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Normas Profesionales - Lic. en Economía

A continuación se exponen las Normas Técnicas Profesionales para los Licenciados en Economía en Jurisdicción del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, las Resoluciones de Consejo Directivo o de Mesa Directiva o Normas de Aplicación del CPCEPBA por la que fueron aprobadas o establecidas, así como otros materiales técnicos de utilidad para el ejercicio profesional.

 

  Res. CD 3763  

Aprobación de la Resolución Técnica N° 47 “Informe de Precios de Transferencia”

- Ver Texto de la RT 47 aprobada.

  Res. CD 3764  

Aprobación de la Resolución Técnica N° 50 “Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión”

- Temas tratados: Aprobación de Capítulos I y II, y Anexos II y III, de la RT 50. Condición básica para la prestación del servicio/Aplicación Código de Ética. Interpretación sobre la actividad profesional del Licenciado en Economía en la Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión. Apoyo y/o soporte de otros profesionales-

- Ver Texto de la RT 50 aprobada.

  Estudios a efectuar [Fuente: RT N° 50 Anexo I]  

Estudios a efectuar en las distintas instancias de la Formulación y Evaluación del Proyecto de Inversión [Fuente: Anexo I de la RT 50]

Este material aborda sucintamente, con carácter ilustrativo, distintos estudios a realizar por parte del equipo multidisciplinario que directa o indirectamente participe en la Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión en las diferentes instancias que integran esa tarea.

  Modelos de Informe s/ Res. MD 3135   Modelos de Informe sobre Evaluación de Proyectos (Anexos II y III de la RT N° 50) adaptados a las formalidades aplicables establecidas en la normativa vigente en la jurisdicción del C.P.C.E.P.B.A.
  Res. CD 3816   Aprobación de la Segunda Parte de la Interpretación N° 15 sobre Normas Profesionales de Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión – Aclaraciones a la Resolución Técnica N° 50 “Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión”, como norma profesional en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, con una modificación introducida en el segundo párrafo de la Respuesta a la Observación o Pregunta Nº 4.


Interpretación Nº 15 – Texto aprobado.