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XIX Encuentro de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires

Tres Arroyos, 18 y 19 de Noviembre de 2004

Organizado por la Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.

Resumen de las actividades llevadas a cabo en el encuentro y sus conclusiones

Apertura del encuentro

Se llevo a cabo el día jueves 18 de noviembre a las 12 hs. con la presencia del señor Intendente Municipal del Partido de Tres Arroyos, Dn. Carlos Sánchez, el señor Presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Alfredo Avellaneda, el señor Presidente de la Caja de Seguridad Social para Profesionales de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Hugo Gimenez, el señor Presidente de la Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Olver Benvenuto, el señor Vicepresidente de la Delegación Tres Arroyos del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, Dr. Carlos Gagliardi, el señor Delegado Zona  IX del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Miguel García Montero, el señor Diputado Provincial, Dn. Rogelio Varese, el señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Tres Arroyos, Dn. Ricardo Ravella, demás autoridades locales y profesionales asistentes.

 

Actividad día jueves

Disertaron el señor Ministro de Economía de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Gerardo Otero y el señor Presidente del Banco de la Provincia de Buenos Aires Lic. Jorge Sarghini.
Ambos se refirieron desde su óptica y funciones al presente y futuro inmediato de la situación macroeconómica imperante en la economía nacional y su impacto en el manejo financiero de la Provincia de Buenos Aires y sus municipios.
En particular el Lic. Gerardo Otero acentuó que este nivel de superávit no se puede sostener ante la creciente demanda en materia de recomposición salarial y de inversión en infraestructura, demoradas en el ámbito provincial, advirtiendo que esta situación sé vera reflejada en los distintos municipios por lo que recomendó ser cauteloso en el manejo del gasto publico. No obstante las proyecciones de su ministerio indican que el flujo de ingresos coparticipables a los municipios se mantendrá durante el ejercicio 2005 en los niveles alcanzados en el presente ejercicio.
También el Ministro se refirió a la firme decisión del Gobierno Provincial de llevar adelante la Reforma Administrativa Financiera del Ámbito Municipal-RAFAM-, para lo cual indicó que existe una línea de financiamiento para el equipamiento de los municipios. Remarcó que la implantación del sistema en todos los municipios se prevee concretarla entre el presente año y el 2007.
Por su parte el Lic. Sarghini, expresó su convencimiento que la actual política económica de la Argentina se encuentra apoyada en bases sólidas y que en el futuro próximo esta se mantendrá dentro de los parámetros vigentes. Informo que el Banco Provincia estaba dando excedentes y que con la actual política de prestamos se evita la concentración de la cartera crediticia, orientando los mismos hacia las PyMes y los particulares con vinculación salarial con la entidad crediticia.
A continuación y dentro de los trabajos presentados al presente encuentro, expuso sobre la “Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal” el Dr. CP. Rubén N. Fernández Calderón. Generándose entre los participantes un ámbito de exposición y debate de ideas sobre el tema, dando a posteriori por finalizada la primera jornada.

 

Actividad día viernes

En la jornada matutina se presentaron trabajos de distintos tópicos a cargo de los siguientes profesionales:
Dr. Contador Norberto Ramírez y Contadora Sonia Hernández, presentaron un trabajo sobre “Factores críticos en los procesos de reforma de gestión municipal. Reflexiones.”
Doctores Contadores María Marcela Clark y Marcelo Marcos, Eduardo Andreocci “Relación entre las Entidades de la Seguridad Social y la Financiación de los Hospitales Públicos”
Dr. Cr. Luis A. Dangelo. TEMA: “Algunas cuestiones relativas a la Administración Pública: Participación. Responsabilidades, Competencias del Contador Municipal”.
Habiéndose debatido entre los concurrentes y expositores sobre los temas puestos a consideración, y posteriormente se dio por concluida la jornada matutina.
Durante la tarde se contó con una conferencia a cargo del Lic. Ricardo Fuente integrante de la Consultora Ecolatina, quien disertó sobre “La Economía después de la Reestructuración”.
Refiriéndose al Panorama Macroeconómico, explicando la política de gradualismo que aplica el gobierno nacional en su política económica, describiendo la política social, de ingresos, fiscal, monetaria, internacional, etc. Indicando las principales características del actual plan económico como son: Tipo de Cambio: flexible (con intervenciones), Política Fiscal: superávit primario elevado, Política monetaria: compatible con el crecimiento del PBI, Saldo comercial: superávit, Flujo de capitales: relativa autonomía, Sectores dinámicos: agro; industrias previamente exportadoras y sustitutivas de importaciones; y construcción, Clima de negocios: temporalmente incierto por: -Reestructuración deuda pública -Incentivos productivos + MERCOSUR -Negociaciones pendientes (ej. servicios públicos) - Resuelto lo anterior contexto general sustentable.
Posteriormente abordó temas referidos a la Actividad Económica, los Drivers de Inversión, la Situación Monetaria y Financiera, la Evolución Fiscal, Reestructuración de la Deuda Pública, Situación de las Deudas Provinciales, y un breve panorama financiero de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.
A continuación se procedió a redactar las conclusiones correspondientes a cada uno de los temas puestos a consideración y debate las que a continuación se exponen, dando por concluido el encuentro con el Plenario de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires.

