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Año 4 número 199 | La Plata, viernes 31 de octubre de 2008 |
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Fuente: Infobae Profesional, lunes 27 de octubre de 2008 |
La AFIP explica nuevas obligaciones ante la venta de propiedades |
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró las nuevas pautas que regirán para las operaciones de compra-venta y oferta de inmuebles que comenzarán a regir desde el 1 de noviembre.
Ante los cambios, el fisco aclaró en su sitio web las modificaciones al Régimen de Información, de Negociación, Oferta y Transferencia de Inmuebles, que introdujo mediante la resolución general 2506.
Los principales cambios introducidos por la norma son los siguientes:
Tramitación
Se incorpora la posibilidad de que el titular o condómino de bienes inmuebles, -cuando en los actos que corresponda tramitar el COTI intervenga un sujeto empadronado como inmobiliaria- pueda autorizarlo por escrito para la obtención del COTI en su representación.
La tramitación del COTI efectuada en estas condiciones implicará para: • El titular o condómino de bienes inmuebles: la excepción de dar cumplimiento a la obligación de tramitarlo, constituyendo el ejemplar impreso del COTI entregado por la inmobiliaria, comprobante justificativo de tal situación • La inmobiliaria: la confirmación de su participación en el acto de negociación, oferta o transferencia del bien incluido en dicho COTI. |
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Fuente: El Día, lunes 27 de octubre de 2008 |
Vuelven a operar las AFJP, pero con restricciones |
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Las compañías estarán controladas por el ex secretario de Finanzas, Sergio Chodos, quien fue designado auditor de la Superintendencia de AFJP, instituciones sospechadas de liquidar bonos y activos ante una eventual eliminación del régimen.
Por esas sospechas, el juez federal Claudio Bonadío libró una orden de allanamiento a las oficinas de diez AFJP, prohibió su actividad en la Bolsa por una semana y, tras analizar los documentos secuestrados, las autorizó a seguir con su actividad.
Bonadío y el fiscal Miguel Angel Osorio, analizaron la documentación obtenida en los allanamientos a las AFJP denunciadas por el fiscal Guillermo Marijuán por presuntos movimientos financieros previos al anuncio del Gobierno sobre el traspaso de sus afiliados al sistema de reparto.
Luego de que el fiscal Osorio reclamara la apertura de una causa penal para que se investigue a las AFJP, Bonadío prohibió operar en Bolsa a las firmas Araucabit, Consolidar, Profesión Auge, Futura, Previsor, Máxima, Met, Nación, Orígenes y Unidos. |
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Fuente: Infobae Profesional, martes 28 de octubre de 2008 |
Con nuevos valores, termina la reformulación del pago del salario familiar |
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Por estos días, las empresas comienzan las tareas previas a la liquidación del sueldo de este mes Una vez efectuada la liquidación correspondiente, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dará por finalizada la reformulación del pago del salario familiar.
De esta manera, se deja de lado al Sistema de Fondo Compensador (SFC) para dar paso al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), que simplifica las obligaciones de las compañías.
Hasta el momento, el sistema vigente (SFC) establece que es el empleador quien paga determinadas asignaciones para luego compensarlas al presentar la liquidación mensual de cargas sociales.
A fin de agilizar el trámite, el SUAF prevé que la cancelación se gestione directamente a través de la ANSES. Por lo tanto, deja de intervenir en el pago el empleador.
Es decir, el monto de las asignaciones familiares se deposita directamente en una cuenta bancaria que puede ser la de sueldos u otra. |
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Fuente: Infobae Profesional, miércoles 29 de octubre de 2008 |
Envían al Congreso la prórroga del impuesto al cheque |
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A fin de esta semana ingresarían al Congreso de la Nación dos polémicos proyectos de ley. Las iniciativas apuntan a una nueva prórroga de la Ley de Emergencia Económica, y a una extensión en la vigencia del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, más conocida como impuesto al cheque.
En ambos casos la vigencia sería extendida por doce meses, tal como viene sucediendo con ambas normas desde que fueran sancionadas.
El texto que enviará el Poder Ejecutivo dispone la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2009 de la ley 25.561, cuya última extensión vence el próximo 31 de diciembre, informa el diario BAE en su edición de hoy.
El argumento principal que utilizará el Gobierno para solicitar una nueva prórroga por doce meses es la necesidad de afrontar la situación de volatilidad provocada por la crisis financiera internacional, y los posibles coletazos que tanto a nivel productivo como comercial provoque la coyuntura.
