02-06-2009 | Noticias | FACPCE  
     
  Se solicita la adecuación del cálculo de anticipos para Personas Físicas y Sucesiones Indivisas  
     
     
  La FACPCE informa que presentó una nota al Sr. Administrador Federal de Ingresos Públicos, Dr. Ricardo Daniel Echegara solicitando la adecuación del cálculo de anticipos para Personas Físicas y Sucesiones Indivisas.

Teniendo en cuenta que los anticipos del Impuesto a las Ganancias correspondientes al periodo fiscal 2009 para las Personas Físicas y Sucesiones Indivisas vencen a partir del día 16 de junio de 2009, que se determinan considerando “el impuesto determinado por el periodo fiscal inmediato anterior a aquel al que corresponda imputarlos” (Conf. RG Nº 327 -BO 08/01/99) y que se derogó el art. 23.1 de la Ley del Impuesto a las Ganancias a partir del 1º de enero de 2009 (Conf. Ley Nº 26.477 -BO 24/12/2008), la Federación Argentina de Consejo Profesionales de Ciencias Económicas solicitó ala AFIP tenga a bien contemplar esa derogación a los efectos de adecuar el cálculo de los anticipos del Impuesto a las Ganancias correspondientes al periodo fiscal 2009 para las Personas Físicas y Sucesiones Indivisas (tal como ha sido dispuesto por las RG 2025/06, 2235/07, 2298/07 y 2510/08, ante situaciones similares).

  Link interés
  Nota AFIP recalculo anticipos IG PF 2009
 
             
     
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