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Reducción de Aportes Mínimos - Art. 31° Ley 12724: Reválida 2017

Reducción de Aportes Mínimos - Art. 31° Ley 12724: Reválida 2017

En el marco de lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 3590, informamos que se deberá efectuar la reválida de la reducción de los aportes mínimos otorgada de conformidad a la opción prevista en el artículo 31° de la Ley 12724.

En función de ello, ya se encuentra habilitada la opción para hacer al trámite a través de CPBA-On Line de nuestra web.

Previamente se deberá tener el certificado expedido por el empleador y contar con el último recibo de sueldo para actualizar los datos que en la solicitud de renovación se requerirá. Para completar el trámite, se deberá imprimir la constancia de renovación y enviarla a la Sede de nuestra Caja de Seguridad Social con la documentación mencionada para validar el trámite iniciado. De lo contrario, la renovación no se podrá efectivizar.

De no efectuar el trámite de renovación, o no haberlo completado en tiempo y forma, la reducción de aportes mínimos quedará caduca de pleno derecho a partir del 31-12-2017, volviendo al régimen de aportes mínimos al ciento por ciento (100%) a partir del 1° de enero de 2018.

La documentación se deberá presentar en cualquiera de las Delegaciones de nuestro Consejo Profesional o en la Sede de la Caja, dado que se requiere la certificación de su firma en el Formulario de Solicitud de Renovación.