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Beneficiarios Previsionales - Pago extraordinario por única vez

Beneficiarios Previsionales - Pago extraordinario por única vez

La Caja de Seguridad Social informa el pago de un Beneficio extraordinario por única vez aprobado por la Asamblea de Representantes el 29 de junio.

Dicho pago extraordinario es financiado con el 80% de la rentabilidad obtenida durante el ejercicio 2017 por el fondo de fluctuación creado a partir de la recaudación de las contribuciones establecidas en el inc. b) del artículo 27 de la Ley 12.724, modificado por la Ley 13.948, y será abonado conjuntamente con los Beneficios Previsionales de octubre de 2018 (fecha de pago 01/11/2018).

Asimismo, se determinó que la distribución a cada beneficiario se realizará en base a tres grupos detallados a continuación:

Primer grupo: Beneficiarios de Jubilaciones por Invalidez. Para esta población se distribuye el 5% del monto total a distribuir.

Segundo grupo: Beneficiarios de Prestación Previsional que hayan percibido la segunda cuota 2018 de Subsidios por hijo incapacitado, por hijo discapacitado y/o becas de estudio. Para esta población se distribuye el 5% del monto total a distribuir.

Tercer grupo: Beneficiarios de Prestación Previsional no incluidos en los grupos anteriores. Para esta población se distribuye el 90% del monto total a distribuir.

Vale aclarar que cada beneficiario debe pertenecer a un grupo, en caso de que califique para integrar más de uno, se lo asignará de acuerdo al orden de prelación establecido anteriormente.

Por otra parte, informamos que para la distribución del “Beneficio Extraordinario por Única Vez” se establece un periodo de referencia entre los meses de enero a junio 2018. Será condición necesaria para percibir dicho beneficio, haber devengado “beneficios/haberes básicos (Leyes 10765-12109-12724)” o “beneficios/haberes mínimos (Decreto Ley 9963/83)” durante el citado período de referencia y durante el mes de octubre de 2018.

Contactos y consultas: 0221.441.4141 interno 3083 y/o liquidacion.beneficios@cpba.com.ar.