Menu
Instagram Facebook Linkedin Twitter

Ajuste por inflación. Modificación de la Res. MD Nº 2883 y nuevos modelos

Ajuste por inflación. Modificación de la Res. MD Nº 2883 y nuevos modelos

En relación al ajuste por inflación, por Resolución de Mesa Directiva Nº 3114 se han aprobado definiciones técnicas (relativas al Estado de Resultados y la presentación de información comparativa en determinados casos particulares), así como modelos de ciertas notas a los Estados Contables y de Informe del Auditor en relación con el 2do. Ejercicio de Aplicación del Ajuste.

También se ha actualizado un modelo ya emitido, aplicable para el 1er. Ejercicio de Ajuste, considerando la ampliación de dispensas establecida por la Res. MD N° 2979. A continuación se describen sucintamente los temas tratados en la norma (a través de los Links al pie de la noticia se puede acceder al material).

1. Modificación del Anexo de la Res. MD 2883 a efectos de incorporar los Puntos 7.3 y 7.4 en la Sección “7. ENTES PEQUEÑOS Y MEDIANOS: OPCIÓN DE REALIZAR EL AJUSTE GLOBAL DEL RESULTADO DEL PERÍODO/EJERCICIO”.

-El Punto 7.3 trata las alternativas que existen en relación a la información comparativa del Estado de Resultados [o Estado de Recursos y Gastos] para el segundo ejercicio, y sus correspondientes períodos intermedios, en el que se utilice la simplificación de ajustar globalmente el resultado del ejercicio (o período). Indicando la posibilidad de no exponer la información comparativa y, si el ente decidiera su presentación, cómo hacerlo.

-Por su parte, el Punto 7.4 trata las alternativas que existen en relación a la información comparativa del Estado de Resultados [o Estado de Recursos y Gastos] para el ejercicio, y sus correspondientes períodos intermedios, en el que se deja de aplicar la simplificación por la que se practica el ajuste global del resultado del ejercicio (o período), procediendo el ente a practicar el ajuste en todas las partidas del Estado de Resultados. [Voluntariamente si se trata del 2do. Ejercicio, y sus períodos intermedios, en que se aplica el ajuste, u obligatoriamente a partir de 3er. Ejercicio, y sus períodos intermedios, en los que se aplica la reexpresión].

2. Aprobación de modelo de Estado de Resultados cuando se ha practicado el ajuste global de los resultados de ambos ejercicios (el actual y el anterior) y el ente decide exponer dicho Estado en forma comparativa.

3. Aprobación de modelos de Notas a los Estados Contables sobre Principales Normas Técnicas aplicadas y sobre Unidad de Medida para el 2do. Ejercicio de aplicación del ajuste por inflación.

4. Aprobación de modelo de Informe del Auditor (caso de opinión favorable sin salvedades) sobre Estados Contables correspondientes al 2do. Ejercicio de aplicación del ajuste por inflación.

5. Actualización de modelo de Nota sobre Unidad de Medida para el 1er. Ejercicio de aplicación del ajuste por inflación, teniendo en cuenta la extensión de dispensas establecida por la Res. MD 2979.