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                   LA PLATA, 17 DE DICIEMBRE DE 2007, ACTUALIDAD 
                  PROFESIONAL Nº 443/2007  |   
              
              
              
              
              
              
              
            
  
            
  
            Administración Federal de Ingresos Públicos 
            
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            Resolución General 2359 
             Las personas físicas y las sucesiones indivisas hayan presentado hasta el día 30 de noviembre de 2007, inclusive, la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2006, por un monto de bienes gravados cuyo valor en conjunto —determinado de acuerdo al Impuesto sobre los Bienes Personales —, sea igual o inferior a TRESCIENTOS CINCO MIL PESOS ($ 305.000.-), podrán solicitar la devolución de los anticipos vencidos e ingresados —mediante pago bancario exclusivamente—, imputables al período fiscal 2007. Dicha solicitud implicará automáticamente el ejercicio de la opción de no ingresar los anticipos 4 y 5, cuyos vencimientos operan en los meses de diciembre de 2007 y febrero de 2008, respectivamente. La solicitud  podrá efectuarse a partir del día de entrada en vigencia de la presente resolución general y hasta el día 10 de febrero de 2008, ambas fechas inclusive, mediante el servicio denominado "Bienes Personales  – Régimen Excepcional de Anticipos", al que se accederá con "Clave Fiscal"  a través de la página "web" de este Organismo (http://www.afip.gov.ar). El servicio se habilitará únicamente al titular de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
  
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            Resolución General 523/2007 - Comisión Nacional de Valores
             Establece que hasta el 31 de diciembre de 2007, las sociedades gerentes que administran los Fondos Comunes de Inversión del inciso j) del artículo 74 de la Ley Nº 24.241, cuyo patrimonio esté integrado por activos de emisores domiciliados en el MERCADO COMUN DEL SUR, podrán abonar en divisas rescates correspondientes a suscripciones oportunamente realizadas por Fondos de Jubilaciones y Pensiones en pesos argentinos, sujeto al acuerdo previo de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones." La presente Resolución General tendrá vigencia a partir de su publicación.
  
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           Resolución General 523/2007 - Comisión Nacional de Valores 
             Establece que hasta el 31 de diciembre de 2007, las sociedades gerentes que administran los Fondos Comunes de Inversión del inciso j) del artículo 74 de la Ley Nº 24.241, cuyo patrimonio esté integrado por activos de emisores domiciliados en el MERCADO COMUN DEL SUR, podrán abonar en divisas rescates correspondientes a suscripciones oportunamente realizadas por Fondos de Jubilaciones y Pensiones en pesos argentinos, sujeto al acuerdo previo de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones." La presente Resolución General tendrá vigencia a partir de su publicación. 
  
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           Disposición 388/2007 - Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
             Aprueba los proyectos de capacitación presentados por las empresas que se detallan en el Anexo I de la presente  disposición, en razón de los cuales las citadas empresas acceden al Régimen de Crédito Fiscal por los montos de reintegro allí consignados, bajo condición de que presente, el correspondiente "Certificado Fiscal para Contratar" indefectiblemente hasta las DIECISEIS HORAS (16:00 hs.) del día 29 de febrero de 2008, de conformidad con lo establecido por el Artículo 1º de la Disposición Nº 379 de fecha 4 de diciembre de 2007 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION dado que, transcurrido ese plazo, caducará de pleno derecho el beneficio que por el presente artículo se asigna, sin derecho a reclamo alguno, en virtud de gastos u honorarios originados por la presentación y/o ejecución de los proyectos, ni por otros conceptos.
  
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            AFIP 
            SAFJP 
            Ministerio de Economía de la 
            Nación 
            Banco 
            Central de la República 
Argentina 
            Contadores 
            Mercado de Valores 
              
              
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