar sus consultas en la página REPROWEB, por lo que no solo se provoca un problema fiscal sino también comercial, por no poder pagar a sus proveedores en los plazos pactados. De igual forma, los contribuyentes que comercializan granos que quedaron obligados a obtener un “Código de Habilitación de Compra” vía Internet, tampoco pueden efectuar dicho trámite.

Por último, tampoco es posible obtener las claves fiscales que necesitan los contribuyentes para operar vía Internet y cumplir con sus obligaciones fiscales.

Por estas razones, la FACPCE solicita que se otorgue una nueva prórroga para la presentación de las Declaraciones Juradas  del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por el año 2006; se brinde a los exportadores una alternativa viable cuando se presenten inconvenientes, y se prorrogue el uso de cartas de porte anteriores y su método de solicitud para los sujetos que deban transportar granos. Todo esto motivado en que la Federación considera que los contribuyentes deben contar con medidas transitorias y de excepción como las que se proponen, cuando su voluntad para cumplir con las obligaciones fiscales se enfrenta con un impedimento técnico que es irresoluble para los mismos.

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