Asimismo, la extensión de la norma constituiría un “paraguas legal” del Estado frente a varios juicios todavía pendientes ante el Centro Internacional de Arreglos de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI). |
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Fuente: Infobae, miércoles 29 de octubre de 2008 |
El Gobierno no impulsará un impuesto a la renta financiera |
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Al ser consultado sobre las versiones que surgieron, el ministro del Interior, Florencio Randazzo, dijo en C5N que "son parte de los rumores que dan vuelta hace días y responden a intereses de algunos" "Queremos transmitir tranquilidad ante los rumores que responden a intereses inconfesables, que no son transparentes y no dicen qué es lo que están defendiendo", señaló Randazzo.
Bajo el concepto de renta financiera el mercado asocia las ganancias derivadas de la compra-venta de acciones, títulos públicos, colocaciones de dinero a plazo fijo en bancos y cualquier otro instrumento de ahorro o de inversión de corto y mediano plazo con alta liquidez.
Si bien en la práctica la mayor parte de las operaciones tributan, la existencia de un rumor genera temores de aumento de la presión tributaria, o de eliminación de las exenciones para la suscripción primaria de las emisiones que hacen el Gobierno o el Banco Central.
El ministro dijo que "en los últimos cinco años el Estado tuvo un manejo austero y prudente de los recursos públicos". |
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Fuente: Infobae Profesional, miércoles 29 de octubre de 2008 |
Facturación: rigen nuevos valores límites |
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementó los importes de solvencia patrimonial requeridos para no tener que emitir facturas M o A con leyenda.
La medida se dio a conocer mediante la resolución general 2499 publicada en el Boletín Oficial que entrará en vigencia a partir de noviembre próximo.
Puntualmente la norma establece que "la AFIP autorizará la emisión de comprobantes clase A a los sujetos que acrediten la presentación de la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales, por un importe igual o superior a $ 305.000, o la presentación de la declaración jurada del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta por un importe igual o superior a $200.000, según corresponda"
Asimismo, los límites también serán validos para "los responsables que demuestren la titularidad o la participación en la titularidad de bienes inmuebles y/o automotores por un valor igual o superior a $150.000. Cuando alguno de los bienes inmuebles aludidos haya sido adquirido hasta el día 19 de octubre de 2003, inclusive, dicho límite se verá reducido a $50.000”. |
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Fuente: Infobae Profesional, viernes 31 de octubre de 2008 |
Factura electrónica: la AFIP excluye a los profesionales con baja facturación |
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que la obligación de facturar electrónicamente alcanzará sólo a los profesionales que superen $600.000 de ingresos anuales.
Así lo afirmó, Marcelo Costa, subdirector de Fiscalización del organismo, en el marco del evento "Factura Electrónica" organizado por este medio. Por lo tanto, el facturador online que obligaba a los profesionales con una facturación mayor a $300.000 y menor a $600.000 pasa a ser optativo. Asimismo, el funcionario aseguró que a más tardar en tres años todas las facturas A se emitirán electrónicamente.
Flexibilización de las pautas
Más precisamente Costa señaló que "la resolución general 2511 prorroga hasta el 2009 la entrada en vigencia de la obligación de facturar electrónicamente".
De esta manera, se da un gran alivio a la totalidad de profesionales alcanzados por la nueva obligación quienes reclamaban de manera insistente la extensión del plazo de entrada en vigencia.
Sin embargo, para cierta franja de trabajadores el alivio será mayor: "El sistema del facturador en línea se pondrá como un mecanismo opcional –por un tiempo limitado - para que se vayan familiarizando en el uso", aseguró Costa.
Por lo tanto, a partir de 2009 sólo estarán alcanzados los profesionales que superen $600.000 en concepto de facturación anual. En este caso particular, deberán hacerlo a través del Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos (RECE).
Por otra parte, quienes estaban obligados a través del Régimen de Factura en Línea (RCEL), podrán optar por cumplir o no la obligación. Es decir, aquellos profesionales que facturen al año entre $300.000 y $600.000 estarán excluidos del cumplimiento en esta primera etapa. |
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Fuente: Infobae Profesional, viernes 31 de octubre de 2008 |
Oficializan servicio para recalcular anticipos en Ganancias |
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pone en marcha un nuevo servicio online que permite recalcular los anticipos en Ganancias. A partir de ahora, las empresas y particulares podrán usar la nueva herramienta Web cuando, ya sea por una caída estimada en sus utilidades o una suba en las deducciones a computar, corresponda reducir el monto a ingresar por un pago a cuenta. El procedimiento se oficializó mediante la publicación de la resolución general (AFIP) 2510 en el Boletín Oficial.
