Menu
Instagram Facebook Linkedin Twitter

Nuevos requisitos de la UIF para prevenir el lavado de activos y financiamiento del terrorismo

Nuevos requisitos de la UIF para prevenir el lavado de activos y financiamiento del terrorismo

A través de la Resolución 42/2024, la Unidad de Información Financiera (UIF) publicó los requisitos mínimos que los contadores públicos deberán adoptar y aplicar para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo; para evitar la utilización por terceros con fines criminales.

Los contadores públicos, entre otros profesionales, forman parte de los Sujetos Obligados incluidos en el inciso 17 del artículo 20 de la Ley N° 25.246 de Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo (y sus modificatorias).

Para conocer en detalle las nuevas medidas, acceda debajo al documento de la Resolución.