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El H. Tribunal de Ética solicitó recordar a los matriculados sobre los alcances del artículo 12 del Código de Ética vigente que debe entenderse en el marco del derecho común, fundado según la opinión de nuestro servicio jurídico en los siguientes términos.
- El artículo 12 referenciado indica que “los profesionales no deben retener documentos o libros pertenecientes a sus clientes”. Esta redacción es demasiado amplia y genérica y podría llegar a ser considerada como contraria al derecho de retención instalado en el Código Civil (art. 3939, 3940 y cctes.).
- El derecho de retención se conceptualiza en el Código Civil como la facultad que corresponde al tenedor de una cosa ajena para conservar la posesión de la cosa hasta el pago de lo que es debido por razón de esa misma cosa; y a mayor abundamiento el art. 3940 preceptúa que se tendrá el derecho de retención siempre que la deuda aneja a la cosa retenida, haya nacido por ocasión de un contrato o de un hecho que produzca obligaciones respecto del tenedor de ella.
- Cabe puntualizar en orden a superar esta aparente diferencia normativa que el denominado derecho de retención es susceptible de ejercerse sólo con respecto a aquella documentación emanada del profesional en Ciencias Económicas y respecto de la cual el honorario ha sido devengado pero no ha sido satisfecho. Así, por ejemplo, ocurriría con un dictamen profesional emitido respecto de estados contables o de un balance general. pero, en modo alguno podría retenerse documentación de terceros, propiedad de estos y de la cual se sirvió el profesional para su análisis y compulsa a los efectos de realizar un trabajo profesional. Siguiendo en el ejemplo dado precedentemente, la falta de pago autorizaría a retener el dictamen encomendado pero no a retener los libros sociales. En este último caso tiene plena vigencia lo normado en el art. 12 del Código de Ética.
El Tribunal de Ética es un órgano del Consejo que tiene como misión juzgar la conducta de los matriculados en virtud de la potestad disciplinaria que establece el Capítulo 3 del Título II de la Ley 10.620 y su modificatoria que regula el ejercicio de la profesión de Ciencias Económicas. El funcionamiento del Tribunal de Ética está establecido por el Reglamento aprobado en su seno y la sustanciación de las causas se basa en las normas de procedimiento dictadas por el Consejo Directivo que es el órgano que resuelve sobre la remisión de todo asunto relativo a su competencia. Las inconductas de los profesionales sometidas al juzgamiento del Tribunal de Ética, tienen su fundamento en las causas que la ley de regulación del ejercicio profesional enuncia en el capítulo referido a la potestad disciplinaria, las que específicamente son particularizadas en un compendio de normas que bajo la denominación de "Código de Ética" fueron aprobadas por Asambleas Extraordinarias de matriculados.
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Tribunal de Ética |
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Cargo |
Nombre |
Delegación |
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Presidente |
Dra. Laura Graciela Accifonte |
San Martín |
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Vicepresidente |
Dra. Marina Dolores Gómez Scavino |
La Plata |
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Vocales Titulares |
Dra. Irma Beatriz Valdez |
Gral. Pueyrredon |
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Dra. Gloria Inés Arienti |
San Martín |
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Dra. Inés Clelia Vernazza |
Avellaneda |
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Dr. Carlos Félix Ocaranza |
La Plata |
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Dra. Jorgelina Salvo |
Azul |
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Dr. Ricardo José Sánchez Trapes |
La Plata |
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Dr. Héctor Alvarez Lamas |
La Plata |
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Vocales Suplentes |
Dr. Gustavo Darío Padrán |
Chascomús |
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Dra. Patricia Mónica Buré |
San Isidro |
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Dr. Germán Gustavo Murdolo |
La Plata |
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Dra. Cristina Teresa Meghinasso |
San Isidro |
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Dra. Marina Duckadt |
La Plata |
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Dra. Susana Mabel Costa |
Lomas de Zamora |
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Dr. Santiago Segundo Beltramo |
Chascomús |
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Dra. Marcela Claudia Bifaretti |
La Plata |
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Dr. Luis Enrique Bacigaluppe |
Morón |
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Gobierno entre colegas |
Consejo | Autoridades| El órgano que conduce la institución es el Consejo Directivo integrado por 20 Consejeros titulares y 20 suplentes, provinciales y regionales. Otros de sus órganos son la Asamblea de Representantes y la Comisión Revisora de Cuentas, con sus miembros titulares y suplentes. Todos estos son cargos electivos; cada dos años los colegas de toda la provincia eligen a sus autoridades a nivel local, regional y provincial. |
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En toda la Provincia |