 

Conclusiones sobre los Temas tratados en el Encuentro

Tema: “Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires.”
Disertante CP Rubén N. Fernández Calderón, Municipalidad de Gral. Pueyrredón.

El nacimiento del proyecto Rafam es fundamentado por las autoridades del Ministerio de Economía de la Pcia. de Buenos Aires  en la necesidad de implantar un modelo de gestión en el ámbito municipal. Planteaban entonces, las autoridades del Ministerio  que el modelo vigente perseguía un fin meramente legalista, no visualizando el  sistema administrativo como una herramienta de gestión. En ese orden de cosas se plantea al Rafam como un mecanismo para la asignación de los recursos y gastos de una manera más eficiente.
En su trabajo, el contador Fernández Calderón. plantea las diferentes alternativas para la implementación, sugiriendo además un cronograma de implantación, y  los recursos mínimos necesarios para tal implementación.
La encuesta realizada por el  Contador, entre doce municipios incorporados al programa Rafam, da como conclusión que en buena proporción se cumplen con los objetivos perseguidos.
También plantea la dificultad  que se va a encontrar para implementar la totalidad de los programas en los municipios para el año 2007 ya que resta incorporar nada menos que a 113 comunas.
Finalmente concluye en que el programa Rafam tendrá éxito en la gestión  comunal en la medida que exista un   fuerte compromiso del departamento Ejecutivo.

 

Tema: “Factores críticos en los procesos de reforma de gestión municipal. Reflexiones”
Disertantes: Dr. Contador Norberto Ramírez y Contadora Sonia Hernández
Delegación General Pueyrredón.

El trabajo expuesto pretende identificar los factores críticos en los procesos de reforma en la gestión municipal, y la resistencia a los cambios que se producen en dichos procesos.
Para ello analizó ocho experiencias de transformación:  siete en municipios de la Republica Argentina y una en la Republica de Chile.
Del análisis de dicha experiencia los Contadores afirman  y concluyen, que tales casos no hacen sino reflejar aspectos de los avatares políticos, económicos, y sociales de la comunidad teniendo además las sgtes. conclusiones preliminares:

  1. Que los procesos de reforma que superan mas de un mandato, corren serios riesgos de desactivación tras el cambio de autoridades, sobre todo, si hay cambio de signo político.
  2. Las mayores resistencias a los cambios se localizan en el personal involucrado, máxime,  cuando se avanza en la complejidad de la transformación pretendida.
  3. La neutralización de tal resistencia constituye uno de los factores críticos, demandando una capacidad especial en el equipo de gestión que tiene el liderazgo del proyecto.
  4. Los factores críticos no responden a un único patrón de ordenamiento y lo que puede ser importante en un caso, puede dejar de serlo en otro proceso de cambio. Y finalmente concluye en que resulta esencial, que los integrantes del equipo de gestión tengan gran perseverancia, tolerancia y flexibilidad.

 

Tema: “Relación entre las entidades de la seguridad social y la financiación de los hospitales públicos”
Autores: María Marcela Clark y Marcelo Marcos, Eduardo Andreocci

El trabajo plantea que: ante el creciente crecimiento de la demanda sanitaria en el sector publico, acentuado por la crisis posterior a la devaluación, comienzan a sumarse dificultades a las ya existentes  en la financiación de los hospitales públicos.
En su análisis concluye que esta situación se ha agravado en los últimos tres años, ya que los ingresos provenientes de Obras sociales y seguros privados han decrecido proporcionalmente ya que los valores de facturación al sector privado no se han actualizado con respecto al incremento de los costos, siendo menor la facturación realizada por los prestadores de salud publica a los costos de internacion.
Este desfasaje provoca una transferencia de recursos del Estado hacia los prestadores privados de la seguridad social.
Propone entonces, generar una herramienta apropiada para el control de gestión de recursos hospitalarios. Tal herramienta deberá producir información oportuna, que permita conocer el costo promedio y el perfil de consumo de recurso por grupo de pacientes, efectuando periódicas comparaciones con los valores reconocidos por las Obras Sociales.
Finalmente propone también,  una metodología para llevar a cabo lo señalado en el párrafo anterior.