Como dato adicional, se utilizará una nota modelo destinada a resguardar el trabajo realizado para el cálculo de la base para la liquidación de los nuevos anticipos.
En particular, tanto las compañías como los profesionales podrán utilizar el nuevo mecanismo para ajustar los anticipos de Ganancias teniendo en cuenta la última suba en las deducciones personales oficializada el mes pasado. |
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Fuente: El Cronista Comercial, viernes 31 de octubre de 2008 |
La Justicia de EE.UU. embargó los activos de las AFJP y la ANSeS |
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La Justicia de los Estados Unidos complicó al Gobierno en su estrategia para repatriar los fondos que las AFJP tienen en el exterior. El magistrado Thomas Griesa, de Nueva York, ordenó congelar todos los activos que los fondos de pensión argentinos tienen invertidos en ese país, que incluye recursos de la ANSeS, ante una pedido realizado por un grupo de acreedores con bonos en default.
Como adelantó El Cronista en su edición del martes (ver facsímil), en los últimos días habían trascendido maniobras de algunos fondos buitres para bloquear estos activos en EE.UU. Es que al confirmar el Gobierno su decisión de estatizar las AFJP, estos fondos podría ser considerados del Estado argentino.
El grupo que interpuso la medida ante Griesa es un consorcio integrado por Aurelius Capital Partners, Aurelius Capital Master y Blue Ángel Capital. En el escrito presentado argumentan que la nacionalización de las AFJP hace perder a estos activos previsionales su “intangibilidad”. La demanda es por u$s 553 millones que este fondo dice tener en títulos públicos de Argentina en default y abarca también a las inversiones de la ANSeS en EE.UU.
El abogado de los acreedores, Barry Ostrager –del estudio de abogados Simpson, Thacher & Bartlett– confirmó ayer en declaraciones a la agencia Bloomberg que “obtuvimos la orden de congelamiento” de los activos de las AFJP. Aunque admitió que no saben “cuanto de los u$s 26.000 millones que tienen las AFJP está en EE.UU.”. |
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El Consejo informa |
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Mediación en Pergamino

Con la intención de construir espacios de diálogo, se realiza en Pergamino el III Congreso Provincial de Negociación, Facilitación y Mediación. Así se busca generar aportes para un debate sobre los conocimientos en el tema y las tendencias a futuro, entendiéndolos como vehículo de los cambios estructurales y sociales en la gestión de las organizaciones.
En la apertura del evento estuvieron presentes el Dr. Julio César Giannini, Presidente del Consejo Profesional y la Dra. Diana S. Valente, Secretaria General de la institución, como así también el Dr. Juan Giacalone, Presidente de la Delegación Pergamino, quien ofició de anfitrión del encuentro. |
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La Caja informa |
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Beneficio por buen cumplimiento: ya está on line el padrón provisorio
De acuerdo a lo establecido por la Resolución de Consejo Directivo N° 3255 de fecha 15 de diciembre de 2006 y, considerando la necesidad de determinar el Beneficio por buen cumplimiento de aportes al 31 de agosto de 2008 y de establecer la metodología para su adjudicación, la disposición de Mesa Directiva N° 6125 del 12 de septiembre de 2008 resuelve la aprobación del reglamento para la adjudicación del beneficio por buen cumplimiento de aportes al 31 de agosto de 2008 y pone a disposición de los profesionales el padrón provisorio.
Se encuentran en condiciones de participar en la adjudicación los afiliados y los jubilados activos al 31 de agosto de 2008, que hayan cumplido con la totalidad de sus obligaciones de aportes mínimos devengadas al 31 de agosto de 2008, computando pagos efectuados hasta el 30 de septiembre de 2008. Los afiliados que registren deuda y la totalidad de la misma esté incluida en un plan de financiación, participan de la adjudicación en la medida que el mismo esté vigente al 30 de septiembre de 2008 y no registre cuotas vencidas e impagas a esa fecha, computando pagos efectuados hasta la misma. Asimismo pueden participar los afiliados que registren las citadas deudas de aportes y/o de planes de financiación por un monto total que no supere la suma de cinco (5) caduceos, debiendo computarse a esos fines los intereses y gastos devengados hasta el 30 de septiembre de 2008.
La adjudicación se realizará en acto público durante la primera sesión que el Consejo Directivo celebre a partir del día 1 de Diciembre del corriente año.