Consejo | Delegaciones | El espíritu federalista que rige nuestra institución y la búsqueda permanente de la participación de los matriculados, se manifiesta claramente en la existencia de 22 Delegaciones que desarrollan una intensa actividad en materia técnico – profesional, defensa de la profesión, extensión cultural, acción social, fiscalización del ejercicio ilegal de la profesión y actividades deportivas. En ellas usted podrá realizar todos los trámites que necesite ya sean del Consejo Profesional o de la Caja de Seguridad Social. |
Ética y responsabilidad |
Consejo | Tribunal de Ética | El Tribunal de Ética es el órgano institucional que tiene como misión juzgar la conducta de los matriculados en virtud de la potestad disciplinaria que establece el Capítulo 3 del Título II de la Ley 10.620 y su modificatoria que regula el ejercicio de la profesión de Ciencias Económicas. A través de él, nuestra institución se compromete a defender el ejercicio profesional de todos sus matriculados. |
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IPIT |
Consejo | Capacitación | La capacitación permanente es una preocupación constante de la dirigencia institucional. Es por esto que desde 1987 funciona el Instituto de Postgrado e Investigación Técnica, que permite a los profesionales mantenerse actualizados y capacitarse para ofrecer servicios de excelencia a la comunidad. En cada una de las Delegaciones podrá participar de jornadas, cursos y carreras de Postgrado gracias a los convenios entre nuestro Consejo Profesional y las Universidades con asiento en la Provincia. Los eventos que organiza nuestro Consejo permiten a los matriculados vincularse en un contexto distinto e incluir a sus familias en las actividades propuestas que abarcan diferentes ámbitos de incumbencia profesional. En la sección Capacitación encontrará el listado de cursos y carreras de Postgrado disponibles o vincularse con el Instituto de Postgrado e Investigación Técnica para hacer llegar la propuesta de su interés. A través del IPIT Virtual nuestros matriculados pueden acceder a amenas charlas gratuitas desde la comodidad de su hogar u oficina. Asistiendo a las actividades de capacitación podrá acceder a los créditos del Sistema Federal de Actualización Profesional de la Federación Argentina de Consejos profesionales de Ciencias Económica. |
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Nuestra historia |
Consejo | Historia | Nuestra historia se remonta a 1945 cuando el Gobierno Provincial dictó el Decreto N° 9.857, por el cual se establecía que las profesiones en Ciencias Económicas de la Provincia se regirían de acuerdo a la reglamentación profesional nacional. En 1950, se sancionó la primera Ley Reglamentaria. Con el correr de los años fue necesaria su actualización. En1985 las autoridades comenzaron a darle forma a lo que constituye, sin lugar a dudas, un hito fundamental en la vida institucional y profesional, la Ley 10.620 promulgada el 17 de diciembre de 1987. De acuerdo a esta ley, nuestra institución es una entidad de derecho público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado, creada para la consecución de los objetivos que se especifican en la ley y en la legislación que reglamenta el ejercicio profesional de los graduados en Ciencias Económicas. De acuerdo a sus lineamientos, el Consejo se compromete a prestar los servicios a los matriculados con eficiencia, brindándoles información clara y precisa, cumpliendo en forma irrestricta los compromisos asumidos. La razón de nuestra existencia, es ejercer el poder de policía y el control de la matrícula, y lograr la permanente jerarquización profesional, basada en conductas éticas y solidarias. |
Lo invitamos a sumarse |
Consejo | Comisiones Provinciales | Especialistas en distintas disciplinas conforman las Comisiones Provinciales de la institución. Conózcalas. |
Dinamizando la institución |
Consejo | Comités | Cuatro Comités se insertan en la dinámica de la institución. El Comité de Acción Deportiva participa activamente de las actividades de integración entre profesionales de distintas disciplinas y organiza en forma periódica las Olimpíadas para profesionales en Ciencias Económicas. El Comité de Acción Fiscalizadora, es un Cuerpo creado por el Consejo Directivo de la Institución, que tiene por objeto combatir el ejercicio ilegal de la actividad, materializado en la realización de tareas relacionadas con las Ciencias Económicas por parte de personas "prácticas o idóneas", colisionando ese proceder con las incumbencias que las Leyes Nacional 20.488 y Provincial 10.620 fijan como propias de los profesionales en Ciencias Económicas. Es de destacar también, el accionar que se lleva a cabo contra los profesionales no matriculados en este Consejo, que desarrollan su actividad en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, en abierta contraposición con la normativa vigente en este aspecto y con los fallos de las Cortes Nacional y Provincial. El Comité de Jóvenes Graduados nuclea a los profesionales que gozan de tal condición y promueve desde 1987 el encuentro y la camaradería de los colegas que se inician en la profesión. Anualmente este Comité organiza un encuentro que convoca a jóvenes de toda la provincia en eventos de capacitación de amplia repercusión. Por último también se incluye en este grupo el Comité de Recepción y Control de Faltas. |
A su servicio |
Consejo | Gerencias | El Consejo profesional cuenta con gerencias que trabajan mancomunadamente para brindar una gestión ágil y dinámica al desarrollo institucional. Lo invitamos a acercarnos sus sugerencias, opiniones o comentarios. |
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