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19-12-2007 | Consejo | Dlg. San Isidro |
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Comisión de Impuestos |
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Estimados matriculados:
En nombre de la Comisión de Impuestos de la delegación San Isidro, queremos retransmitir el material que se detalla a continuación, acompañando una síntesis de los feriados nacionales y días no laborables correspondientes al año 2008, considerando que el mismo puede se de vuestro interés.
Sin otro particular, a la espera que el nuevo año sea portador de paz, esperanza y prosperidad, saludamos a Uds. muy cordialmente
Comisión de Impuestos - Delegación San Isidro
FERIADOS NACIONALES Y DÍAS NO LABORABLES: Marco legal
La Ley 21329 (B.O. 14-06-1976), sus modificatorias y complementarias, establecen los siguientes días como feriados nacionales obligatorios y no laborables:
Feriados Nacionales: 1 de enero (año nuevo), 24 de marzo (día nacional de la memoria por la verdad y la justicia), 2 de abril (día del veterano y de los caídos en la guerra de Malvinas), Viernes Santo, 1 de mayo (día del trabajador), 25 de mayo (primer gobierno patrio), 20 de junio (inmortalidad del General Manual Belgrano-día de la bandera), 9 de julio (día de la independencia), 17 de agosto (inmortalidad del General José de San Martín), 12 de octubre (día de la raza), 8 de diciembre (inmaculada concepción de María) y 25 de diciembre (navidad)
Días no laborables: Jueves Santo - Año nuevo judío (Rosh Hashana) (2 días) (1) - Día del Perdón (YOMKIPUR) (1 día) (1) - Pascua Judía (Pesaj) los dos (2) primeros días y los dos (2) últimos días. - Año nuevo musulmán (2) - día posterior a la culminación del ayuno (2) - día de la Fiesta del Sacrificio (Id AI-Fitr al-Mubarak) (2) - y 6 de noviembre (la Ley 314/2000 Ciudad Autónoma de Buenos Aires BOCABA. 21/1/2000 establece el 6 de noviembre como día no laborable para todas las entidades bancarias y financieras por celebrarse el "Día del trabajador Bancario", adhiriendo en los últimos años la mayor parte de entidades bancarias y financieras de todo el país)
Posteriormente la Ley 23.555 (B.O. 24-05-1998), con las modificaciones introducidas por la Ley 24.445 (B.O. 19-01-1995), traslada los feriados nacionales obligatorios cuyas fechas coincidan:
- los días martes y miércoles, al día lunes anterior y,
- los días jueves y viernes, al día lunes siguiente.
Asimismo, exceptúa del traslado a los días lunes, las siguientes fechas:
1 de enero, Viernes Santo, 24 de marzo, 1 de mayo, 25 de mayo, 20 de junio, 9 de julio, 17 de agosto, 8 de diciembre y 25 de diciembre.
Para los casos particulares de los feriados nacionales obligatorios del día 20 de Junio y del 17 de Agosto, la norma obliga su cumplimiento el día que corresponda al tercer lunes del mes respectivo.
(1) Habitantes de la Nación que profesen la religión Judía
(2) Habitantes de la Nación que profesen la religión Islámica
Feriados y días
No laborables |
Se Conmemora |
Trasladable
No trasladab. |
Año 2008 |
Norma Legal |
Feriado
No lab. |
01-Ene |
Año nuevo |
No se Traslada |
Martes 1 de Enero |
Ley 21329 |
FN |
20-Mar |
Jueves santo |
No se Traslada |
Jueves 20 de Marzo |
Ley 21329 |
NL |
21-Mar |
Viernes santo |
No se Traslada |
Viernes 21 de Marzo |
Ley 21329 |
FN |
24-Mar |
Memoria por la verdad y la justicia |
No se Traslada |
Lunes 24 de Marzo |
Ley 26085 |
FN |
02-Abr |
Veterano y Caídos en G.Malvinas (1) |
No se Traslada |
Miércoles 2 de Abril |
Ley 26110 |
FN |
01-May |
Día del trabajo |
No se Traslada |
Jueves 1 de Mayo |
Ley 21329 |
FN |
25-May |
Primer gobierno patrio |
No se Traslada |
Domingo 25 de Mayo |
Ley 21329 |
FN |
20-Jun |
Día de la bandera |
Se traslada al |
Lunes 16 de Junio |
Ley 24445 |
FN |
09-Jul |
Declaración de la independencia |
No se Traslada |
Miércoles 9 de Julio |
Ley 21329 |
FN |
17-Ago |
Homenaje al gral. San Martín |
Se traslada al |
Lunes 18 de Agosto |
Ley 24445 |
FN |
12-Oct |
Día del descubrim. de América |
No se Traslada |
Domingo 12 de Octubre |
Ley 23555 |
FN |
08-Dic |
Inmaculada concepc. de María |
No se Traslada |
Lunes 8 de Diciembre |
Ley 21329 |
FN |
25-Dic |
Navidad |
No se Traslada |
Jueves 25 de Diciembre |
Ley 21329 |
FN |
(1) Ley 25.370 modificada por Ley 26.110, transformándose este feriado en inamovible (B.O. 30-06-2006)
Habitantes de la Nación que profesen la religión Judía Ley 24571 y Ley 26089
Pascuas Judías: Domingo 20, Lunes 21, Sábado 26 y Domingo 27 de abril de 2008, no se traslada Año nuevo judío: Martes 30 de septiembre y miércoles 1 de octubre de 2008, no se traslada Día del perdón: Jueves 9 de octubre de 2008, no se traslada
Habitantes de la Nación que profesen la religión Islámica Ley 24757
Año nuevo islámico: Jueves 10 de enero de 2008, no se traslada Día posterior a la culminación del ayuno: Miércoles 1 de octubre de 2008, no se traslada Día de la fiesta del sacrificio: Miércoles 10 de diciembre de 2008, no se traslada |
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Consejo Profesional de Ciencias Económicas
de la
Provincia de Buenos Aires
Diag. 74 N°1463
Tel. 0221 - 441 4100 | 512 6000 | 422 5278
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Caja de Seguridad Social para los
Profesionales en Ciencias Económicas
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