 

Tema: “Algunas cuestiones relativas a la administración publica: Participación. responsabilidades, competencias del contador municipal”
Autor:  Luis A. Dangelo.

El propósito del trabajo es compartir algunos temas compilados sobre las situaciones y restricciones a las que se enfrenta la Administración Pública.
Luego de citar una importante cantidad de problemas ligados al funcionamiento del sector público enfatiza la necesidad que  los contadores municipales sigan asumiendo un fuerte compromiso con su trabajo, con el deber-facultad que le otorga la ley.

 

 

Conclusiones del XX Encuentro Anual de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal “20 años de aporte profesional a la gestión del municipio”

Tandil, 3 y 4 de noviembre de 2005

 La Gestión en el Municipio Actual:

Lea Cortes De Trejo

El análisis de la gestión del municipio actual es compleja y multifacética por lo tanto requiere un enfoque multidisciplinario.
El municipio se convirtió en la comunidad mas cercana a la población.
Propone la defensa a ultranza de la autonomía municipal para garantizar la función que mas sentido le da al municipio que es la vecindad donde el individuo se siente contenido e integrado.
Este nuevo rol obliga a que en la gestión municipal se deba relacionar con empresas privadas y organizaciones no gubernamentales para cumplir con sus fines se requiere mas que nunca planificación estratégica y liderazgo político.
Postula la diferenciación entre la función política y la ejecutiva.
Se requiere de políticos con sólida formación técnica y dentro de las técnicas en especial las técnicas de administración financiera.
La gestión se debe orientar hacia la eficacia y la eficiencia.
El sentido de la eficacia y la eficiencia se mide en términos sociales y no con los parámetros de rentabilidad que corresponden al sector privado.
En el pasado la gestión municipal era una función limitada exclusivamente a un cumplimiento de la legalidad restringida.
En el presente se hace imprescindible profundizar la descentralización y las 3 e: economía, eficacia y eficiencia.
En el futuro hablamos de innovación tecnológica con la aplicación de distintos sistemas de información , la resolución de los problemas derivados de la financiación y la posibilidad de autosuficiencia lo que conduce hacia la autonomía municipal.
El municipio debe ir hacia una profundización de los procesos de planificación y control fortalecimiento de las estructuras, planificación plurianual y presupuesto participativo.
La información debe ser de fácil interpretación para el ciudadano.
Centra en la información al ciudadano las técnicas de presupuestación y control de la ejecución. Para tener un buen presupuesto es imprescindible contar con voluntad política y un plan de gobierno.
Las delegaciones del poder legislativo y los manipuleos presupuestarios vulneran la constitución nacional.
Esto conduce a que a nivel nacional no existe el presupuesto dado que se viola el principio de especificidad.
Hoy solo interesa el superávit fiscal primario donde lo única que interesa es aumentar los ingresos y disminuir los gastos, por lo tanto no existe un plan de gobierno.
No puede haber un buen presupuesto si no existe un buen control.
En el pasado el control era una control de legalidad en sentido restringido.
En el presente se toma el control legal en sentido amplio.
En el futuro debe existir un control de gestión amplio con participación ciudadana lo que implica un control social, control de legalidad, economía, eficiencia, eficacia y control de los órganos legislativos.

