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Parte I | Resolución de Consejo Directivo (CD) o Mesa Directiva (MD) |
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Norma Nro. |
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Tipo de Norma - Tema |
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Auditoría | Informes Especiales | Certificaciones |
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Res. CD 644/86 modif. por Res CD 2276 y Res MD 637 bis |
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Aprobación de la Resolución Técnica N° 7 de la FACPCE – Normas de Auditoría – (Excepto el capítulo A de la Parte III de la misma). Remisión al Título IV del Código de Ética “Incompatibilidades para el ejercicio de las Actividades Profesionales” |
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Res. CD 3302 |
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Aprobación de la Interpretación N° 5 de la F.A.C.P.C.E. “El informe del auditor sobre cifras e información presentada a efectos comparativos”. Vigencia. Ver Texto de la Interpretación N° 5 de la F.A.C.P.C.E. “El informe del auditor sobre cifras e información presentada a efectos comparativos”. Ver en la Sección “Modelos e Informes” de esta Página Web el Memorando A-67 de la Secretaría Técnica de la F.A.C.P.C.E. “Modelos de informes de auditoría sobre estados contables comparativos según la Interpretación N° 5 de la FACPCE” |
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Res. CD 3303 |
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Aprobación de la Resolución Técnica N° 24: “Normas Profesionales: Aspectos particulares de exposición contable y procedimientos de auditoría para entes cooperativos”. Vigencia. |
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Res. MD 1526 |
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Cooperativas. RT Nº 24. Dispensas transitorias. Se admite la no aplicación de la Sección 6.2.2. (Informe de revisión limitada sobre períodos intermedios) durante el primer ejercicio de vigencia de la Resolución Técnica Nº 24. |
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Res. CD 1254 |
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Informe Especial. Definición. Contenido mínimo. Emisión en formularios oficiales – emitidos por organismos del Estado Nacional, Provincial o Municipal-, requisitos para su admisión. |
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Res. CD 1255 |
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Certificación. Definición. Contenido mínimo. Emisión en formularios oficiales – emitidos por organismos del Estado Nacional, Provincial o Municipal -, requisitos para su admisión.Certificación de Estados Contables. Objeto. Requisitos. Modelo aplicable para certificaciones de estados contables para los ejercicios iniciados o períodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados antes del 1° de septiembre de 2014. Modelo de Certificación de Estados Contables |
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Res. CD 3490 |
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Aprobación de la Interpretación Nº 6 de Normas de Contabilidad y Auditoría sobre “Auditoría o Revisión del Balance Social”. Vigencia. A partir de la vigencia obligatoria de la Interpretación N° 13 de Normas de Contabilidad y Auditoría, definida para los Encargos de Aseguramiento de Balance Social que se realicen a partir del 1° de julio de 2018, queda derogada la Interpretación N° 6 de Normas de Contabilidad y Auditoría “Auditoría o Revisión del Balance Social”. |
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Res. CD 3506 |
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Aprobación de las Resoluciones Técnicas N° 32 “Adopción de las Normas Internacionales de Auditoría del IAASB de la IFAC”, N° 33 “Adopción de las Normas Internacionales de Encargos de Revisión del IAASB de la IFAC”, N° 34 ”Adopción de las Normas Internacionales de Control de Calidad y Normas sobre Independencia” y 35 “Adopción de las Normas Internacionales de Encargos de Aseguramiento y Servicios Relacionados”. Vigencia. Aprobación de la Norma de Aplicación 87. En relación con RT N° 34 ver Res. CD 3572 |
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Res. CD 3507 |
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Aprobación de la Norma de Aplicación 88 sobre informes profesionales de auditoría, revisión e informes especiales elaborados en el marco de las normas nacionales de auditoría. |
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Res. CD 3518 |
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Aprobación de la Resolución Técnica Nº 37 “Normas de Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificación y Servicios Relacionados”, con la excepción de las disposiciones contenidas en la Sección II.A. “Condición básica para su ejercicio profesional en los servicios previstos en esta Resolución Técnica”. Vigencia. Resolución Técnica N° 37 – Texto aprobado. |
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Res. CD 3538 |
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Norma complementaria y reglamentaria de la Resolución Técnica N° 37.