El afiliado que sea beneficiado, será acreedor de una computadora personal de escritorio de última generación – PC que incluye CPU, monitor y teclado.
Acceda al Padrón. Click aquí. |
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IPIT: actividades de capacitación |
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Delegación General Pueyrredon
Carrera de postgrado de Especialización en Tributación
Inicio: 7/11
Inscripción a módulos en Delegación
UNMdP
Delegación La Plata
Carrera de postgrado Especialización en Contabilidad Superior y Auditoría
Módulo II: Metodología de la Investigación
Inició: 28/08, 1 vez al mes, jueves y viernes de 17 a 21h. sábados de 9 a 13 h.
Inscripción en Delegación
UNLP
Carrera de Postgrado de Especialización en Sindicatura Concursal
Inicio Primer Semestre 2009
UNLP
Carrera de Postgrado de Especialización en Negociación y Resolución de conflictos en las Organizaciones
Inicio: Primer semestre 2009
UCALP
Carrera de Postgrado Especialización en Contabilidad Superior y Auditoría
Inicio: Año 2009
UNLP
Carrera de Postgrado de Especialización en Procedimiento Tributario y Previsional
Inicio: Año 2009
UNLP
Delegación Lomas de Zamora
Carrera de Postgrado de Especialización en Sindicatura Concursal
Inicio: Primer Semestre 2009, lunes de 18 a 21 h. y jueves de 18 a 22 h.
Inscripción en Delegación
UNLZ
Maestría en Sindicatura Concursal
Inicio: Año 2009
UNMdP
Delegación Morón
Carrera de postgrado de Especialización en Tributación
Inicio: Primer semestre 2009, miércoles de 15 a 21 h.
Pre-Inscripción en Delegación
UNMdP
Actualización Impositiva
Fecha: 17/11, de 18 a 20 h.
Docente: Dr. Oscar Fernández
Delegación Olavarría
Jornadas de Actualización Laboral
Fecha: 06/11 a las 15 h.
Docente: Sr. José Luis Sirena
Delegación Pergamino
Carrera de Postgrado de Especialización en Sindicatura Concursal
Inicio: Año 2009
UNLP
Delegación San Isidro
Ciclo de Actualización Impositiva
Fechas: 10/11 a las 19 h.
Docente: Dr. Oscar Fernández
Ciclo de Actualización Laboral y Previsional
Fecha: 7/11, de 17 a 21 h.
Docente: Sr. José Sirena
Facultad de Ciencias Económicas UNLP
Carrera de postgrado de Especialización en Costos para la Gestión Empresarial
Consultar en Facultad de Ciencias Económicas
UNLP
Curso de Capacitación en Práctica Procesal (Acordada 2728- Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires) Fecha de Examen para profesionales regulares (solo pueden rendir libres los síndicos) 5/12/2008 |
Infórmese en el IPIT - CAPACITACIÓN del Consejo. Por mail a ipit@cpba.com.aro telefónicamente al (0221) 423-6135 ó (0221) 422-5278. |
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Resolución General N° 2510 |
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Sobre la Actuación SIGEA N° 10072-50-2008 del Registro de esta Administración Federal.
Resuelve: Modifícase la Resolución General Nº 327, sus modificatorias y complementarias. |
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Resolución General N° 2511 |
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Sobre PROCEDIMIENTO. Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Resolución General N° 2.485. Su modificación.
Resuelve: Modificase la Resolución General N° 2.485, en la forma que se indica. |
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Resolución Normativa 100/08 |
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Sobre las modificaciones introducidas por la Ley N° 13850 en la Ley N° 13787, Impositiva para el año 2008.
Resuelve: Sustituir el artículo 390 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04, por el siguiente: "ARTÍCULO 390. A los fines de la liquidación de la percepción se aplicarán las siguientes alícuotas:
1. En relación a las ventas de cervezas, bebidas alcohólicas, jarabes, extractos y concentrados:
a) Cuatro con cinco por ciento (4,5%) cuando actúen como agentes de percepción las industrias elaboradoras.
b) Cuando las industrias elaboradoras actúen como agentes de percepción respecto de ventas a contribuyentes cuyo total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere la suma de pesos treinta millones ($30.000.000), o hayan iniciado actividades durante el ejercicio fiscal en curso, la alícuota será del cuatro por ciento (4%).
c) Tres con cinco por ciento (3,5%) cuando actúen como agentes de percepción los agentes de comercialización mayorista.
d) Cuando los agentes de comercialización mayorista actúen como agentes de percepción respecto de ventas a contribuyentes cuyo total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere la suma de pesos treinta millones ($30.000.000), o hayan iniciado actividades durante el ejercicio fiscal en curso, la alícuota será del tres por ciento (3%).