 

Reforma de la Ley Orgánica:
Subsecretaría de Asuntos Municipales: Ministerio de Gobierno

Se pretende un debate de la realidad municipal para llegar a un proyecto consensuado.
Actualmente existe un documento inicial presentado a fin de que los actores involucrados presenten sugerencias.
Actualmente existe un nuevo escenario para los municipios que exige un nuevo marco normativo.
En septiembre de 2006 es el plazo fijado para la presentación del proyecto en la legislatura.
Se pretende una ley mas reglamentarista incluyendo una síntesis de normas expuestas en el reglamento de contabilidad y el RAFAM.
Se inicia el proceso de consenso a través de la entrega del documento preliminar primero a los profesionales en ciencias económicas e inmediatamente se dará conocimiento al Intendente, Secretarios, Concejales, Jefe de Compras, Tesorero y Contador Municipal.
Los lineamientos básicos de la reforma son: descentralización y fortalecimiento del gobierno local, participación ciudadana y mecanismos de consulta popular y democracia semidirecta, fomentar la asociatividad de los municipios y empresas privadas como una herramienta de gestión, transparencia, plan de gobierno acorde con el presupuesto con presentación simultánea de los mismos en un mismo documento, límite de reelección de los Intendentes, exigencia de profesionalidad para ocupar el cargo de contador, para remover al contador se requiere una mayoría especial de 2/3, Los municipios tendrán competencias en la regulación del empleo municipal, se fijan políticas coordinadas entre los gobiernos nacionales, provinciales y municipales en materia de medio ambiente y urbanismo e incorporación de tecnologías para preservar la documentación.

 

Cuestionamiento al sistema tributario
Municipal: Eduardo Daniel Assef.

Expresa la preocupación que surge por el avance sobre los municipios con respecto a la potestad tributaria de los mismos no sólo sobre las tasas de abasto sino también la tasa de seguridad e higiene, publicidad y propaganda, etc. Fundamentalmente las que tienen como base imponible los ingresos brutos devengados.
La ley orgánica de las Municipalidades otorga facultades para fijar la base imponible.
En medios importantes de comunicación se sostiene que los Municipios cometen abusos creando verdaderas aduanas interiores y encareciendo los costos de los productos y fijando valores que no tienen relación con los costos violando el pacto federal y fiscal para la producción y el empleo.
Estos cuestionamientos provienen del sector privado.
Justifica la existencia de las tasas de inspección veterinaria a partir de el reconocimiento de la autonomía municipal a través de la reforma de la constitución nacional de 1994.
En ese sentido la Constitución de la Provincia de Buenos Aires actualmente viola claramente la constitución nacional.
Actualmente en la Provincia de Buenos Aires no existe autonomía municipal y por lo tanto no existe autonomía tributaria.
Contamos con potestades tributarias delegadas que nos da el rango de entes autárquicos.
Se avanzó también sobre el poder de policía municipal, una serie de empresas bodegueras consideran que el municipio no tiene competencia para ejercer el control reduciendo la función exclusivamente al Instituto Nacional de Vitivinicultura.
Sin embargo el municipio tiene potestad para salvaguardar la salud de la población y este derecho de la satisfacción de un bien general se encuentra por encima de los derechos particulares.
Con respecto al aspecto tributario se han adoptado medidas de no innovar y los jueces han ordenado no liquidar pero implícitamente han reconocido el poder de policía municipal.
En síntesis se observa un avance sistemático del sector privado con la complacencia de funcionarios.

 

Los servicios públicos prestados por los municipios ¿están gravados por el IVA?
Dra. Mirta Beatriz Cacciolato

El principio jurídico sostenido mas importante es el de la inmunidad fiscal.
Dentro de la doctrina Jarach considera que el estado no tiene capacidad contributiva porque todo lo que recauda se destina a fines públicos.
Por ejemplo nunca podría estar el superávit primario gravado por el impuesto a las ganancias.
Si el estado paga por alguna prestación de servicios es porque ha declinado en sus derechos.
Para gravar los hechos que surgen de la concurrencia del estado con el sector privado deberían los mismos estar gravados expresamente en la ley.
El principio de inmunidad fiscal surge implícitamente de la constitución nacional y señala que debería explicitarla para acotar al legislador cuando legisla sobre el tema.
La ley 11.683 grava a las empresas estatales nacionales, provinciales y municipales.
El esquema de autonomía municipal está previsto en la constitución nacional siendo para los municipios una autonomía derivada de la constitución provincial quedando fuera de discusión las potestades tributarias de los municipios por lo tanto no puede estar alcanzado por un impuesto de otra jurisdicción.
Si la jurisdicción nacional o provincial exigen el pago de tributos están violando la ley de coparticipación federal.
La procuración del tesoro de la nación adhiere al criterio de la inmunidad fiscal lamentablemente los dictámenes son solo vinculantes para los abogados del estado.
Hay un fallo de la CSJN en la causa Camuzzi c/Tierra del Fuego por el cual no se puede gravar con ingresos brutos un beneficio otorgado por el Gobierno Nacional.
Hace un análisis de la ley del IVA el Art. 3º inciso 3 grava la prestación de servicios de agua, cloacales, desagües pluviales y otros servicios excepto ENCOTESA y agencias de noticias.
En inciso 5 excluye el alumbrado público pero de acuerdo al texto parece que estuviera gravado.
Las exenciones son en realidad una aplicación del principio de inmunidad fiscal.
De acuerdo al Art. 2 de la ley del IVA si poseo servicio medido tengo ventas.
Un dictamen interno de la AFIP determina que el servicio medido es un criterio para fijar razonablemente la tasa.
Sin embargo debemos tener en cuenta el Art. 2 de la Ley de IVA por el principio de legalidad.
Por el reglamente del Art. 44 de la ley del IVA los conceptos tributarios están excluidos de la base imponible.
Dictámenes internos de la AFIP determinan que cuando el servicio se encuentra fijado por un tasa se encuentra excluido de la base imponible.
En conclusión por el principio de inmunidad fiscal el Municipio no puede ser gravado por el IVA y si existe criterio de que si el costo se encuentra establecido a través de una tasa no forma parte de la base imponible.

