Las Normas Contables Profesionales vigentes sobre Aspectos Generales de Reconocimiento y Medición junto, en su caso, a su normativa complementaria, establecen una pauta cuantitativa que es condición necesaria para proceder a reexpresar las cifras de los estados contables, dicha pauta consiste en que la tasa acumulada de inflación en tres años, considerando el Índice de Precios Internos al por Mayor elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), alcance o sobrepase el 100%. Es ostensible, dado el señalado criterio, que es un presupuesto de la aplicación de la pauta la emisión por parte del INDEC del Índice de Precios al por Mayor (IPIM).