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Eximirán de Ganancias el aguinaldo de los que declaran Bienes por menos de $ 800.000

Eximirán de Ganancias el aguinaldo de los que declaran Bienes por menos de $ 800.000

Incluye a los que no pagan Bienes Personales y a los que lo pagan pero su patrimonio no supera ese monto y no registran mora. Es un cambio que incluyó el massismo en el proyecto para el pago de los juicios a los jubilados y el blanqueo.

Que sí. Que no. Que sí. Ahora todo indica que los aguinaldos de los asalariados que no tributen Bienes Personales o de los que lo tributan pero no declaran más de $ 800.000 de patrimonio estarán eximidos del proporcional del impuesto a las Ganancias. En la Cámara de Diputados, el oficialismo aceptó introducir esa cláusula en la ley ómnibus que promueve el pago de los juicios a los jubilados y el blanqueo de capitales.

Apenas esta misma tarde, esa posibilidad había sido descartada en una conferencia de prensa que dieron el ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay, y el titular de la AFIP, Alberto Abad.

Sin embargo, todo cambió en el debate en comisiones de la ley ómnibus, donde el oficialismo quiere el dictamen y aceptó la modificación requerida por el massismo, según el propio jefe del bloque PRO, Nicolás Massot, le confirmó a El Cronista, después de que fuentes del massismo hicieran trascender el acuerdo.

En declaraciones a la agencia DyN, el diputado nacional Sergio Massa sostuvo: “Los trabajadores también son contribuyentes cumplidores y es importante que si va a haber beneficios para quienes no pagaron impuestos a través del blanqueo, haya beneficios contundentes para los que pagan impuestos todos los meses”.

Según explicó Massot, el beneficio alcanzará sólo al proporcional del medio aguinaldo (es decir que el sueldo de junio sí pagará Ganancias).

Además, será “sólo para aquellos que hayan cumplido con declarar todo y pagar todo en los últimos dos años” y tengan menos de $ 800.000 en su declaración jurada de Bienes Personales. Es decir, que abarca tanto a los que no llegan a pagar ese tributo como a los que sí lo pagan pero porque exceden los $ 305.000 pero sin llegar a los $ 800.000 (que, por la misma ley ómnibus, es el piso que tendrá ese impuesto para el ejercicio fiscal 2016, que es el que se paga el año que viene).