 

Gasto Tributario Municipal: Estimaciones Informativas En Los Presupuesto en el Marco de las Adhesiones al Régimen de Responsabilidad Fiscal:
Alberto David Mundo

Por ley 13295 la Provincia de Buenos Aires adhirió al régimen nacional de la ley 25.917 de responsabilidad fiscal.
La ley 13295 se compone de tres capítulos, capítulo 1 adhesión de la provincia , capítulo 2 para la adhesión de los municipios y capítulo 3 disposiciones generales que determina que el ministerio de economía de la provincia de buenos aires es la autoridad de aplicación.
El gobierno provincial invita a los municipios a adherir a la ley.
Se deben adjuntar presupuestos plurianuales con proyección de 3 ejercicios, también se deben estimar el gasto tributario por las políticas impositivas llevadas adelante por el municipio.
Existe una limitación del incremento del gasto publico y la obligatoriedad de la publicación de la información en la página Web.
También existen requisitos adicionales para la operatoria de endeudamiento de los municipios.
Se crea un consejo permanente de coordinación presupuestaria y fiscal municipal con 3 representantes de cada sección.
Este consejo debe establecer el marco macrofiscal, establecer criterios homogéneos y los parámetros para las proyecciones presupuestarias y limitaciones de aumentos del gasto público.
Este consejo es similar al establecido a nivel nacional integrado por los ministros de economía de las provincias.
Para el expositor existen dudas con respecto al cumplimiento futuro de dicha norma dado que de acuerdo a los antecedentes inmediatos las mismas no se han cumplido y por ley de presupuesto de la nación el congreso autorizó al Gobierno Nacional a no cumplir con la ley de responsabilidad fiscal.
Los municipios debe acompañar al proyecto de presupuesto en carácter informativo los montos que dejaran de percibir por exenciones, alícuotas reducidas, diferimientos, amortizaciones aceleradas y otros mecanismos.
De acuerdo a la doctrina existen diferencias de considerar gastos tributarios solamente al capital o si también se incluyen los gastos financieros provocados por las moratorias que ofrecen reducciones y eliminaciones de multas, recargos e intereses.

 

El desafío del liderazgo en los Procesos de Reforma Municipal:
Norberto Ramírez y Sonia Hernández

Dada la trascendencia de los liderazgos en los procesos de reforma municipal, el trabajo indaga acerca del eje central del desafío de los que asumen este rol tan trascendente, tanto en la gestión política como en la dirección propiamente dicha de la reforma.
En la primer parte aclara los alcances del término valor y sus dimensiones y el concepto de liderazgo con valores, para examinar luego la naturaleza del trabajo del líder y la diferenciación de los liderazgos políticos y de gestión.
Luego hace un cuadro de situación de la reforma municipal en América Latina y en Argentina y el papel de la Universidad para finalmente contestar a la cuestión de ¿ cuál es el desafío de los líderes de reformas municipales?.
En tal sentido concluye en que el desafío del líder reside en primer lugar en él mismo, ya que su espíritu, sustentado en los valores que le dan trascendencia y sentido es al que hay que autogestionar fortaleciéndolo cotidiamente para de esa manera ejercerlo en plenitud en la institución municipal.
La gestión pasa entonces a ocupar un lugar tan importante como el del desarrollo de las organizaciones, aspecto el primero al que se le ha prestado escasa importancia habiendo estado el último consagrado los esfuerzos de las últimas décadas.