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Res. CD 3564 |
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Aprobación como norma técnica profesional en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires de la Interpretación N° 9 “El Informe del Auditor sobre Información Comparativa”. Vigencia. Interpretación N° 9. |
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Res. CD 3576 |
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Res. CD 3576 - Aprobación de los Encargos de Cumplimiento que se realicen con el único objetivo de corroborar el cumplimiento por parte de un ente de los requerimientos formulados por reguladores, organismos de control u otros entes con facultades de fiscalización. Normas para su realización. Estructura del informe. Vigencia. Anexo Res. CD 3576 |
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Res. CD 3597 |
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Aprobación como norma técnica profesional en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires de la Interpretación N° 10 “Caracterización de otros servicios relacionados que implican la emisión de informes especiales incluidos en el Capítulo VII.C. de la RT 37”. Vigencia. Interpretación N° 10 |
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Res. CD 3654 |
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Aprobación como normativa técnica profesional en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires de las Circulares N° 1 y N° 2 de Adopción de pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de IFAC. Vigencia. |
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Res. CD 3655 |
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Aprobación como norma técnica profesional en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires de las normas contenidas en la Segunda Parte de la Interpretación N° 12 de Normas de Contabilidad y Auditoría – Aclaraciones a la Resolución Técnica N° 37 “Normas de Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificación y Servicios Relacionados”-. Vigencia. Interpretación N° 12 |
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Res. CD 3687 |
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Aprobación, con las modificaciones establecidas en el Artículo 2° de la Resolución de CD 3687, de la Interpretación Nº 13 de Normas de Contabilidad y Auditoría “Encargo de Aseguramiento del Balance Social”. Vigencia. Interpretación N° 13 (Texto aprobado – Sin Capítulo III). Modelos de Informes de Aseguramiento de Balance Social que forman parte de la Resolución de CD 3687, los que sustituyen a los obrantes en el Capítulo III de la Segunda Parte de la Interpretación N° 13. |
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Res. MD 2884 |
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Aprobación de las Circulares N° 3 y N° 4 de Adopción de pronunciamientos del IAASB y del IESBA de la IFAC. Prórroga de la entrada en vigencia de las Circulares N° 2 y N° 3 de Adopción de pronunciamientos del IAASB y del IESBA de la IFAC". |
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Sindicatura Societaria |
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Res. CD 2710 |
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Aprobación de la Resolución Técnica N° 15 “Normas sobre la actuación del contador público como síndico societario”. |
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Res. CD 3636 |
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Aprobación, con las modificaciones establecidas en los Artículos 2° y 3°, como norma profesional en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires del texto de la Resolución Técnica N° 15 contenido en la segunda parte de la Resolución Técnica N° 45 “Modificación de la Resolución Técnica N° 15: Normas sobre la Actuación del Contador Público como Síndico Societario”. Vigencia.
Anexo A Res CD 3636 Anexo III RT 15 Anexo IV RT 15 Anexo V RT 15 Anexo VI RT 15 Resolución Técnica N° 15 - Texto aprobado
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Lavado de Activos: Actuación Contador Público Auditor y Síndico Societario |
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Resolución U.I.F. 3/14 |
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Modificación a la Res. UIF 65/11 por parte de la Res. UIF 3/14 |
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Res. CD 3194 |
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IMPORTANTE: La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas ha emitido su Resolución de Junta de Gobierno de FACPCE N° 420/11 "Normas sobre la actuación del contador público como auditor externo y síndico societario en relación con el lavado de activos de origen delictivo". Esta norma aún no ha sido aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires. Atento a la emisión por parte de la Unidad de Información Financiera de la Resolución UIF N° 65/11 y por parte de la FACPCE de la referida Resolución JG FACPCE N° 420/11, así como la sanción de la Ley N° 26.683, la Resolución JG FACPCE N° 311/05 no es de aplicación: a) en los servicios de auditoría externa de estados contables y/o sindicatura societaria correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2011, inclusive, excepto el caso de estados contables especiales de períodos intermedios o estados contables de ejercicios irregulares para los que aplica el inciso siguiente. b) en los servicios de auditoría externa de estados contables o sindicatura societaria correspondientes a estados contables de períodos intermedios (o de ejercicios que comprendan un período menor a doce meses, por ejemplo, por cambio de fecha de cierre de ejercicio) que, correspondiendo a ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2011, finalicen a partir del 31 de diciembre de 2011, inclusive. c) en todo caso lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N° 26.683 en relación con el plazo de reporte de operaciones sospechosas de Lavado de activos y de financiación del terrorismo, respectivamente, tiene aplicación a partir de la vigencia de dicha Ley. Ver Resolución JG FACPCE N° 420/11 - Texto Original y sus ANEXOS. Resolución MD FACPCE Nº 668/12 -Modificación Res. JG 420/11 Aprobación de Resolución de Junta de Gobierno de FACPCE N° 311/05 “Normas sobre la actuación del contador público como auditor externo y síndico societario en relación con el lavado de activos de origen delictivo”. Vigencia. Informe Especial del Anexo C.II. de la Res. JG FACPCE N° 311/05. Improcedencia de la Autenticación de la Firma del Profesional por ante el C.P.C.E.P.B.A. Resolución Junta de Gobierno FACPCE N° 311/05, con las modificaciones introducidas por la Res. JG FACPCE N° 325/05. |
