Fondo por Fallecimiento
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1. Características El Fondo Solidario por Fallecimiento tiene por finalidad abonar a los beneficiarios designados por el afiliado adherente, una suma de dinero en caso de deceso del mismo. |
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2. Funcionamiento Adherentes: Solo podrán incorporarse voluntariamente al mismo, todos los afiliados activos y pasivos de nuestra Caja de Seguridad Social, siendo las condiciones para su incorporación las siguientes: Forma de pago: La forma de pago será en una única cuota anual. Medios de pago: Los medios de pago son los siguientes: En Delegaciones y Receptorías del Consejo Profesional, con cheque propio o de terceros; con tarjetas de débito o crédito. Para consultar ambas modalidades de pago haga click aquí.
Los valores establecidos tendrán vigencia para las adhesiones y renovaciones producidas a partir del 1° de enero de 2024. Las renovaciones de las solicitudes vigentes al 31-12-2023, se realizarán al valor de capital de cobertura actualizado, equivalente al capital de cobertura reemplazado. El pago del Fondo, por el deceso de un adherente, se realizará al valor del capital de cobertura por el cual se renovó la adhesión.
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