 

Reglas Macrofiscales
Dr. Alfredo Le Pera

En la primera parte de su exposición se ha referido a los fines del sector público, además del marco legal y el equilibrio fiscal que deben contribuir al desarrollo social.
En cuanto a las reglas macrofiscales se refiere básicamente a la limitación de gastos y del endeudamiento y en cuanto al tipo de reglas expone y explica las de : equilibrio, publicidad, plurianualidad, financiamiento, endeudamiento, reserva y reglas generales.
En la segunda parte de la disertación expone sobre ¨la regla de oro ¨ y del cómputo estadístico demostrando en los gráficos y cuadros que sintetiza la ejecución presupuestaria del ámbito nacional y referencias al tratamiento en otros países, así como al enfoque dado por el Fondo Monetario Internacional.
En la última parte de su alocución expone sobre la ley 13925 de responsabilidad fiscal de la Provincia de Buenos Aires y en los Municipios que adhieren a la norma.

 

 

Reglamento de la Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires

Artículo 1). La Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires, será dirigida, representada y administrada por una Mesa Directiva, la cual se regirá por el presente Reglamento.

Artículo 2). La Comisión tendrá como objetivos difundir, organizar, promover y desarrollar las incumbencias propias de los profesionales en Ciencias Económicas, encuadrar su accionar en el marco normativo e institucional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires colaborando con éste en todo lo que esté a su alcance, promover las relaciones entre los profesionales que integren o no la Comisión, procurando la participación en la misma y en las reuniones, congresos y encuentros que se llevan a cabo, organizar y supervisar las reuniones y el encuentro anual de los profesionales, así como cursos, conferencias y otras realizaciones, arbitrar y mediar en los conflictos entre sus miembros, promover y organizar comisiones internas de estudio, análisis y debates de temas vinculados al ámbito municipal, la defensa de los profesionales ante cualquier circunstancia que se suscite con motivo del desempeño de su labor, promover el respeto mutuo y el cumplimiento del desempeño dentro de las normas éticas y profesionales, representar a los matriculados individual o colectivamente ante los organismos públicos, legales, de fiscalización, profesionales, etc. Procurar la difusión y comunicación de y hacia los profesionales.
Desarrollar un ambiente de cordialidad y solidaridad entre sus miembros y propender al mejoramiento intelectual y cultural de los mismos. Procurar la superación académica de los profesionales, mediante el incentivo a la producción y elaboración de trabajos, ponencias y estudios sobre los temas de su incumbencia.
Podrán actuar Comisiones Internas de análisis, estudio y debate de cuestiones especiales, o cada vez que lo requiera un tema en particular, integradas por miembros de la Mesa Directiva o no, cuyas propuestas y conclusiones serán puestas a consideración de la Mesa Directiva, para su elevación al resto de los Profesionales.

Artículo 3). La Comisión tendrá su domicilio en la sede central del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, pudiendo constituirse en otro ámbito cuando las circunstancias de lugar o momento lo exijan.

Artículo 4). La integración de la Comisión será determinada en oportunidad del Encuentro Anual. Para ello, los participantes habilitados podrán inscribirse por si o por intermedio de otro asistente, requiriéndose en este caso Nota del interesado, en formar parte de la Comisión, debidamente firmada con autenticación de signatura. Un participante podrá representar hasta tres (3) interesados en formar parte de la Comisión.
El acceso a la Comisión será libre en tanto se acredite su condición de profesional que desempeñe un cargo en un Municipio en cualquiera de sus áreas o lo haya desempeñado.

Artículo 5). La Mesa Directiva será integrada por los siguientes cargos: Presidente, Dos (2) Vicepresidentes, Secretario, Prosecretario y Diecisiete (17) Vocales.
Cada vocalía se integrará con 2 (dos) profesionales; Uno (1) en carácter de titular y 1 (uno) en carácter de suplente, en concordancia con los municipios que integran cada una de las Delegaciones del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
Los profesionales que hayan ejercido el cargo de Presidente de la Comisión durante un período mínimo de 8 (ocho) años – consecutivos o alternados - , y cuyo desempeño a criterio del Plenario Anual, reúna los méritos de trabajo y académicos contribuyendo de manera DESTACADA A LA LABOR DE LA COMISION; podrán acceder al título de Presidente Honorario con los 2/3 (dos tercios) de votos del Plenario antedicho, teniendo voz y voto en las reuniones a las que asistan. Este cargo y designación será de carácter permanente.