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Res MD 952 |
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Servicios de Auditoría y/o Sindicatura en Sujetos Obligados a Informar (Art. 20 Ley N° 25.246) - Informe Especial del Anexo C.I. de la Res. JG FACPCE N° 311/05 – Improcedencia de la Autenticación de Firma por ante el C.P.C.E.P.B.A. |
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Res CD 3211 |
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Modificación de Resolución FACPCE N° 311/05. Adecuación de la Norma en virtud de la eliminación del límite mínimo de las operaciones inusuales o sospechosas a ser informadas dispuesto por Res. UIF 4/05. |
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Parte II | Resolución de Consejo Directivo (CD), Mesa Directiva (MD) O Norma de Aplicación (NA) |
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Norma Nro. |
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Tipo de Norma - Tema |
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Res CD 1814 y modificatorias. |
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Reglamento de Autenticación de Firmas. Nota: Este reglamento contiene interpretaciones sobre cuestiones específicas relacionadas con el contenido de los informes y certificaciones, y con la documentación a la que estos se refieren. Modelo de Nota de Acreditación Percepción de Honorarios. |
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N.A. 30 |
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Tratamiento de las deudas por impuestos provinciales en los Estados Contables y/o Informe del Auditor. |
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N.A. 35 |
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Normas legales o reglamentarias sobre información contable. Cumplimiento adecuado de los artículos 63 a 65 de la Ley 19550 cuando se trate de SA o SRL del inc. 2do del art.299. |
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N.A. 50 |
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Examen de Información Contable Prospectiva. Supuestos. Tratamiento. |
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Ver Texto |
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Informe Especial sobre Saldos a Favor de Asignaciones Familiares Pagadas en Exceso. Resoluciones ANSES 885/98, 584/00 y 686/03. |
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N.A. 63 |
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Contexto económico argentino y su impacto en la preparación de los estados contables cerrados a partir del 31/12/01, y en los informes del auditor y del síndico. Ver Comentario sobre aplicabilidad de esta norma. |
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N.A. 70 |
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Ajuste por inflación. Decreto P.E.N. 664/03 – Alcance. Tratamiento contable e implicancias para el auditor y el síndico. |
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Res. CD 3131 Anexo A, Apartado III, Punto 3.5.3., según Texto ordenado Res CD 3212
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No desagregación de componentes financieros implícitos significativos. Aclaración previa o párrafo de énfasis de dictamen (de corresponder). Importante: El Anexo A de la Res. CD 3131 y modif. ha sido reemplazado por el Anexo A de la Res. CD 3292 (que no contiene el Punto 3.5.3. del Apartado III), para los estados contables correspondientes a ejercicios completos que se inicien a partir del 1 de enero de 2008 inclusive, y sus respectivos períodos intermedios. Ver Res. CD 3292. |
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N.A. 75 |
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Certificación de estados contables. Requisitos de los antecedentes verificados. |
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Res. MD 2675 |
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Actuaciones cuyo objeto de la labor tiene su origen o resulta directamente relacionado con el ejercicio de una profesión liberal (Por ejemplo: Ingresos generados por tal actividad, Bienes afectados a esa actividad, etc). Inclusión de los correspondientes datos de matriculación y/o registro. |
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N.A. 87 |
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Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3000, Párrafo 49, Inciso (l). Aclaración. |
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N.A. 88 |
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Informes profesionales de auditoría, revisión e informes especiales elaborados en el marco de las normas nacionales de auditoría. |
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N.A. 90 |
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Resolución Técnica N° 37. Informes requeridos por Organismos de Control. Transición. |
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N.A. 91 |
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Informes Especiales presentados, en el marco de regímenes informativos de Organismos de Control, junto con Informes sobre Estados Contables confeccionados con RT N° 7. Aplicabilidad de la RT N° 7. |
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