2. En relación a las ventas de otros bienes, locaciones (de cosas, obras, o servicios) y prestaciones de servicios:
a) Tres por ciento (3%), si el adquirente, locatario, o prestatario reviste la condición de Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado.
b) Cuando el adquirente, locatario o prestatario revista la condición de Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado, y cuyo total de ingresos gravados, no gravados y exentos, obtenidos en el período fiscal anterior, por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia, no supere la suma de pesos treinta millones ($30.000.000), o hayan iniciado actividades durante el ejercicio fiscal en curso, la alícuota será del dos con cinco por ciento (2,5%).
c) Tres por ciento (3%), si el adquirente, locatario, o prestatario reviste la condición de Monotributista en el Impuesto al Valor Agregado.
Cuando se trate de cualquiera de las operaciones mencionadas en el presente artículo, realizadas con sujetos pasivos que no acrediten ante el agente de percepción su condición frente al impuesto, según lo dispuesto en el artículo 351, se aplicará la alícuota del cuatro con cinco por ciento (4,5%)." |
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Resolución Normativa 101/08 |
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Sobre a necesidad de introducir modificaciones en los artículos 344 y 411 de la Disposición Normativa Serie “B” N° 1/04 y mods.
Resuelve: Sustituir el penúltimo párrafo del artículo 344 de la Disposición Normativa Serie “B” Nº 1/04 (texto según Disposición Normativa Serie “B” N° 74/07), por el siguiente: “Cuando el agente de percepción realice una operación con un sujeto no incluido en el padrón de contribuyentes, deberá percibir el Impuesto aplicando, sobre el monto determinado de conformidad al artículo 342, una alícuota del seis por ciento (6%), siempre que, tratándose de la adquisición de cosas, locación de cosas, obras o servicios y prestaciones de servicios, la entrega o realización tenga lugar en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires. La misma alícuota resultará aplicable con relación a los contribuyentes respecto de los cuales la Autoridad de Aplicación no hubiese informado alícuota alguna, en los casos en que el agente hubiese optado por el sistema opcional de consulta en lote”. |
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Aún está a tiempo de participar del XXIII Encuentro de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal |
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Los próximos 13 y 14 de noviembre, los profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal realizan su encuentro anual en el Centro Municipal de Exposiciones de San Isidro (Del Barco Centenera y Del Río)
El lema convocante en esta oportunidad es “Gobiernos locales: nuevos instrumentos de administración económicos financieros”, una temática que recorrerá las exposiciones de distinguidos panelistas.
Cronograma de actividades. Click aquí |
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12 Olimpiada Profesional de Profesionales en Ciencias Económicas |
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El Comité Olímpico de la Delegación Necochea se encuentra trabajando arduamente en la 12 Olimpiada Profesional de Profesionales en Ciencias Económicas que se realiza entre el 4 y el 7 de diciembre en la ciudad balnearia.
Este año las disciplinas en las que los profesionales pueden participar son:
- Atletismo (Salto en largo, Posta 4 x 100 mts., Lanzamiento de Disco, Lanzamiento de Bala, 100 mts. Llanos, 1500 metros, Lanzamiento de Jabalina), Maratón (3000 y 5000 metros);
- Bochas;
- Tejo;
- Bowling;
- Tenis de Mesa;
- Truco;
- Ajedrez;
- Voley;
- Beach Voley;
- Golf;
- Natación;
- Tenis;
- Paddle;
- Pelota a Paleta;
- Fútbol;
- Básquet;
- Hockey Femenino.
Los interesados pueden inscribirse hasta el día 7 de noviembre y el precio es de $200 para los participantes, de $ 180 para jóvenes participantes, $140 para acompañantes y $70 para menos de entre 3 y 12 años.
Los "participantes" tienen derecho a competir en las distintas disciplinas y a participar de los eventos sociales, mientras que los "acompañantes" y los "menores" sólo tendrán derecho a participar de los eventos sociales.
Este año se permite la participación de jóvenes no matriculados que hayan aprobado la última materia de su carrera con posterioridad al 1ro de Octubre de 2007.
Más información. Click aquí. |
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Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires
Calle 10 N° 720 Tel/Fax. 0221 - 422 5278 | B1900TJA La Plata |
prensa@cpba.com.ar
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