Artículo 6). La integración de la Mesa Directiva se decidirá, cuando reglamentariamente corresponda, en la (1º) primera reunión mensual de la Comisión posterior al Encuentro entre los inscriptos habilitados para formar parte de la misma en el Encuentro Anual. Los ausentes podrán ser representados por un asistente por Nota formal, pudiendo representar hasta un máximo de tres (3) inscriptos por asistente, Podrá ser designado un profesional inscripto que no registre su asistencia a la reunión, debiendo manifestar su aceptación por escrito dentro de los treinta (30) días.

Artículo 7). La designación será por nominación o a propuesta individual, decidiéndose por cantidad de votos. A igualdad de votos se procederá a una nueva votación, y así sucesivamente hasta su definición. No podrán votar más de dos electores por Municipio. El voto será secreto para cada uno de los cargos a cubrir, ocupando el mismo el profesional que obtenga la mayor cantidad de votos en cada uno de los casos.

Artículo 8). No podrán integrar la Mesa Directiva más de dos (2) representantes por Municipio, sus Organismos y/o sus Entes Descentralizados o Sociedades de Estado. No podrán integrar la Mesa Directiva los profesionales que hayan incurrido en falta grave según el Código de Ética, hasta cinco (5) años de encontrarse firme la Resolución o Disposición que motivara la sanción.

Artículo 9). Los miembros de la Mesa Directiva durarán dos (2) años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos por otro período de igual duración; cumplido éste, para ser nuevamente designado miembro de la Mesa Directiva, deberá transcurrir un período de dos (2) años.

Artículo 10). Las reuniones de la Comisión serán públicas y abiertas a los interesados en su participación, con voz y sin voto, salvo que por el tratamiento de temas especiales o de carácter reservado por disposición expresa de la Mesa Directiva se restrinja la asistencia o permanencia en la deliberación. Los miembros de la Mesa Directiva, cuentan con la obligatoriedad de su asistencia a las reuniones programadas.

Artículo 11). El miembro de la Mesa Directiva que desee renunciar a su cargo lo deberá hacer por Nota fundada, considerándose en la primera reunión que se realice con posterioridad, pudiendo aceptarse o rechazarse solicitando su ratificación o retiro de acuerdo a las motivaciones expuestas. En caso de su ratificación, quedará definitivamente aceptada, procediendo los restantes miembros de la Comisión a designar su reemplazante hasta la finalización del mandato original del miembro renunciante, requiriéndose en este caso las dos terceras partes de los votos presentes, ratificándose su designación en el Encuentro Anual por los asistentes al Plenario, por mayoría simple de votos presentes. Para su designación se tendrán en cuenta las causales de inclusión o exclusión del presente Reglamento y su representatividad zonal.

Artículo 12). Los miembros de la Mesa Directiva podrán ser removidos por mal desempeño o falta grave según el Código de Ética.

Artículo 13). Son obligaciones de los miembros de la Mesa Directiva: a) Conocer, respetar y cumplir las disposiciones de este Reglamento y Resoluciones de la Mesa Directiva y del Plenario Anual. b) Aceptar los cargos para los cuales fueron designados. c) Comunicar dentro de los diez (10) días corridos todo cambio de domicilio o circunstancia de su localización laboral. d) Participar y estar presente en las reuniones y en toda circunstancia donde sea requerido o citado a concurrir.

Artículo 14). Serán atribuciones del Presidente o el Vicepresidente, en caso de renuncia, remoción. suplencia, ausencia, licencia o enfermedad u otra causal de impedimento del Presidente: a) Representar a la Mesa Directiva de los Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal ante los organismos oficiales, públicos y privados, y las relaciones de la misma con los profesionales y autoridades de las instituciones vinculadas al desempeño de su labor. b) Firmar con el Secretario las Actas, la correspondencia y toda otra actuación y demás documentos de la entidad. c) Autorizar los gastos de funcionamiento de la Comisión. d) Dirigir las reuniones. e) Velar por una buena marcha de la entidad, observando y haciendo observar el Reglamento y Resoluciones adoptadas por el Plenario Anual y por la Mesa Directiva.

Artículo 15). El Secretario, y en caso de renuncia, remoción, falencia, ausencia o enfermedad, el Prosecretario o quién lo reemplace hasta la designación de su reemplazante definitivo, tiene los siguientes derechos y obligaciones: a) Asistir a las sesiones de la Mesa Directiva, redactando las actas respectivas, las que se asentarán en el libro correspondiente, llevado con las formalidades de los registros de tal carácter, y firmará con el Presidente. b) Firmar con el Presidente la correspondencia y todo otro documento de la entidad. c) Citar a las sesiones de la Mesa Directiva y notificar de las convocatorias al Encuentro Anual de Profesionales. d) Llevar Registro de los miembros activos de la Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal.

Artículo 16). Corresponde a los Vocales: a) Asistir con voz y voto a las sesiones de la Mesa Directiva. b) Desempeñar las comisiones y tareas que la Mesa Directiva les confíe. c) Reemplazar al titular por el miembro suplente en ausencia o impedimento de aquel.

Artículo 17). Este Reglamento no podrá reformarse sin el voto favorable de los dos tercios de los votos emitidos de los miembros de la Mesa Directiva, debiendo ser ratificado por el Plenario Anual en su primera convocatoria, con un quórum de 2/3 de los inscriptos con derecho a voto.

Artículo 18). Supletoriamente se aplicará el Código de Ética vigente para los profesionales matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.

Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal

  Integrantes de la Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal  
  Cargo Nombre Delegación  
 
  Presidente Honorario Dr. Olver O. Benvenuto C.A.B.A.  
  Presidenta Dra. Mariela Bien San Martín  
  Vicepresidenta 1° Dra. Cecilia N. Gatta Castel Morón  
  Vicepresidente 2° Dr. Claudio A. Biset Tandil  
  Secretaria Dra. María Belén Nebbietti Bahía Blanca  
  Prosecretario Dr. Federico M. López Morón  
 

 

Objetivos de la Comisión


La Comisión tendrá como objetivos: difundir, organizar, promover y desarrollar las incumbencias propias de los profesionales en Ciencias Económicas, encuadrar su accionar en el marco normativo e institucional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, colaborando con éste en todo lo que esté a su alcance, promover las relaciones entre los profesionales que integren o no la Comisión procurando la participación en la misma y en las reuniones, congresos y encuentros que se llevan a cabo, organizar y supervisar las reuniones y el encuentro anual de los profesionales, así como cursos, conferencias y otras realizaciones, arbitrar y mediar en los conflictos entre sus miembros, promover y organizar comisiones internas de estudio, análisis y debate de temas vinculados al ámbito municipal, la defensa de los profesionales ante cualquier circunstancia que se suscite con motivo del desempeño de su labor, promover el respeto mutuo y el cumplimiento del desempeño dentro de las normas éticas y profesionales, representar a los matriculados individual o colectivamente ante los organismos públicos, legales, de fiscalización, profesionales, etc. Procurar la difusión y comunicación de y hacia los profesionales. Desarrollar un ambiente de cordialidad y solidaridad entre sus miembros y propender al mejoramiento intelectual y cultural de los mismos. Procurar la superación académica de los profesionales, mediante el incentivo a la producción y elaboración de trabajos, ponencias y estudios sobre los temas de incumbencia.
Podrán actuar Comisiones internas de análisis, estudio y debate de cuestiones especiales, o cada vez que lo requiera un tema en particular, integradas por miembros de la Comisión, cuyas propuestas y conclusiones serán puestas a consideración de la Mesa Directiva, para su elevación al resto de los Profesionales.
El acceso y participación en la Comisión será libre, en tanto acredite su condición de profesional que desempeñe un cargo en un Municipio de la Provincia, o lo haya desempeñado.

Año 2025

- 1° Reunión | La Comisión de Ámbito Municipal realizó su primera reunión del 2025
- 2° Reunión | La Comisión del Ámbito Municipal, reunida en San Fernando

- Archivo de Novedades y Documentos [ver +]

Resolución de Mesa Directiva N° 1136

Visto:
El proyecto de reglamento interno presentado por la Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal de este Consejo Profesional, y
Considerando:
Que el mismo se enmarca en lo dispuesto por el art. 42 de la Resolución CD N° 3105.

Por ello, la
Mesa Directiva
Resuelve


Articulo 1°.- Apruébese el reglamento interno de la Comisión de Profesionales en Ciencias Económicas del Ámbito Municipal que forma parte integrante de esta Resolución.

Articulo 2°.- Regístrese y publíquese. Cumplido archívese.

ACTA MD 1027 – 09/03/07.-